{"id":72299,"date":"2026-06-05T09:33:22","date_gmt":"2026-06-05T12:33:22","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/05\/roberto-sanchez-informes-de-contraloria-y-control-interno-determinaron-su-falta-de-diligencia-como-funcionario-y-recomendaron-exigirlo-por-danos-y-perjuicios\/"},"modified":"2026-06-05T09:33:22","modified_gmt":"2026-06-05T12:33:22","slug":"roberto-sanchez-informes-de-contraloria-y-control-interno-determinaron-su-falta-de-diligencia-como-funcionario-y-recomendaron-exigirlo-por-danos-y-perjuicios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/06\/05\/roberto-sanchez-informes-de-contraloria-y-control-interno-determinaron-su-falta-de-diligencia-como-funcionario-y-recomendaron-exigirlo-por-danos-y-perjuicios\/","title":{"rendered":"Roberto S\u00e1nchez: Informes de Contralor\u00eda y Control Interno determinaron su falta de diligencia como funcionario y recomendaron exigirlo por \u201cda\u00f1os y perjuicios\u201d"},"content":{"rendered":"<p>Pese a que en SISOL estuvo casi dos a\u00f1os, del 2014 al 2015, y en la Diris Lima Norte entre el 2015 al 2016, ninguno de dichos puestos laborales en el Estado figuran en el curr\u00edculum que present\u00f3 ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). <\/p>\n<p>Y es que, de acuerdo a la documentaci\u00f3n obtenida por El Comercioambas entidades le entablaron demandas en el Poder Judicial (PJ), sobre las que el candidato presidencial ahora no quiere responder. <\/p>\n<p>MIRA TAMBI\u00c9N: Roberto S\u00e1nchez no tuvo una \u201cactuaci\u00f3n impecable\u201d al frente del Mincetur como asegur\u00f3: afronta una denuncia fiscal por presunta corrupci\u00f3nAlgo resaltante es que dos demandas terminaron en el archivo y otra qued\u00f3 paralizada desde el 2025 por el continuo \u201cpeloteo\u201d entre los juzgados y la \u201cpor falta de impulso\u201d de las entidades demandantes. <\/p>\n<p>Las demandas se desarrollaron cuando S\u00e1nchez Palomino asumi\u00f3 como ministro de Estado y congresista de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>La notificaci\u00f3n m\u00e1s reciente lleg\u00f3 en marzo del 2026, donde se le inform\u00f3 al Ministerio de Salud (Minsa) -a cargo de impulsar el caso de la Diris Lima Norte- que debido a que ninguna de las partes se present\u00f3 o reactiv\u00f3 la demanda, se daba por ejecutado el archivo de uno de los procesos. <\/p>\n<p>Otra demanda que estaba a carga de SISOL fue anulada en julio del 2024; posteriormente se orden\u00f3 su redistribuci\u00f3n a otro juzgado y finalmente fue elevada en consulta a una instancia superior en el 2025, donde no se supo m\u00e1s del proceso.<\/p>\n<p>Roberto S\u00e1nchez. Fotos: Diana Marcelo\/GEC.<\/p>\n<p> Buscamos la versi\u00f3n de S\u00e1nchez Palomino, pero no respondi\u00f3, pese a que por estos d\u00edas el candidato presidencial asegura que su paso por el Estado fue \u201cimpecable\u201d. El personal de prensa de Juntos por el Per\u00fa tampoco respondi\u00f3. <\/p>\n<p>El abogado Carlos Garc\u00eda, actual defensa legal de S\u00e1nchez Palomino, se\u00f1al\u00f3 que no estuvo a cargo de dichos casos y no ten\u00eda conocimiento de los mismos. Mientras que el abogado Roy Mendoza, asesor legal de S\u00e1nchez Palomino y Juntos por el Per\u00fa, tampoco respondi\u00f3.<\/p>\n<p>Desde hace una semana, El Comercio tambi\u00e9n solicit\u00f3 la versi\u00f3n del Minsa sobre por qu\u00e9 se dej\u00f3 sin impulso el caso; y recientemente, volvimos a consultar cu\u00e1l era su versi\u00f3n sobre el estado de la demanda por da\u00f1os y perjuicios, pero no respondieron. <\/p>\n<p>La Diris Lima Norte tampoco se pronunci\u00f3; Mientras que el Sisol prefiri\u00f3 no dar su versi\u00f3n a trav\u00e9s del \u00e1rea de prensa al se\u00f1alar que era un tema muy espec\u00edfico y requiri\u00f3 que envi\u00e1ramos el pedido por transparencia.