{"id":86025,"date":"2026-07-05T03:28:50","date_gmt":"2026-07-05T06:28:50","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/05\/keiko-entre-dos-fueros\/"},"modified":"2026-07-05T03:28:50","modified_gmt":"2026-07-05T06:28:50","slug":"keiko-entre-dos-fueros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/07\/05\/keiko-entre-dos-fueros\/","title":{"rendered":"Keiko entre dos fueros"},"content":{"rendered":"<p>La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema acaba de dar a conocer un fallo que viene a ser un ejemplo m\u00e1s de la mediocridad y displicencia con las que el Poder Judicial considera casos de violaciones de derechos humanos durante los a\u00f1os de combate al terrorismo, con grave afectaci\u00f3n tanto de v\u00edctimas como de imputados. Ha ordenado un nuevo juicio por el asesinato de pedro huilcacometido el 18 de diciembre de 1992, cuando era secretario general de la CGTP y Alberto Fujimori gobernaba. Un crimen de hace 33 a\u00f1os seguir\u00e1 sin un pronunciamiento definitivo. \u00bfPor cu\u00e1nto m\u00e1s? Nadie lo sabe. Al margen de las razones invocadas para anular lo accionado, este tipo de procesos interminables son los que dieron pie \u2013en parte\u2013 a la aprobaci\u00f3n por el Congreso de una ley  inconstitucional que llevar\u00e1 al fuero privativo todo tipo de infracciones de militares y polic\u00edas, incluidas las que constituyen delitos comunes. Las resoluciones ser\u00e1n sin duda m\u00e1s r\u00e1pidas, aunque controversiales y, a la postre, una fuente de conflictos para el gobierno que comienza.<\/p>\n<p>La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema acaba de dar a conocer un fallo que viene a ser un ejemplo m\u00e1s de la mediocridad y displicencia con las que el Poder Judicial considera casos de violaciones de derechos humanos durante los a\u00f1os de combate al terrorismo, con grave afectaci\u00f3n tanto de v\u00edctimas como de imputados. Ha ordenado un nuevo juicio por el asesinato de pedro huilcacometido el 18 de diciembre de 1992, cuando era secretario general de la CGTP y gobernaba Alberto Fujimori. Un crimen de hace 33 a\u00f1os seguir\u00e1 sin un pronunciamiento definitivo. \u00bfPor cu\u00e1nto m\u00e1s? Nadie lo sabe. Al margen de las razones invocadas para anular lo accionado, este tipo de procesos interminables son los que dieron pie \u2013en parte\u2013 a la aprobaci\u00f3n por el Congreso de una ley  inconstitucional que llevar\u00e1 al fuero privativo todo tipo de infracciones de militares y polic\u00edas, incluidas las que constituyen delitos comunes. Las resoluciones ser\u00e1n sin duda m\u00e1s r\u00e1pidas, aunque controversiales y, a la postre, una fuente de conflictos para el gobierno que comienza.<\/p>\n<p>Ante todo, es necesario reconocer que el fuero ordinario, pese al excesivo tiempo que se toma para resolver (sin fiscalizaci\u00f3n, porque los organismos de control marginan lo jurisdiccional), no garantiz\u00f3 justicia en algunos casos emblem\u00e1ticos. Afrontamos un doble problema. Luego de que el fuero militar se deslegitim\u00f3 durante su actuaci\u00f3n en los a\u00f1os fujimoristas, principalmente contra encausados \u200b\u200bpor terrorismo, los tribunales civiles no dieron la talla cuando procesaron nuevamente a ciertos imputados por mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Un ejemplo es el Caso Huilca, asesinado por Sendero Luminoso. El fuero militar sentenci\u00f3 a los presuntos responsables, pero estos fueron declarados inocentes en el 2006, despu\u00e9s de un juicio en la justicia ordinaria. En ese momento prevalec\u00eda una nueva hip\u00f3tesis, a partir de testimonios no corroborados, seg\u00fan la cual el de Huilca fue un crimen de Estado dispuesto por el SIN de Vladimiro Montesinos mediante su brazo ejecutor: el grupo Colina.