{"id":73756,"date":"2026-06-08T12:27:56","date_gmt":"2026-06-08T15:27:56","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/08\/la-corte-federal-de-ee-uu-declara-en-rebeldia-a-pdvsa-ya-su-junta-administradora-ad-hoc-en-demanda-de-extrabajadores-citgo-se-opone-a-medida-cautelar\/"},"modified":"2026-06-08T12:27:56","modified_gmt":"2026-06-08T15:27:56","slug":"la-corte-federal-de-ee-uu-declara-en-rebeldia-a-pdvsa-ya-su-junta-administradora-ad-hoc-en-demanda-de-extrabajadores-citgo-se-opone-a-medida-cautelar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/08\/la-corte-federal-de-ee-uu-declara-en-rebeldia-a-pdvsa-ya-su-junta-administradora-ad-hoc-en-demanda-de-extrabajadores-citgo-se-opone-a-medida-cautelar\/","title":{"rendered":"La Corte federal de EE UU declara en rebeld\u00eda a Pdvsa ya su junta administradora ad hoc en demanda de extrabajadores; Citgo se opone a medida cautelar"},"content":{"rendered":"<p>Una corte federal del Distrito Sur de Florida declar\u00f3 en rebeld\u00eda a Petr\u00f3leos de Venezuela Sociedad An\u00f3nima (Pdvsa) ya la junta administradora ad hoc de Pdvsa, en el marco de una demanda presentada por una extrabajadora despedida durante el paro petrolero acaecido entre los a\u00f1os 2002 y 2003. En paralelo, la empresa Citgo Petroleum Corporation \u2014filial estadounidense vinculada a la estatal venezolana\u2014 present\u00f3 un escrito en el que se opone a la medida cautelar solicitada por el demandante para proteger activos.<\/p>\n<p>El caso, identificado en las actas como L\u00f3pez C. Petr\u00f3leos de Venezuela, SA (Pdvsa) y otros (n\u00famero 1:25-cv-25796-DSW), est\u00e1 asignada a la magistrada jueza Detra Shaw-Wilder y se tramita de forma oficial en la divisi\u00f3n de Miami.<\/p>\n<p>De acuerdo con las constancias del expediente p\u00fablico, el 11 de mayo de 2026 el secretario de la corte dict\u00f3 una entrada de rebeld\u00eda contra Pdvsa y contra la junta administradora ad hoc de Pdvsa, de conformidad con la regla 55(a) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil de Estados Unidos. El documento se\u00f1ala de forma expresa que ambas demandadas no compararon, contestaron ni respondieron a la demanda dentro del plazo legal.<\/p>\n<p>El caso est\u00e1 identificado en las actas como L\u00f3pez C. Petr\u00f3leos de Venezuela, SA (Pdvsa) y otros (n\u00famero 1:25-cv-25796-DSW)En t\u00e9rminos procesales, la rebeld\u00eda implica que esos dos demandados perdieron la oportunidad de defenderse en esta etapa del juicio, y que las alegaciones de la demanda pueden tenerse por admitidas frente a ellos. La rebeld\u00eda no equivale, por s\u00ed sola, a una sentencia ni a una orden de pago, debido a que el demandante a\u00fan debe solicitar y obtener una sentencia en rebeld\u00eda para que la decisi\u00f3n tenga efectos econ\u00f3micos. La filial Citgo Petroleum Corporation, el tercer demandado, no fue incluido en la entrada de rebeld\u00eda, pues s\u00ed compareci\u00f3 y mantiene una defensa activa en el caso a trav\u00e9s de sus abogados.<\/p>\n<p>El 20 de mayo de 2026, Citgo Petroleum Corporation present\u00f3 un escrito en el que se opone de modo formal a la moci\u00f3n de medida cautelar promovida por la demandante. Esa medida busca el establecimiento de un mecanismo de retenci\u00f3n de bienes sobre activos vinculados a la estructura corporativa, con el fin de impedir que se dispongan o transfieran mientras se resuelve el litigio. D\u00edas antes, el 19 de mayo, Citgo Petroleum Corporation hab\u00eda presentado adem\u00e1s su r\u00e9plica en respaldo de su movimiento para que la corte desestime la demanda o, en su defecto, la suspenda, aunque la corte a\u00fan no ha resuelto ninguna de estas solicitudes.<\/p>\n<p>La demanda fue presentada en diciembre del a\u00f1o 2025 por Ysidra Lopenza, quien act\u00faa por derecho propio. Tras una decisi\u00f3n judicial que neg\u00f3 su solicitud de litigar bajo seud\u00f3nimo, el demandante opt\u00f3 por continuar el proceso con su nombre real, por lo que el expediente es p\u00fablico desde el 4 de mayo de 2026. El reclamo se relaciona con el despido masivo de unos 18.000 a 23.000 trabajadores de Pdvsa durante el conflicto laboral de los a\u00f1os 2002 y 2003 y con el presunto manejo indebido de fondos de pensi\u00f3n y de fideicomiso de prestaciones sociales.<\/p>\n<p>De acuerdo con los alegatos de la demanda \u2014que constituyen afirmaciones de la parte actora y no hechos establecidos por la corte\u2014, Citgo Petroleum Corporation tuvo participaci\u00f3n en la persecuci\u00f3n de los trabajadores. El escrito sostiene que ejecutivos de la empresa de refinaci\u00f3n establecieron un centro de coordinaci\u00f3n en las instalaciones del Hotel Eurobuilding de Caracas durante los a\u00f1os 2002 y 2003, y que se forz\u00f3 el retorno a Venezuela de empleados que se encontraban de forma legal en Estados Unidos, bajo amenaza de revocaci\u00f3n de visas. La demanda tambi\u00e9n vincula el destino de los fondos de los trabajadores con el esquema financiero de Francisco Illarramendi, investigado en cortes estadounidenses.<\/p>\n<p>Citgo Petroleum Corporation sostiene en sus escritos que la demanda debe ser desestimada. Foto: SA\u00daL LOEB \/ AFPCitgo Petroleum Corporation, por su parte, sostiene en sus escritos que la demanda debe ser desestimada. Hasta la fecha de edici\u00f3n de esta nota, la corte no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto. El proceso permanece activo; Dos de los tres demandados (Pdvsa y la junta administradora ad hoc) est\u00e1n en rebeld\u00eda, mientras que la filial mantiene su defensa y ha pedido la desestimaci\u00f3n del caso, pendiente de resoluci\u00f3n. No existe a\u00fan una decisi\u00f3n definitiva ni orden de pago a los antiguos empleados.<\/p>\n<p>Esta informaci\u00f3n se basa de manera exclusiva en los documentos del expediente p\u00fablico del caso n\u00famero 1:25-cv-25796-DSW ante la corte federal del Distrito Sur de Florida. Las imputaciones contra los demandados son alegaciones que deber\u00e1n ser probadas en juicio; los demandados tienen derecho a defenderse y se presumen sin responsabilidad mientras la corte no resuelva lo contrario.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una corte federal del Distrito Sur de Florida declar\u00f3 en rebeld\u00eda a Petr\u00f3leos de Venezuela Sociedad An\u00f3nima (Pdvsa) ya la junta administradora ad hoc de Pdvsa, en el marco de una demanda presentada por una extrabajadora despedida durante el paro petrolero acaecido entre los a\u00f1os 2002 y 2003. 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