{"id":97301,"date":"2026-07-28T21:18:55","date_gmt":"2026-07-29T00:18:55","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/28\/empleados-de-comercio-cuanto-cobraran-en-agosto-con-el-aumento-y-el-bono-de-25-000\/"},"modified":"2026-07-28T21:18:55","modified_gmt":"2026-07-29T00:18:55","slug":"empleados-de-comercio-cuanto-cobraran-en-agosto-con-el-aumento-y-el-bono-de-25-000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/28\/empleados-de-comercio-cuanto-cobraran-en-agosto-con-el-aumento-y-el-bono-de-25-000\/","title":{"rendered":"Empleados de Comercio: cu\u00e1nto cobrar\u00e1n en agosto con el aumento y el bono de $25.000"},"content":{"rendered":"<p>  Los empleados de Comercio recibir\u00e1n en agosto una nueva actualizaci\u00f3n salarial como parte del acuerdo alcanzado entre la Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales c\u00e1maras empresarias del sector.<\/p>\n<p>  El entendimiento firmado con la C\u00e1mara Argentina de Comercio (CAC), la Confederaci\u00f3n Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Uni\u00f3n de Entidades Comerciales (UDECA) estableci\u00f3 un aumento total del 5,7% para el trimestre comprendido entre julio y septiembre de 2026.<\/p>\n<p> La mejora se distribuye en tres tramos consecutivos del 1,9%. Tras la primera actualizaci\u00f3n aplicada en julio, en agosto se activar\u00e1 el segundo incremento, mientras que la \u00faltima suba se incorporar\u00e1 con los salarios correspondientes a septiembre.<\/p>\n<p>  Adem\u00e1s, el acuerdo contempla el pago de un bono extraordinario no remunerativo de $50.000, dividido en dos cuotas de $25.000. La segunda y \u00faltima parte se liquidar\u00e1 junto con el sueldo de agosto.<\/p>\n<p>  Empleados de Comercio: c\u00f3mo se aplica el aumento de agosto La actualizaci\u00f3n del 5,7% no se incorpora de una sola vez, sino que se distribuye en tres incrementos iguales sobre las escalas b\u00e1sicas del Convenio Colectivo de Trabajo 130\/75.<\/p>\n<p>  El cronograma acordado qued\u00f3 conformado de la siguiente manera:<\/p>\n<p>  Julio: aumento del 1,9%. Agosto: aumento del 1,9%. Septiembre: aumento del 1,9%.  Las nuevas escalas fueron calculadas sobre los salarios vigentes en junio, con la inclusi\u00f3n de las sumas no remunerativas del acuerdo anterior. Los valores corresponden a trabajadores con jornada completa y pueden variar seg\u00fan los adicionales previstos para cada empleado.<\/p>\n<p> Entre esos conceptos se encuentran la antig\u00fcedad, el presentismo, las horas extras, el manejo de caja, las comisiones y otros adicionales contemplados por el convenio colectivo.<\/p>\n<p> Sueldos de Comercio: las escalas que se actualizar\u00e1n en agosto Los salarios b\u00e1sicos establecidos para julio funcionan como referencia para la aplicaci\u00f3n del segundo tramo del aumento en agosto. Los montos comprenden las categor\u00edas de Maestranza, Administrativos, Cajeros y Vendedores.<\/p>\n<p> Maestranza<\/p>\n<p>   Maestranza A: $1.257.023 Maestranza B: $1.260.293 Maestranza C: $1.271.751   Administrativos<\/p>\n<p>   Administrativo A: $1.269.299 Administrativo B: $1.274.213 Administrativo C: $1.279.120 Administrativo D: $1.293.854 Administrativo E: $1.306.134 Administrativo F: $1.324.134   Cajeros<\/p>\n<p>   Cajero A: $1.273.389 Cajero B: $1.279.120 Cajero C: $1.286.486   Vendedores<\/p>\n<p>   Vendedor A: $1.273.389 Vendedor B: $1.297.947 Vendedor C: $1.306.134 Vendedor D: $1.324.134  Sobre estas escalas se aplicar\u00e1 en agosto el segundo incremento del 1,9%. Al resultado deber\u00e1n a\u00f1adirse la cuota de $25.000 del bono extraordinario y los adicionales que correspondan a cada trabajador.<\/p>\n<p> El acuerdo permanecer\u00e1 vigente hasta septiembre de 2026. Las partes asumieron el compromiso de volver a reunirse en octubre para evaluar la evoluci\u00f3n de la econom\u00eda y analizar una eventual nueva actualizaci\u00f3n salarial.<\/p>\n<p> Bono para empleados de Comercio: cu\u00e1nto se cobra en agosto Adem\u00e1s del aumento porcentual, el acuerdo paritario estableci\u00f3 el pago de una asignaci\u00f3n extraordinaria no remunerativa de $50.000 para todos los trabajadores alcanzados por el convenio colectivo.<\/p>\n<p> El bono fue dividido en dos pagos iguales:<\/p>\n<p>  Primera cuota de $25.000: junto con el sueldo de julio de 2026. Segunda cuota de $25.000: junto con el salario de agosto de 2026.  La asignaci\u00f3n tiene car\u00e1cter extraordinario, no remunerativo y no acumulativo. Por ese motivo, no se incorpora al salario b\u00e1sico ni se utiliza para calcular adicionales como antig\u00fcedad, presentismo, horas extras o comisiones.<\/p>\n<p> Qu\u00e9 pasar\u00e1 con la suma fija de $120.000 El nuevo acuerdo tambi\u00e9n prorrog\u00f3 el pago de la suma fija no remunerativa de $120.000 establecida en la negociaci\u00f3n anterior. El monto continuar\u00e1 abon\u00e1ndose por fuera del salario b\u00e1sico durante los pr\u00f3ximos meses.<\/p>\n<p> Su incorporaci\u00f3n a las escalas convencionales comenzar\u00e1 en diciembre de 2026 y se realizar\u00e1 de manera gradual mediante seis cuotas mensuales de $20.000.<\/p>\n<p> De acuerdo con el cronograma previsto, el proceso se extender\u00e1 hasta mayo de 2027. De esta manera, la suma fija se transformar\u00e1 progresivamente en salario remunerativo durante el pr\u00f3ximo a\u00f1o.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los empleados de Comercio recibir\u00e1n en agosto una nueva actualizaci\u00f3n salarial como parte del acuerdo alcanzado entre la Federaci\u00f3n Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales c\u00e1maras empresarias del sector. 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