{"id":83905,"date":"2026-06-30T15:27:03","date_gmt":"2026-06-30T18:27:03","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/30\/jose-maria-balcazar-pide-archivar-reparacion-civil-y-el-caso-por-presunta-apropiacion-ilicita-durante-el-inicio-de-su-juicio-oral\/"},"modified":"2026-06-30T15:27:03","modified_gmt":"2026-06-30T18:27:03","slug":"jose-maria-balcazar-pide-archivar-reparacion-civil-y-el-caso-por-presunta-apropiacion-ilicita-durante-el-inicio-de-su-juicio-oral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/30\/jose-maria-balcazar-pide-archivar-reparacion-civil-y-el-caso-por-presunta-apropiacion-ilicita-durante-el-inicio-de-su-juicio-oral\/","title":{"rendered":"Jos\u00e9 Mar\u00eda Balc\u00e1zar pide archivar reparaci\u00f3n civil y el caso por presunta apropiaci\u00f3n il\u00edcita durante el inicio de su juicio oral"},"content":{"rendered":"<p>El presidente Jos\u00e9 Mar\u00eda Balc\u00e1zar solicit\u00f3 al Poder Judicial (PJ) que se archive el requerimiento de la reparaci\u00f3n civil en su contra por el presunto delito de apropiaci\u00f3n il\u00edcita y con ello el archivo del juicio en su contra. <\/p>\n<p>El presidente Jos\u00e9 Mar\u00eda Balc\u00e1zar solicit\u00f3 al Poder Judicial (PJ) que se archive el requerimiento de la reparaci\u00f3n civil en su contra por el presunto delito de apropiaci\u00f3n il\u00edcita y con ello el archivo del juicio en su contra. <\/p>\n<p>Durante la audiencia de este martes, la defensa legal de Balc\u00e1zar Zelada argument\u00f3 que el plazo que ten\u00eda el Estado para exigirle un resarcimiento a favor del Colegio de Abogados de Lambayeque -a quien el a\u00fan acusado habr\u00eda perjudicado- ya hab\u00eda caducado. <\/p>\n<p>El Ministerio P\u00fablico, por su parte, pidi\u00f3 que se rechace el pedido del mandatario y su defensa legal, al sostener que el proceso judicial a\u00fan tiene vigencia hasta junio del 2027.<\/p>\n<p>MIRA: Los retos que guardan a Keiko Fujimori: \u00bfCu\u00e1les deber\u00edan ser las prioridades y qu\u00e9 se espera del primer gabinete?Ser\u00e1 el juez Juan Cubas Bravo, del Segundo Juzgado Unipersonal de Chiclayo, quien deber\u00e1 pronunciarse y definir si archiva el caso contra Balc\u00e1zar Zelada o dispone que el juicio oral contin\u00fae. <\/p>\n<p>Balc\u00e1zar Zelada estuvo presente en la sesi\u00f3n judicial -realizada de manera virtual- y respondi\u00f3 a las generales de ley se\u00f1alando que ejerc\u00eda como mandatario, era abogado de profesi\u00f3n y percib\u00eda como sueldo mensual \u201caproximadamente 20 mil o 30 mil soles\u201d. <\/p>\n<p>Jos\u00e9 Mar\u00eda Balc\u00e1zar durante el juicio oral en su contra.<\/p>\n<p> Los hechos ocurrieron cuando Balc\u00e1zar ejerci\u00f3 como decano del Colegio de Abogados de Lambayeque durante los a\u00f1os 2019-2020. Una auditor\u00eda evaluada que en dicho tiempo habr\u00eda \u201cun saldo faltante de caja central de S\/ 1&#8217;446,022.30\u201d. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en la gesti\u00f3n de Balc\u00e1zar se habr\u00eda dispuesto la apertura de cuentas bancarias personales debido al bloqueo de las cuentas institucionales. <\/p>\n<p>En dichas cuentas, seg\u00fan la informaci\u00f3n obtenida por la fiscal\u00eda, se habr\u00edan depositado montos estimados entre S\/350 mil y S\/550 mil de los que no se habr\u00edan dado cuenta a la siguiente gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Por ello, la acusaci\u00f3n formulada por la fiscal\u00eda se\u00f1al\u00f3 que, cuando Balc\u00e1zar Zelada se consider\u00f3 como decano del Colegio de Abogados de Lambayeque en el 2019, dispuso que la recaudaci\u00f3n del ICAL sea depositada a cuentas abiertas a su nombre y de terceros.