<\/p>\n<p>En el 2023, una sala de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Penal absolvi\u00f3 a Montesinos ya los coacusados \u200b\u200bdel Servicio de Inteligencia del Ej\u00e9rcito. No hab\u00eda pruebas. En 1993, cuando la polic\u00eda captur\u00f3 a los autores, dos de ellos confesaron y otros dos fueron reconocidos por los familiares de la v\u00edctima, quienes, a\u00f1os m\u00e1s tarde, cambiaron su versi\u00f3n para favorecer el acuerdo al que el gobierno de Alejandro Toledo lleg\u00f3 con la corte interamericana, admitiendo que agentes del Estado eran los perpetradores. Este acuerdo dej\u00f3 sin piso la incriminaci\u00f3n original cuando los senderistas volvieron a ser juzgados. Sin embargo, el Ministerio P\u00fablico no pudo construir una teor\u00eda consistente contra los nuevos imputados, y por eso la absoluci\u00f3n fue inevitable. Los testimonios incriminatorios eran de o\u00eddas, contradictorios e imprecisos, proporcionados por un par de farsantes. Por otra parte, el destacamento militar que cometi\u00f3 los cr\u00edmenes de Barrios Altos y La Cantuta ya estaba desactivado cuando Huilca fue asesinado.<\/p>\n<p>En la anulaci\u00f3n de esta sentencia, la Corte Suprema sostiene la tesis ins\u00f3lita de que el grupo Colina no solo eliminaba supuestos terroristas \u2500lo que est\u00e1 demostrado\u2500, sino a opositores del r\u00e9gimen de Fujimori. O sea, a personalidades como Huilca. Dice que este equipo era parte \u201cdel plan met\u00f3dico y de agresi\u00f3n sistem\u00e1tica contra miembros de la poblaci\u00f3n civil\u201d. Para sostenerlo cita mal sentencias judiciales previas, algo inaceptable en un tribunal del m\u00e1s alto nivel. En esa l\u00ednea, asume el concepto de que el trabajo del dirigente asesinado afectaba a la gobernabilidad de Fujimori, y por lo tanto era un objetivo a eliminar. Ordena un nuevo juicio que revalore todo. Es la t\u00edpica sentencia pol\u00edticamente correcta, que no levantar\u00e1 protestas porque los sentenciados son un colectivo aborrecido y que terminar\u00e1 favoreciendo la impunidad. Ya podemos ir adelantando que no habr\u00e1 nuevas evidencias. Habl\u00f3 lo suficiente con polic\u00edas investigadores del caso, e incluso con senderistas, para asegurarlo.<\/p>\n<p>Este juicio es uno de los pendientes de los a\u00f1os antisubversivos. Corresponden a delitos considerados imprescriptibles porque son tipificados como de lesa humanidad o como graves violaciones a los derechos humanos, cuyo castigo no tiene fecha de vencimiento de acuerdo con los convenios internacionales suscritos por el Estado. En el 2025, el Congreso aprob\u00f3 una ley que habilita un enjuiciamiento por lesa humanidad solo si los acontecimientos ocurrieron luego del 1 de julio del 2002, que es la fecha en la que entr\u00f3 en vigencia el Estatuto de Roma para el Per\u00fa. Mas los jueces, calculando en otros tratados, siempre pueden considerar acciones imprescriptibles que consideran \u201cgraves violaciones\u201d de derechos humanos. Son t\u00e9rminos bastante amplios. Este a\u00f1o, el Tribunal Constitucional (TC) declar\u00f3 prescrito un supuesto crimen de lesa humanidad cometido por el exministro Daniel Urresti, atendiendo a que los hechos anteced\u00edan a la vigencia del Estatuto de Roma. Pero esta sentencia solo tiene efecto para Urresti. De hecho, al pronunciarse sobre el Caso Huilca, la Corte Suprema desestim\u00f3 la ley del Congreso, as\u00ed como la posici\u00f3n coincidente del TC respecto de la misma, que no ha llegado a ser vinculante.