{"id":88832,"date":"2026-07-11T05:15:50","date_gmt":"2026-07-11T08:15:50","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/11\/reglamento-de-ley-hidrocarburos-mantiene-barreras-a-la-inversion-privada\/"},"modified":"2026-07-11T05:15:50","modified_gmt":"2026-07-11T08:15:50","slug":"reglamento-de-ley-hidrocarburos-mantiene-barreras-a-la-inversion-privada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/11\/reglamento-de-ley-hidrocarburos-mantiene-barreras-a-la-inversion-privada\/","title":{"rendered":"Reglamento de Ley Hidrocarburos mantiene barreras a la inversi\u00f3n privada"},"content":{"rendered":"<p>La apertura petrolera, complementada con el reci\u00e9n publicado manual de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, mantiene limitaciones para empresas privadas y no delimita claramente el marco fiscal, se\u00f1ala el jurista Jos\u00e9 Ignacio Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>\u201cEl reciente Reglamento de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos aclar\u00f3 el marco fiscal petrolero, pero no mejor\u00f3 la calidad regulatoria del sector y, en cambio, introdujo al menos una vez nuevas barreras para la inversi\u00f3n privada\u201d, se\u00f1ala Hern\u00e1ndez en conversaci\u00f3n con El Nacional.<\/p>\n<p>\u201cEste nuevo marco regulatorio no establece las condiciones institucionales necesarias para acelerar la inversi\u00f3n privada, que implica decenas de millas de millones de d\u00f3lares en gastos de capital esenciales para la recuperaci\u00f3n de la producci\u00f3n\u201d, agrega.<\/p>\n<p>El reglamento, publicado en Gaceta Oficial el jueves, era esperado desde que en enero el gobierno interino de Delcy Rodr\u00edguez aprob\u00f3 la reforma de la Ley de Hidrocarburos que acab\u00f3 parcialmente con 30 a\u00f1os de ret\u00f3rica chavista.<\/p>\n<p>&#8220;Hemos dado un paso hist\u00f3rico para el futuro de Venezuela. Despu\u00e9s de 83 a\u00f1os, suscribimos el Reglamento de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, un instrumento que permitir\u00e1 transformar nuestras inmensas reservas energ\u00e9ticas en desarrollo, crecimiento y bienestar para nuestro pueblo&#8221;, prometi\u00f3 Rodr\u00edguez sobre esta reforma.<\/p>\n<p>El gobierno interino afirma que \u201clas mayores reservas de petr\u00f3leo del mundo\u201d, estimadas en aproximadamente 304.000 millones de barriles, o 20% del total mundial, ahora s\u00ed ser\u00e1n aprovechadas.<\/p>\n<p>Con presiones del gobierno de Donald Trump, estos cambios han sido vistos como un notable avance porque por primera vez desde la liberal apertura petrolera de los a\u00f1os noventa se permite la participaci\u00f3n privada incluso en \u00e1reas estrat\u00e9gicas antes reservadas exclusivamente al Estado, a trav\u00e9s de la estatal Petr\u00f3leos de Venezuela (Pdvsa), o con mayor\u00eda accionaria de esta empresa.<\/p>\n<p>Estas actividades incluyen exploraci\u00f3n, producci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, refino y exportaci\u00f3n de hidrocarburos y derivados.<\/p>\n<p>Ambiciosas expectativas en negocios de hidrocarburosEn medio de la efervescente ret\u00f3rica por la apertura forzada del pa\u00eds tras la captura de Nicol\u00e1s Maduro el 3 de enero, Donald Trump prometi\u00f3 inversiones de empresas de Estados Unidos en Venezuela por 100.000 millones de d\u00f3lares.<\/p>\n<p>Decenas de empresas petroleras y de sectores conectados comenzaron a enviar ejecutivos, ingenieros y t\u00e9cnicos a Venezuela a explorar oportunidades de negocios. Firmas como Chevron, Repsol, Shell, Vitol, Reliance, SLB, Schlumberger (que ya ten\u00edan intereses en el pa\u00eds y buscan recuperar pagos de viejas deudas), firmaron contratos de negocios con el gobierno interino.      <\/p>\n<p>Todav\u00eda los departamentos legales de las empresas nacionales e internacionales que operan en el sector analizan los alcances del reglamento, que puso fin a una vacatio legis de 180 d\u00edas.  <\/p>\n<p>&#8220;Las expectativas existen y son muy buenas. El reto es c\u00f3mo concretarlas. La nueva regulaci\u00f3n m\u00e1s bien obstruye eso&#8221;, dice Hern\u00e1ndez. Estima que la presi\u00f3n debe llevar a mejorar el marco regulatorio. \u201cEs un tema de capacidad y\/o voluntad de las autoridades interinas\u201d, agrega.<\/p>\n<p>Hern\u00e1ndez es profesor de Derecho y consultor independiente. Es egresado de la Universidad Cat\u00f3lica Andr\u00e9s Bello de Venezuela y doctor por la Universidad Complutense de Madrid. Profesor de la UCAB y de la Universidad Central de Venezuela (UCV).<\/p>\n<p>El reglamento de 22 art\u00edculos deroga el Reglamento de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, publicado en Gaceta Oficial de los Estados Unidos de Venezuela el 31 de agosto de 1943. Tambi\u00e9n deroga el \u201cReglamento sobre Conservaci\u00f3n de los Recursos de Hidrocarburos\u201d, del 13 de febrero de 1969, entre otras disposiciones.