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l fue el perjuicio de Roberto S\u00e1nchez a la Diris Lima Norte (Minsa) se\u00f1alado por Contralor\u00eda ?<\/p>\n<p>De acuerdo a una demanda entablada en el 2022 por la Direcci\u00f3n de Redes Integradas de Salud Lima Norte y asumida por la sede central del Ministerio de Salud, se demand\u00f3 a Roberto S\u00e1nchez y un grupo de exfuncionarios por la suma de S\/38,750.00, para incumplir sus funciones al supervisar el \u201cServicio de Mantenimiento de la Infraestructura e Instalaci\u00f3n de los Establecimientos\u201d de la Diris Lima Norte, seg\u00fan el expediente al que accedi\u00f3 El Comercio. <\/p>\n<p>La demanda se entabl\u00f3 a raz\u00f3n del Informe de Auditor\u00eda N\u00b0 002-2019-2-6353 emitido por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica en el 2019donde se observ\u00f3 un perjuicio a la Diris Lima Norte por la suma de S\/86,981.06.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> Seg\u00fan el documento, la Contralor\u00eda hall\u00f3 presunta responsabilidad administrativa funcional y civil contra S\u00e1nchez Palomino, en su condici\u00f3n de Director de la Oficina de Administraci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Red de Salud R\u00edmac San Mart\u00edn de Porres Los Olivos, durante el per\u00edodo 2015 \u2013 2016, afirmando que se hab\u00eda parcializado \u201ca favor de los contratistas\u201d beneficiarios con los contratos.<\/p>\n<p>El informe confirm\u00f3 que S\u00e1nchez Palomino trasgredi\u00f3 la ley, al autorizar el pago total de S\/121,734.04 a una empresa, sin descontar las penalidades por el incumplimiento del contrato y los servicios no ejecutados, \u201cgenerando un perjuicio econ\u00f3mico a la entidad, por una importaci\u00f3n de S\/. 48, 231,06\u201d. Tambi\u00e9n transgredi\u00f3 la ley al no supervisar el cumplimiento del contrato con otro consorcio visando el pago total de S\/291,000.00 pese a que se incumpli\u00f3 con la ejecuci\u00f3n de las partidas, generando un perjuicio de S\/.38, 750,00.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> ROBERTO SANCHEZ-CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> \u201c (Roberto S\u00e1nchez) A quien le correspond\u00eda supervisar, sin embargo tramit\u00f3 el pago a las empresas contratistas KEVERCON SAC y Consorcio Hospitalario Caquet\u00e1 registrando mediante su visto bueno en los comprobantes de pago respectivos, sin haber verificado que la documentaci\u00f3n sustentadora en este caso el Acta de Conformidad N.\u00b0 282-2016 del 30 de diciembre de 2016 del Centro de Salud Base San Mart\u00edn de Porres y el Acta de Conformidad N.\u00b0 265-2016 de 20 de octubre de 2016 del Centro de Salud Caquet\u00e1, no estaban firmados por el Jefe de Mantenimiento y Servicios Generales, a quien le correspond\u00eda, seg\u00fan la Cl\u00e1usula D\u00e9cima de los Contratos Nros 17 y 20 2016-RED-SA-RIMAC-SMP-LO, acci\u00f3n de forma parcializada a favor de los contratistas.\u201d <\/p>\n<p>Informe de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica <\/p>\n<p>Con dicha conducta, se\u00f1al\u00f3 la Contralor\u00eda, el exfuncionario de Minsa trasgredi\u00f3 la Ley N.\u00b030225, Ley de Contrataciones del Estado, publicada el 11 de julio de 2014, Art\u00edculo 2\u00ba sobre Principios que rigen las Contrataciones, Eficacia y Eficiencia.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, S\u00e1nchez Palomino \u201cinobserv\u00f3\u201d lo establecido en el Decreto Legislativo n.\u00b0 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Cap\u00edtulo IV, De las Obligaciones, Prohibiciones y derechos, art\u00edculo 21\u00b0 Obligaciones, que dispone: \u201cSon obligaciones de los servidores: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio p\u00fablico, b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos p\u00fablicos\u201d y el Reglamento de Organizaci\u00f3n y Funciones de la Direcci\u00f3n de Red de Salud Lima Norte v.