El principio de no intervención es una norma fundamental que prohíbe a un Estado inmiscuirse directa o indirectamente en los asuntos internos o externos de otro Estado para proteger la independencia política y la integridad territorial de cada país, garantizando que ninguna nación pueda imponer su voluntad o controlar decisiones soberanas ajenas mediante la fuerza, presión política, económica o cualquier otra forma de injerencia.
Por su parte, la soberanía, en las relaciones entre Estados, significa independencia. Independencia respecto de una parte del globo es el derecho a ejercer en dicho lugar las funciones estatales, con exclusión de cualquier otro Estado.
Ambos principios, universales, deben ser respetados por todos los Estados y, a pesar de que a diario se dan situaciones que puedan ser interpretadas como violaciones de uno y otro principio, tienen plena vigencia aunque a veces parezca que los organismos internacionales hacen “mutis por el foro” frente a agresiones de unas naciones contra otras.
Por otro lado, hay conceptos que forman parte del derecho internacional como “mar territorial”, “aguas internacionales” y “zona económica exclusiva” (ZEE) que han pasado a las primeras planas con motivo del despliegue naval de Estados Unidos en el mar Caribe, lo que ha producido en las redes sociales una ola de confusiones y permitido que cada quien opine a su buen saber y entender, lo que sin dudas conduce a incrementar el desconcierto, particularmente cuando están de por medio subjetivos puntos de vista que emanan del corazón de los ciudadanos.
A mi modo de entender las cosas y siempre con el deseo de difundir el derecho en términos sencillos y comprensibles para todo el mundo, trataré de explicar qué significa cada concepto cuando se habla de ejercicios o incursiones militares, derechos de navegación y fronteras marítimas.
Internacionalmente, el mar territorial es una franja de mar que se extiende más allá de las aguas interiores de un Estado ribereño -que colinde con el mar- y llega hasta un máximo de 12 millas náuticas desde la línea de base de su costa (normalmente la marea baja). En esta zona, el Estado ejerce plena soberanía: controla no solo el agua, sino también el lecho marino, el subsuelo y el espacio aéreo que la cubre, vale decir, es como una “extensión” del territorio nacional, aunque otros países tienen derecho de “paso inocente”, o mar, que sus embarcaciones pueden transitar sin causar daño ni alterar el orden local, siempre que respeten las leyes y la paz del Estado ribereño.
Las aguas internacionales, también conocidas como “altamar”, comienzan donde termina el mar territorial y se extienden ilimitadamente. Ningún Estado puede reclamar dominio exclusivo sobre ellas: todos tienen derecho de navegar en embarcaciones civiles y militares, incluidos ejercicios navales, pescar, instalar cables y tuberías submarinas y realizar investigaciones científicas, aunque deben respetar la ley internacional y evitar actividades ilícitas como la piratería o el narcotráfico.
La Zona Económica Exclusiva (ZEE) es una franja que se extiende desde el final del mar territorial hasta las 200 millas náuticas desde la costa. Aunque no se trata de soberanía total, el Estado ribereño tiene “derechos exclusivos” sobre los recursos naturales (petróleo, gas, pesca) y ciertas actividades económicas o científicas. Puede construir instalaciones, reglamentar actividades y ejercer jurisdicción sobre estructuras artificiales y temas aduaneros, fiscales, sanitarios, de seguridad y de inmigración en dicha área. Sin embargo, las naves de otros Estados pueden transitar libremente y disfrutar de ciertas libertades, como pescar o investigar, sin interferir en los intereses vitales del ribereño. E, incluso, navegar pacíficamente con su flota belica.
Con el gran despliegue naval estadounidense en el Caribe -el más grande en la historia de la región y dirigido frente a Venezuela- la importancia de estas zonas no puede subestimarse. Estados Unidos tiene pleno derecho a navegar por aguas internacionales ya operar en zonas económicas exclusivas de otros países siempre que no viole leyes concretas ni incurra en acciones hostiles dentro del mar territorial de los países ribereños. Sin embargo, hay que tener presente que las tensiones surgen, justificadas o no, cuando el país ribereño percibe la presencia militar como una amenaza o posible incursión en zonas bajo soberanía plena como el mar territorial, lo que genera tensiones políticas y diplomáticas según el grado de las sensibilidades regionales, pero ello no presupone una violación del derecho internacional, ni debe dar pie para interpretaciones que alienten en la población de un Estado ribereño imaginarios escenarios de guerra o invasiones mesiánicas.