<\/p>\n<p>Inicialmente, el Ministerio P\u00fablico hab\u00eda requerido un a\u00f1o de pena suspendida contra Balc\u00e1zar, pero el delito se declar\u00f3 prescrito en el 2025. <\/p>\n<p>De esta manera, el juicio oral se inici\u00f3 por el requerimiento fiscal para que Balc\u00e1zar Zelada pague una reparaci\u00f3n civil de S\/348,344.90 a favor del ICAL por los da\u00f1os causados. <\/p>\n<p>Los argumentos de las partes.<\/p>\n<p>En la audiencia, V\u00edctor Pariona Lozano, abogado de Balc\u00e1zar, sustent\u00f3 su pedido contra la reparaci\u00f3n civil solicitada por el Ministerio P\u00fablico. <\/p>\n<p>\u201cHemos deducido una excepci\u00f3n de prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n civil y de manera subsidiaria hemos solicitado la suspensi\u00f3n del proceso\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p>La defensa del mandatario expres\u00f3 que el pedido de la fiscal\u00eda para que Balc\u00e1zar Zelada pagara una reparaci\u00f3n de S\/348 mil soles a favor del Colegio de Abogados de Lambayeque deb\u00eda ser archivado, alegando que el plazo para el reclamo ya prescribi\u00f3. Es decir, ya pas\u00f3 un tiempo suficiente para que el Estado demande el pago. <\/p>\n<p>El abogado recordado en junio del 2025, se declar\u00f3 prescrita la acci\u00f3n penal, archiv\u00e1ndose el extremo de la acusaci\u00f3n fiscal que atribu\u00eda a Balc\u00e1zar el delito de apropiaci\u00f3n il\u00edcita y requer\u00eda que sea sancionado con un a\u00f1o de c\u00e1rcel.<\/p>\n<p>Por tanto, record\u00f3 Pariona, lo que subsist\u00eda en el proceso era la discusi\u00f3n sobre una eventual reparaci\u00f3n civil. <\/p>\n<p>\u201cEl Colegio de Abogados de Lambayeque no se ha constituido como actor civil y nunca ejerci\u00f3 de manera aut\u00f3noma la acci\u00f3n resarcitoria derivada del supuesto hecho punible. Entonces, la ausencia de actor civil consituye un elemento que consideramos relevante para valorar la vigencia de la pretensi\u00f3n indemnizatoria, pues se evidencia la inexistencia de una actividad procesal directa, de la supuesta parte agraviada\u201d, sugiri\u00f3. <\/p>\n<p>De otro lado, la defensa recurri\u00f3 a la reducci\u00f3n de los plazos de prescripci\u00f3n, invocando la edad de su patrocinado, que tiene 82 a\u00f1os, y al momento de los hechos ten\u00eda m\u00e1s de 65 a\u00f1os. <\/p>\n<p>Por tanto, bajo su argumentaci\u00f3n, el plazo de prescripci\u00f3n es de dos a\u00f1os luego de archivarse el delito penal y con la reducci\u00f3n del plazo por la edad, solo estaba vigente por un a\u00f1o.<\/p>\n<p>\u201cPor ello, si aplicamos dicho art\u00edculo, entonces habr\u00eda vencido la persecuci\u00f3n de la acci\u00f3n civil el 12 de junio (del 2026) por lo que quedar\u00eda prescrita\u201d, aleg\u00f3. <\/p>\n<p>Por todo ello, requiri\u00f3 que el Poder Judicial ordenara el archivo de la pretensi\u00f3n civil y del juicio oral.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la defensa de Balc\u00e1zar solicit\u00f3 la suspensi\u00f3n del juicio oral, ampar\u00e1ndose en la \u201cinmunidad presidencial\u201d e invocando el art\u00edculo 117 de la Constituci\u00f3n vinculado a los supuestos por los cuales un mandatario en ejercicio puede ser procesado.