<\/p>\n<p>Ministerio tiene la \u00faltima palabraEntre las 11 barreras que identifica Hern\u00e1ndez se\u00f1ala que el marco fiscal \u201cno logr\u00f3 determinarse de manera clara\u201d.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 43 del reglamento establece que el ministerio con competencia en materia de hidrocarburos revisar\u00e1 el Plan de Negocios propuesto por las Empresas Operadoras. En funci\u00f3n de los criterios de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, \u201ctipificar\u00e1 el tipo de proyecto del que se trata, a las multas de asignar la Al\u00edcuota de participaci\u00f3n del Estado por concepto de la Regal\u00eda, as\u00ed como la del Impuesto Integrado de Hidrocarburos aplicable a cada Proyecto\u201d.<\/p>\n<p>La Al\u00edcuota Agregada, seg\u00fan el tipo de proyecto del que se trata, ser\u00e1 de 20% para campos sin desarrollar (los llamados en el sector Greenfield); para campos de petr\u00f3leo extrapesado mejorado, 25%; para campos desarrollados (llamados Brownfield) sin producci\u00f3n 30%; para campos desarrollados (Brownfield) con producci\u00f3n 35%.<\/p>\n<p>\u201cCuando se trata de Proyectos Costa Afuera, estos contar\u00e1n con una la al\u00edcuota agregada de hasta cinco por ciento (5%) menor a la dispuesta\u201d en esa clasificaci\u00f3n, que se establece \u201cuna vez obtenida la opini\u00f3n favorable del Ministerio con competencia en materia de finanzas\u201d.<\/p>\n<p>La segunda barrera que ve Hern\u00e1ndez es que \u201cla garant\u00eda de equilibrio financiero del contrato qued\u00f3 regulada con muchas debilidades\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLa tercera es que, impl\u00edcitamente, se castiga o se limita la inclusi\u00f3n de cl\u00e1usulas de arbitraje internacional\u201d, cuando hay diferencias entre los socios de empresas operadoras.<\/p>\n<p>Como dirimir diferencias con el Estado venezolanoEn efecto, el Art\u00edculo 107 establece que \u201clas dudas y controversias de cualquier naturaleza que surjan o puedan surgir en el marco de la ejecuci\u00f3n de los contratos que se suscriben para la realizaci\u00f3n de las actividades reguladas por la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, que no puedan ser resultados de mutuo y amistoso acuerdo entre las partes, podr\u00e1n ser sometidas a la decisi\u00f3n de los Tribunales competentes de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>\u201cO mediante los mecanismos alternativos de resoluci\u00f3n de controversias como la mediaci\u00f3n, conciliaci\u00f3n, negociaci\u00f3n y el arbitraje; siguiendo los lineamientos que a tales efectos dictar\u00e1 el ministerio con competencia en materia de hidrocarburos en conjunto con la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Ejecutivos de empresas petroleras hab\u00edan manifestado la importancia de que se estableciera clara y taxativamente que esas diferencias pudieran ser dirimidas en instancias internacionales.<\/p>\n<p>De hecho, las licencias emitidas por la OFAC, Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro, que posibilitan la participaci\u00f3n de empresas internacionales en Venezuela, en el marco de las sanciones financieras aplicadas al gobierno chavista, establecidas directamente que los contratos de esas compa\u00f1\u00edas deben ajustarse a las leyes de Estados Unidos y las diferencias dirimirse en los tribunales de ese pa\u00eds.<\/p>\n<p>Controles en Reglamento de Ley de HidrocarburosHern\u00e1ndez se\u00f1ala como cuarta barrera \u201cuna indebida concentraci\u00f3n de poderes regulatorios en el ministerio\u201d de Hidrocarburos. La quinta es que \u201ctodo el contrato y los derechos contractuales se subordinan al plan de negocios controlados por el ministerio\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl reglamento no establece condiciones generales de los nuevos contratos, los cuales quedan sometidos a un amplio poder discrecional del ministerio\u201d, se\u00f1ala en sexto lugar.<\/p>\n<p>&#8220;La s\u00e9ptima es que hay notables controles administrativos, trabas regulatorias para actividades aguas arriba. Muy importante, la octava, hay controles centralizados sobre la comercializaci\u00f3n que pueden limitar la exportaci\u00f3n de petr\u00f3leo, colocando en riesgo la sostenibilidad financiera del proyecto. La novena, potestades de inspecci\u00f3n excesivamente amplias&#8221;.<\/p>\n<p>\u201cLa d\u00e9cima, potestades sancionadoras excesivamente amplias\u201d.<\/p>\n<p>\u201cY la und\u00e9cima es que no hay claridad en cuanto al derecho aplicable y riesgo de que la poca calidad de la regulaci\u00f3n petrolera venezolana afecte la calidad de la protecci\u00f3n de inversiones, incluso mediante contratos\u201d, agrega.