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Saturday, June 13, 2026
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    Balcázar promulga ley que sanciona a entidades que no cedan locales de votación para las elecciones

    el presidente José María Balcázar promulgó este viernes 15 de mayo la autógrafa de ley que sanciona a las entidades que no cedan sus locales para la instalación de mesas de sufragio en las elecciones.

    el presidente José María Balcázar promulgó este viernes 15 de mayo la autógrafa de ley que sanciona a las entidades que no cedan sus locales para la instalación de mesas de sufragio en las elecciones.

    El dictamen que modifica el artículo 65 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, había sido aprobado por mayoría (100 votos a favor, cero votos en contra y 1 abstención) por el Congreso el último jueves.

    LEER MÁS: Keiko Fujimori a Roberto Sánchez: “Que el debate sea en Huaral o mejor aún en San Borja para que se sienta cómodo”En la ceremonia protocolar, llevado a cabo en el Palacio de Gobierno, el mandatario estuvo acompañado por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrezy el jefe del Gabinete Ministerial, Luis Arroyo.

    Balcázar Zelada destacó que esta norma permitirá al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) cumpla con sus funciones para garantizar que la segunda vuelta se lleve a cabo “sin ningún tipo de tropiezos ni inconvenientes”.

    LEER MÁS: Elecciones 2026: ONPE culmina conteo de votos de la primera vuelta presidencial al 100% de actas“Estamos publicando la autógrafa de ley del Congreso de la República que nos acaba de llegar, modificando la Ley de Elecciones Generales, a los efectos de que todas las instituciones públicas y privadas tienen que dar las facilidades para que el JNE cumpla a cabalidad e inextenso las funciones que le competencian para garantizar que la segunda de las elecciones sea sin ningún tipo de tropiezos ni inconvenientes”expresó Balcázar.

    “Dicho en otras palabras, todos los locales públicos y privados de las instituciones de cada sector quedan obligados bajo pena de multa para que esta disposición sea cumplida, y así lo dice la autógrafa”agregó.

    El jefe de Estado también remarcó que con esta medida se busca dar un mensaje a la Nación de que “Todo está en rieles perfectos para que las elecciones puedan realizarse como manda la ley”.

    Cabe indicar que la autógrafa promulgada establece que el incumplimiento de esta obligación es sancionado con una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT).

    LEER MÁS: José Domingo Pérez defiende a Pedro Castillo ante la Subcomisión de Acusaciones ConstitucionalesFinalmente, establece que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) reglamenta lo dispuesto en la presente ley en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde su entrada en vigor.