<\/p>\n<p>\u201cEntonces, el delito imputado no se encuentra dentro de los supuestos habilitantes para iniciar una acci\u00f3n penal contra el presidente de la Rep\u00fablica, por eso no puede ser acusado, procesado ni sometido a juicio oral mientras ejerza el cargo\u201d, manifest\u00f3. <\/p>\n<p> La fiscal Bianca Baique, de la Segunda Fiscal\u00eda Provincial Corporativa Penal de Chiclayo, solicit\u00f3 que se declarara \u201cinfundado\u201d el pedido de Balc\u00e1zar. <\/p>\n<p>&#8220;Para la fiscal\u00eda, el plazo se encuentra vigente y adem\u00e1s, fue ejercido oportunamente por el Ministerio P\u00fablico. Si bien la jurisprudencia ha se\u00f1alado que la prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n civil es de dos a\u00f1os, pero el plazo comienza a correr desde que adquiere firmeza la resoluci\u00f3n que declara prescrita la acci\u00f3n penal, espec\u00edficamente, desde el vencimiento del plazo de la impuganaci\u00f3n fiscal&#8221;, escribi\u00f3. <\/p>\n<p>Por tanto, la fiscal precis\u00f3 que la resoluci\u00f3n que declara prescrita la acci\u00f3n penal fue el 12 de junio del 2025 y el plazo de vencimiento para impugar el 18 de junio de ese mismo a\u00f1o. <\/p>\n<p>En consecuencia, el plazo de dos a\u00f1os vencer\u00edan reci\u00e9n el 17 de junio del 2027, lo que significa que actualmente el plazo est\u00e1 vigente. <\/p>\n<p>\u201cEl hecho de que el Colegio de Abogados (de Lambayeque) no se constituye como actor civil no debilita en nada la pretensi\u00f3n resarcitoria, pues cuando la parte agraviada no se constituye como actor civil, el Ministerio P\u00fablico asume subsidiariamente la titularidad de la acci\u00f3n civil y por tanto se encuentra habilitada\u201d, remarc\u00f3 el fiscal. <\/p>\n<p>La fiscal\u00eda rechaz\u00f3 tambi\u00e9n la reducci\u00f3n del plazo de prescripci\u00f3n debido a la edad de Balc\u00e1zar al se\u00f1alar que dicho beneficio se aplica para la persecuci\u00f3n penal y no la reparaci\u00f3n civil. <\/p>\n<p>&#8220;Si el juzgado decide reducir a la mitad el plazo prescriptorio, beneficiario ser\u00eda al imputado; sin embargo hay un perjuicio a la v\u00edctima. Entonces ser\u00eda contrario a la tutela judicial y al debido proceso porque no existe norma que lo regule. En tal sentido, la fiscal\u00eda solicita que se declare infundada la excepci\u00f3n de prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n civil y se contin\u00fae con el presente juicio oral&#8221;, remarc\u00f3 la fiscal\u00eda. <\/p>\n<p>Finalmente, sobre el pedido para suspender el proceso por su condici\u00f3n de presidente, el fiscal record\u00f3 que no es la primera vez que un mandatario en ejercicio donde existe una extinci\u00f3n de la acci\u00f3n penal, pero subsiste la pretensi\u00f3n civil en tr\u00e1mite. <\/p>\n<p>\u201cEl art\u00edculo 117 regula la acusaci\u00f3n constitucional penal; aqu\u00ed ya no estamos ante un tema penal, estamos ante una reparaci\u00f3n civil de reparaci\u00f3n de da\u00f1os. La inmunidad presidencial no generar\u00eda suspensi\u00f3n del proceso porque estamos ante un tema civil y eso no lo contempla la Constituci\u00f3n\u201d, adujo Baique S\u00e1nchez.<\/p>\n<p>El juez Juan Cubas Bravo anunci\u00f3 que resolver\u00e1 el pedido en los pr\u00f3ximos d\u00edas y notificar\u00eda a las partes a trav\u00e9s de una notificaci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente Jos\u00e9 Mar\u00eda Balc\u00e1zar solicit\u00f3 al Poder Judicial (PJ) que se archive el requerimiento de la reparaci\u00f3n civil en su contra por el presunto delito de apropiaci\u00f3n il\u00edcita y con ello el archivo del juicio en su contra. 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