{"id":91850,"date":"2026-07-17T17:15:42","date_gmt":"2026-07-17T20:15:42","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/17\/ganancias-el-gobierno-prorrogo-la-presentacion-de-las-declaraciones-juradas-hasta-fines-de-agosto\/"},"modified":"2026-07-17T17:15:42","modified_gmt":"2026-07-17T20:15:42","slug":"ganancias-el-gobierno-prorrogo-la-presentacion-de-las-declaraciones-juradas-hasta-fines-de-agosto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/17\/ganancias-el-gobierno-prorrogo-la-presentacion-de-las-declaraciones-juradas-hasta-fines-de-agosto\/","title":{"rendered":"Ganancias: el Gobierno prorrog\u00f3 la presentaci\u00f3n de las declaraciones juradas hasta fines de agosto"},"content":{"rendered":"<p>\t\t                                    \t\t Las nueva fecha de presentaci\u00f3n del documento ser\u00e1 el 27 de agosto, aunque la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) mantuvo la fecha del pr\u00f3ximo 27 de julio para pagar el saldo correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025.<\/p>\n<p>\t\t      \t\t\t\t\t\t \t\t\t\t\t\t\t\tInocencia fiscal: contadores advierten de una contradicci\u00f3n en el proyecto de reforma \t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t \t\t\t\t\t\t\t\tGanancias simplificada: el comunicado de ARCA no re\u00fane los requisitos m\u00ednimos para calificar como &#8220;norma&#8221; \t\t\t\t\t\t\t\t\t \t         Se posterg\u00f3 hasta fines de agosto la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada del 2025 del Impuesto a las Ganancias de las personas.<\/p>\n<p>  Magnific         La  Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) inform\u00f3 que se posterg\u00f3 hasta el 27 de agosto el vencimiento de la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada del Impuesto a las Ganancias de las personas correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025, tras una reuni\u00f3n que mantuvo un grupo de contadores con el ministro de Econom\u00eda, Luis Caputo.<\/p>\n<p>         Se trata del mismo grupo de profesionales que le transmiti\u00f3 a Caputo las sugerencias que quedaron plasmadas en un proyecto de ley que est\u00e1 en el Congreso para modificar la Ley de Presunci\u00f3n de Inocencia Fiscal. El organismo aclar\u00f3 que la fecha para el pago del saldo del impuesto anual se mantiene el pr\u00f3ximo 27 de julio.<\/p>\n<p>         \t     Tras ese encuentro, ARCA inform\u00f3 la modificaci\u00f3n del cronograma. Era un reclamo de los contadores, debido a que el Congreso sigue demorando el tratamiento de las modificaciones de la ley.<\/p>\n<p>       Entre los asistentes estuvieron Alejandro Rosenfeld, Sonia Becherman, Miriam Rold\u00e1n y Ana Mar\u00eda Kaiser, todos con activa participaci\u00f3n en redes sociales. No hubo m\u00e1s anuncios por parte del ministro.<\/p>\n<p>       En rigor, el vencimiento del Impuesto a las Ganancias de las personas deber\u00eda ocurrir en junio, mes en el que se incrementan los gastos del Estado debido al pago de los aguinaldos. Este a\u00f1o no ocurri\u00f3 eso y, como consecuencia, el Gobierno tuvo un d\u00e9ficit fiscal de $1 bill\u00f3n. Ese dinero ingresar\u00e1 en julio.<\/p>\n<p>       Manuel Adorni &#8220;meti\u00f3 la cola&#8221;  Aunque el nuevo mecanismo para liquidar el tributo, denominado Ganancias Simplificado, es considerado una buena propuesta para extender a todos los contribuyentes, la iniciativa tambi\u00e9n se conoci\u00f3 como una manera de incentivar el ingreso al sistema formal de los d\u00f3lares que hoy est\u00e1n &#8220;debajo del colch\u00f3n&#8221;.<\/p>\n<p> Cuando el Gobierno envi\u00f3 la propuesta de modificaci\u00f3n al Congreso, el entonces vocero presidencial y hoy ex jefe de Gabinete, Manuel Adorni, anunci\u00f3 el nuevo esquema, lo que despert\u00f3 suspicacias. El efecto habr\u00eda sido la demora en el tratamiento de los cambios.<\/p>\n<p> En el Gobierno conf\u00edan en que esta vez s\u00ed se lograr\u00e1 aprobar la norma en el Congreso y contar con la reglamentaci\u00f3n a tiempo.<\/p>\n<p> La expectativa oficial es que, una vez aprobada la ley, los contribuyentes se vuelquen a depositar en los bancos los d\u00f3lares que hoy permanecen fuera del sistema, algo que hasta ahora no ocurri\u00f3 por las limitaciones del r\u00e9gimen vigente.