<\/p>\n<p>\u201cSumado todo esto, en balance, sin duda, el reglamento no mejora los incentivos que la inversi\u00f3n privada tiene para realizar los gastos en capital\u201d, advierte Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>La electricidad como limitaci\u00f3nEl reglamento \u201ctiene por objeto establecer las normas t\u00e9cnicas, operativas, fiscales y de control, necesarias para la aplicaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, en lo relativo a la exploraci\u00f3n, extracci\u00f3n, recolecci\u00f3n, transporte, almacenamiento, procesamiento, mejoramiento, refinaci\u00f3n, industrializaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y aprovechamiento integral de los hidrocarburos\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, \u201cla administraci\u00f3n de los hidrocarburos, inspecci\u00f3n de los trabajos y actividades inherentes, as\u00ed como la fiscalizaci\u00f3n de la producci\u00f3n que causa los impuestos, tasas o contribuciones establecidas en la Ley\u201d, dice su enunciado.<\/p>\n<p>Afirma que se garantiza \u201cla soberan\u00eda plena de la Rep\u00fablica sobre los yacimientos de hidrocarburos y la captaci\u00f3n de la renta sobre este recurso natural\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n incluye lo relativo a la extracci\u00f3n de hidrocarburos gaseosos asociados con el petr\u00f3leo, punto de gran importancia pues seg\u00fan expertos el 80% del gas natural disponible en Venezuela est\u00e1 asociado a yacimientos petroleros.<\/p>\n<p>Buena parte de ese gas es reinyectado al subsuelo para facilitar la extracci\u00f3n de crudo, elevar el factor de recobro (de cu\u00e1nto petr\u00f3leo se recupera de los yacimientos), y otra buena parte se pierde, quemado y arrojado a la atm\u00f3sfera.<\/p>\n<p>Gasolineras y electricidadEl Art\u00edculo 65 es una novedad que regresa en el tiempo a los a\u00f1os noventa, cuando era posible ver en el pa\u00eds estaciones de servicios con marcas de petroleras extranjeras, como BP, o Shell yTexaco.<\/p>\n<p>\u201cLa actividad de comercializaci\u00f3n de productos derivados de hidrocarburos puede ser ejercida por personas naturales o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, debidamente autorizadas por el Ministerio con competencia en materia de hidrocarburos y comprende en el mercado nacional: el suministro, almacenamiento, transporte primario, transporte secundario, distribuci\u00f3n y gasto de hidrocarburos, y sus productos derivados; para el mercado internacional: el suministro, almacenamiento y transporte\u201d.<\/p>\n<p>Los precios finales seguir\u00e1n siendo establecidos por el gobierno a trav\u00e9s del Ministerio de Hidrocarburos.<\/p>\n<p>Otra novedad es que las empresas operadoras est\u00e1n obligadas a autogenerar la electricidad que van a utilizar en sus trabajos, seg\u00fan el art\u00edculo 33.<\/p>\n<p>\u201cLas Empresas Operadoras deber\u00e1n asegurar el suministro continuo, confiable y suficiente de energ\u00eda el\u00e9ctrica para la ejecuci\u00f3n de las Actividades Primarias, mediante esquemas de autogeneraci\u00f3n o contrataci\u00f3n con terceros, que aseguren su autonom\u00eda operativa, sin perjuicio de la interconexi\u00f3n con el<br \/>\nSistema El\u00e9ctrico Nacional\u201d, dice este art\u00edculo.<\/p>\n<p>Los expertos coinciden en que la escasez cr\u00f3nica de electricidad es la principal barrera estructural que frena la expansi\u00f3n de la industria de los hidrocarburos en su potencial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La apertura petrolera, complementada con el reci\u00e9n publicado manual de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos, mantiene limitaciones para empresas privadas y no delimita claramente el marco fiscal, se\u00f1ala el jurista Jos\u00e9 Ignacio Hern\u00e1ndez. \u201cEl reciente Reglamento de la Ley Org\u00e1nica de Hidrocarburos aclar\u00f3 el marco fiscal petrolero, pero no mejor\u00f3 la calidad regulatoria del sector [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":539,"featured_media":88833,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[22751,84,17643,8563,1815,4633,332],"tags":[],"class_list":["post-88832","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-apertura-petrolera","category-economia","category-jose-ignacio-hernandez","category-ley-de-hidrocarburos","category-petroleo","category-reglamento","category-venezuela"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88832","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/539"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=88832"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/88832\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/88833"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=88832"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=88832"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=88832"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}