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Tuesday, July 14, 2026
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    Organizaciones de mujeres solicitan exoneración del IVA para los productos de higiene menstrual.

    Un grupo de organizaciones civiles instó a la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, a ordenar la exoneración inmediata del IVA para los productos de higiene menstrualcon el objetivo de aliviar las condiciones de vulnerabilidad que atraviesa la población femenina en medio de la emergencia humanitaria provocada por el doble terremoto.

    El bloque está integrado por Fundacama, Tinta Violeta, Senos Salud, Fundación Más Iguales, Fundación Calabau, Redsur, Centro de Estudios de las Mujeres para el Liderazgo y el Desarrollo, Miradas Diversas, y Clase Media Venezuela; junto con mujeres del área política, académica y de la sociedad civil en general.

    Las organizaciones solicitan una reforma al artículo 18 de la Ley del IVAa fin de que los artículos de higiene menstrual de primera necesidad queden exentos de este tributo de forma permanente.

    Argumentan que la emergencia humanitaria provocada por los terremotos en Venezuela vuelve a poner en discusión la realidad que enfrentan muchas mujeres desde hace años.

    “El acceso a productos de higiene menstrual continúa siendo un desafío económico, incluso en circunstancias ordinarias, y se agrava significativamente en contextos de desastre”, señaló.

    Cifras documentadas por las ONG revelan que de las 86.794 personas afectadas por los sismos en el país, cerca de la mitad son mujeres que permanece en 79 campamentos transitoriosespacios donde la disponibilidad de artículos menstruales es limitada o inexistente.

    Un paquete de toallas sanitarias cuesta entre 0,80 y 5,50 dólaress, montos que varían según las marcas y la presentación del producto. Previo al terremoto, los diagnósticos sociales ya alertaban que el 25% de la población femenina en el país enfrentaba barreras económicas para costear su higiene menstrual y, ahora, se suman a la pérdida de sus hogares y objetos materiales.

    A pesar de ser artículos esenciales para la salud y la higiene, los productos de gestión menstrual no forman parte de las exenciones contempladas en el artículo 18 de la Ley del IVApor lo que la población femenina debe cancelar el Impuesto al Valor Agregado que es del 16%.

    Las organizaciones de mujeres proponen al gobierno encargado la exoneración temporal del IVA por 90 días, prorrogables por otros 90 díasa los productos de higiene menstrual como: toallas sanitarias, toallas diarias, toallas de uso clínico, tampones, copas menstruales, pañales para adultos, pañales infantiles, fórmulas para bebés y toallas húmedas.