<\/p>\n<p>Por lo visto, los jueces seguir\u00e1n aplicando los criterios convencionales de imprescriptibilidad, lo que anticipa un camino de colisi\u00f3n. La Junta Nacional de Justicia ha iniciado una investigaci\u00f3n a cinco vocales de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema por inaplicar la ley del Congreso sobre lesa humanidad en el caso de las esterilizaciones forzadas, otro largo litigio proveniente de los noventa. Es previsible entonces una nueva investigaci\u00f3n contra miembros del mismo colegiado que vieron el tema de Huilca. Est\u00e1 claro que la actual composici\u00f3n del Congreso no posibilitar\u00e1 un retiro del Per\u00fa de sus convenciones internacionales sobre derechos humanos. Mientras tanto, hay causas que seguir\u00e1n alarg\u00e1ndose. Es indispensable conminar al Poder Judicial para que cumpla con respetar el plazo razonable, un principio b\u00e1sico del debido proceso.<\/p>\n<p>En este contexto, el Congreso dio una ley que ampl\u00eda las facultades de la justicia castrense para cualquier delito que cometa un polic\u00eda o militar en una zona de emergencia durante el ejercicio de sus funciones. Actualmente, este fuero asume casos que afectan bienes jur\u00eddicos institucionales como la existencia, organizaci\u00f3n y operatividad castrense y policial. No est\u00e1n incluidos delitos contra la vida. La norma favorece al fuero militar en controversias jurisdiccionales con la justicia ordinaria, la cual, ante un simple requerimiento castrense, debe archivar sus expedientes. A\u00fan no se cumplen los 15 d\u00edas \u00fatiles del plazo para que el Ejecutivo observe la ley (de lo contrario ser\u00e1 promulgada). No existe signo alguno de que ello ocurra. Es lamentable que haya habido una quiescencia p\u00fablica a su contenido por parte de Keiko Fujimori.<\/p>\n<p>La norma es inconstitucional porque, entre otros motivos, excede las competencias que le asigna el art\u00edculo 173 de la Constituci\u00f3n, relativo a los delitos de funci\u00f3n. La van a inaplicar hasta que los jueces consideraron \u201cno caviares\u201d. Proviene de una tradici\u00f3n autoritaria que incluye episodios repudiables. V\u00e9ase, al respecto, la minuciosa casu\u00edstica que acaba de colgar el abogado Roberto Pereira en sus redes sociales. Aunque defensores del proyecto la justifican por los vej\u00e1menes sufridos por militares en el fuero civil, parte de los cuales son ciertos y repudiables, la medida est\u00e1 pensada para enfrentar a la criminalidad y las protestas callejeras. Es predecible que habr\u00e1 conflictos sociales con violencia durante el per\u00edodo de Fujimori, como los ha habido en casi todos los gobiernos que se sucedieron desde el 2000. No es exagerado vaticinar que el fuero militar terminar\u00e1 deslegitimado y que la imagen de paloma blanca que trae la nueva presidenta podr\u00eda terminar salpicada de sangre. <\/p>\n<p>*El Comercio abre sus p\u00e1ginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema acaba de dar a conocer un fallo que viene a ser un ejemplo m\u00e1s de la mediocridad y displicencia con las que el Poder Judicial considera casos de violaciones de derechos humanos durante los a\u00f1os de combate al terrorismo, con grave afectaci\u00f3n tanto de v\u00edctimas como de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":188,"featured_media":86026,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[878,419],"tags":[],"class_list":["post-86025","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-keiko","category-peru"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86025","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/188"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=86025"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86025\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/86026"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=86025"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=86025"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=86025"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}