{"id":83290,"date":"2026-06-29T12:15:53","date_gmt":"2026-06-29T15:15:53","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/29\/impuesto-al-cheque-arca-habilita-la-exencion-para-billeteras-y-proveedores-cripto\/"},"modified":"2026-06-29T12:15:53","modified_gmt":"2026-06-29T15:15:53","slug":"impuesto-al-cheque-arca-habilita-la-exencion-para-billeteras-y-proveedores-cripto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/29\/impuesto-al-cheque-arca-habilita-la-exencion-para-billeteras-y-proveedores-cripto\/","title":{"rendered":"Impuesto al Cheque: ARCA habilita la exenci\u00f3n para billeteras y proveedores cripto"},"content":{"rendered":"<p>  La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha este lunes una medida anunciada d\u00edas atr\u00e1s por el Gobierno nacional mediante la cual ampli\u00f3 una serie de exenciones en el Impuesto sobre los Cr\u00e9ditos y D\u00e9bitos en Cuentas Bancarias. <\/p>\n<p>    La medida procura que las cuentas de billeteras virtuales, administradoras de pagos, empresas de cobranzas, operadores de tarjetas, transporte de caudales y empresas cripto que se usan para cursar pagos de clientes no est\u00e9n impactadas por el tributo.<\/p>\n<p> La decisi\u00f3n fue oficializada mediante el Decreto 475\/2026, publicado hace unos 10 d\u00edas en el Bolet\u00edn Oficial, que modifica el r\u00e9gimen reglamentario de la Ley de Competitividad, y este lunes ARCA public\u00f3 la Resoluci\u00f3n General 5869\/2026.<\/p>\n<p>   Nuevas exenciones al Impuesto al Cheque para empresas cripto y billeteras virtuales Uno de los cambios m\u00e1s relevantes incorpora una exenci\u00f3n para las cuentas utilizadas exclusivamente por los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, siempre que est\u00e9n inscriptos en el registro correspondiente de la Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV). La medida alcanza a las operaciones inherentes a su actividad espec\u00edfica y exige que las cuentas tambi\u00e9n sean registradas ante la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA), sucesora de la AFIP.<\/p>\n<p>  El decreto tambi\u00e9n ampl\u00eda beneficios para las empresas dedicadas a servicios electr\u00f3nicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros. A partir de ahora, la exenci\u00f3n comprender\u00e1 los movimientos vinculados con la entrega o dep\u00f3sito de efectivo en cuentas bancarias o de pago y alcanzar\u00e1 a las cuentas utilizadas por agentes oficiales de esas compa\u00f1\u00edas cuando sean empleadas exclusivamente para esas operaciones.<\/p>\n<p>  Este beneficio se extiende a las empresas de cobranzas electr\u00f3nicas que act\u00faan como agencias complementarias de servicios financieros y a los movimientos que realicen en el marco de esas actividades.<\/p>\n<p> Otra de las modificaciones incorpora una dispensa para las cuentas utilizadas por sujetos que administran o trasladan fondos de terceros destinados a operaciones de cobranza, siempre que el destinatario final sea un consumidor y que los operadores est\u00e9n inscriptos en los registros habilitados para esa actividad.<\/p>\n<p> Adem\u00e1s, a norma exime del impuesto a las cuentas utilizadas exclusivamente por empresas que operan sistemas de tarjetas de cr\u00e9dito, compra y d\u00e9bito, en relaci\u00f3n con d\u00e9bitos originados en pr\u00e9stamos bancarios destinados a financiar su actividad y con los movimientos vinculados a la emisi\u00f3n y cancelaci\u00f3n de obligaciones negociables emitidas con ese mismo fin.<\/p>\n<p> Por otra parte, el Gobierno incorpor\u00f3 una exenci\u00f3n espec\u00edfica para las cuentas empleadas por empresas transportadoras de caudales para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recaudado. Para acceder al beneficio deber\u00e1n estar registradas ante el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina (BCRA).<\/p>\n<p> Desde la Casa Rosada se\u00f1alaron que las modificaciones responden a la necesidad de adaptar la regulaci\u00f3n tributaria a los avances tecnol\u00f3gicos y al nuevo marco regulatorio que rige para diversos actores del ecosistema financiero. Las disposiciones entraron en vigencia este jueves y se aplicar\u00e1n a los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de la fecha de publicaci\u00f3n del decreto.<\/p>\n<p> Maxi Raimondi, CFO de Lemon, destac\u00f3 que la medida &#8220;corrige una asimetr\u00eda impositiva que generaba costos adicionales para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y limitaba el desarrollo de nuevas soluciones financieras. Al equiparar el tratamiento del Impuesto sobre los D\u00e9bitos y Cr\u00e9ditos con el del sistema financiero tradicional, se avanza hacia un marco m\u00e1s competitivo, eficiente y favorable para la innovaci\u00f3n&#8221;.<\/p>\n<p>  Adem\u00e1s, se\u00f1al\u00f3 que la decisi\u00f3n oficial &#8220;es el resultado de un trabajo conjunto entre la industria, la C\u00e1mara Argentina Fintech y los organismos reguladores, y representa un nuevo reconocimiento al rol que cumplen los PSAV dentro del ecosistema financiero&#8221;. Para el ejecutivo, &#8220;los activos virtuales ya no son solo una alternativa de resguardo de valor. Cada vez m\u00e1s se consolidan como infraestructura financiera que permite ofrecer mejores productos, reducir fricciones y acelerar la digitalizaci\u00f3n financiera en Argentina&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha este lunes una medida anunciada d\u00edas atr\u00e1s por el Gobierno nacional mediante la cual ampli\u00f3 una serie de exenciones en el Impuesto sobre los Cr\u00e9ditos y D\u00e9bitos en Cuentas Bancarias. 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