<\/p>\n<p> Cu\u00e1les son los cambios propuestos   Se eliminan las condiciones de ingresos anuales ($1.000 millones) y de patrimonio ($10.000 millones) para poder acceder al r\u00e9gimen simplificado. El par\u00e1metro de ingresos generaba problemas porque no se refer\u00eda a rentas, sino a ingresos brutos. Por ejemplo, si una persona obten\u00eda rentas exentas por la venta de acciones que cotizan en el Merval, esos montos se acumulaban y, si superaban los $1.000 millones, quedaba excluida del r\u00e9gimen simplificado. Lo mismo ocurr\u00eda si vend\u00eda un inmueble, incluso heredado. Con el proyecto, se eliminan los par\u00e1metros de ingresos y patrimonio. Los grandes contribuyentes nacionales tambi\u00e9n podr\u00e1n acceder al r\u00e9gimen simplificado, aunque \u00fanicamente para la confecci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada. No deber\u00e1n declarar el patrimonio inicial ni final, ni tampoco el consumo. Respecto de la discrepancia significativa del 15%, la ley vigente la mide en funci\u00f3n del impuesto a pagar o del saldo a favor. El proyecto propone calcularla sobre el impuesto determinado. Por ejemplo, si un contribuyente tiene un impuesto determinado de $80 millones y pagos a cuenta por $79 millones, el impuesto a ingresar ser\u00e1 de $1 mill\u00f3n. Con la ley vigente, alcanza con que ARCA detecte una diferencia superior a $150.000 para que el contribuyente pierda la protecci\u00f3n del bloqueo fiscal. Con el proyecto, la diferencia significativa se medir\u00e1 sobre los $80 millones, por lo que el ajuste deber\u00e1 superar los $12 millones. A su vez, esa diferencia significativa deber\u00e1 ser superior al 5% de la condici\u00f3n objetiva de punibilidad prevista en el art\u00edculo 1 de la Ley Penal Tributaria ($100 millones), por lo que el ajuste siempre deber\u00e1 superar los $5 millones. La carga de la prueba ser\u00e1 exclusiva de ARCA, que solo podr\u00e1 utilizar informaci\u00f3n declarada y disponible en sus sistemas. Cualquier otro elemento carecer\u00e1 de valor probatorio. No se computar\u00e1 la discrepancia si el contribuyente rectifica la declaraci\u00f3n dentro de los 15 d\u00edas h\u00e1biles de notificada la liquidaci\u00f3n del art\u00edculo 14 o la determinaci\u00f3n de oficio del art\u00edculo 17 de la Ley 11.683, y cancela el saldo correspondiente. En materia de IVA, la presunci\u00f3n alcanzar\u00e1 los per\u00edodos hasta diciembre del a\u00f1o fiscal de Ganancias declarado bajo la modalidad simplificada. Se ampl\u00eda la exclusi\u00f3n de presunciones previstas en la Ley 11.683 para evaluar discrepancias significativas, incorporando tambi\u00e9n las del inciso g) del art\u00edculo 18. Adem\u00e1s, se limita el uso de los restantes indicios: ninguno de los dem\u00e1s incisos del art\u00edculo 18 podr\u00e1 ser fundamento exclusivo para acreditar una discrepancia significativa. Se aclara que las \u00f3rdenes de intervenci\u00f3n, fiscalizaciones, determinaciones de oficio y procesos judiciales notificados antes de la adhesi\u00f3n al r\u00e9gimen continuar\u00e1n su tr\u00e1mite y no quedar\u00e1n alcanzados por sus beneficios. Se dispone que, si la exclusi\u00f3n del r\u00e9gimen es revocada por v\u00eda administrativa o judicial, se restablecer\u00e1n retroactivamente todos los beneficios de la presunci\u00f3n de exactitud. Tambi\u00e9n se establece la devoluci\u00f3n obligatoria de los importes abonados, con intereses, cuando la impugnaci\u00f3n sea dejada sin efecto. Se incorpora una eximici\u00f3n de multas para ajustes de Ganancias e IVA cancelados o regularizados antes de adherir al r\u00e9gimen, siempre que se cumplan determinadas condiciones. El proyecto dispone que todas estas modificaciones tengan efecto para los per\u00edodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2025.         \t\t \t  \t  \t\t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las nueva fecha de presentaci\u00f3n del documento ser\u00e1 el 27 de agosto, aunque la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) mantuvo la fecha del pr\u00f3ximo 27 de julio para pagar el saldo correspondiente al per\u00edodo fiscal 2025. 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