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> \u201cLos hechos anteriormente expuestos configuran la presunta responsabilidad administrativa funcional, derivada del deber incumplido previsto en la normativa anteriormente se\u00f1alada, asimismo, la presunta responsabilidad civil por el perjuicio econ\u00f3mico causado a la entidad que no puede ser recuperada por la v\u00eda administrativa, dando m\u00e9rito al inicio del procedimiento sancionador y las acciones legales a cargo de las instancias competentes, respectivamente\u201d, precis\u00f3 el informe. <\/p>\n<p>Por ello, entre sus conclusiones recomend\u00f3 poner el informe en conocimiento de la Procuradur\u00eda P\u00fablica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, para que inicie las acciones legales contra los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos de las observaciones N\u00b0 1 y 2 del informe de auditor\u00eda.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> Fue as\u00ed que en septiembre de 2022, cuando S\u00e1nchez Palomino ya era congresista de la Rep\u00fablica y ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Minsa entabl\u00f3 la demanda por da\u00f1os y perjuicios contra el exfuncionario de la Diris Lima Norte y otros.<\/p>\n<p>El caso se proces\u00f3 inicialmente en el 38 Juzgado de Trabajo que admiti\u00f3 la demanda y dispuso una conciliaci\u00f3n, programando la audiencia para el 12 de septiembre de 2023. Un d\u00eda antes de la audiencia se dio cuenta que las c\u00e9dulas de notificaci\u00f3n con la demanda hab\u00edan sido devueltas.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-DEMANDA CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> ROBERTO SANCHEZ-DEMANDA CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> Para junio del 2024, se dispuso que los expedientes en tr\u00e1mite sean redistribuidos hacia los 1\u00b0, 4\u00b0 y 5\u00b0 Juzgados de Trabajo Transitorio. <\/p>\n<p>Fue el Primer Juzgado de Trabajo Transitorio, a cargo de la jueza Stefany Urcia Gordillo, el que recibi\u00f3 el expediente de la demanda contra S\u00e1nchez Palomino y otros. Sin embargo, en septiembre de 2024, a trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n, avanzaron que por Acuerdo Plenario de la Corte Suprema se acord\u00f3 que las demandas producto de acciones de control realizadas por los \u00f3rganos pertenecientes a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, era de competencia del juez civil. <\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-DEMANDA CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> ROBERTO SANCHEZ-DEMANDA CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> Por ello, en octubre del 2024, declar\u00f3 nulo todo lo accionado y dispuso que el caso fuera remitido ante el Juzgado Civil correspondiente. <\/p>\n<p>Un a\u00f1o despu\u00e9s, en octubre del 2025, el juzgado se\u00f1al\u00f3 que las partes del proceso fueron notificadas con su decisi\u00f3n de anular el caso, pero ninguna de las partes interpuso recurso de apelaci\u00f3n, por lo que archiv\u00f3 definitivamente el proceso y deriv\u00f3 el expediente a la mesa de partes de los juzgados civiles. Sin embargo, no se registraron m\u00e1s acciones en dicho caso.<\/p>\n<p>ROBERTO SANCHEZ-DEMANDA CONTRALORIA DIRIS LIMA NORTE<\/p>\n<p> En paralelo, el Minsa entabl\u00f3 otra demanda por \u201cda\u00f1os y perjuicios\u201d contra S\u00e1nchez Palomino y otras nueve personas, que fue admitida a tr\u00e1mite en septiembre del 2022, disponi\u00e9ndose realizar una audiencia virtual de conciliaci\u00f3n para el 22 de julio del 2023. <\/p>\n<p>En junio del 2023, de acuerdo al documento judicial, S\u00e1nchez Palomino se dio por emplazado y consign\u00f3 su casilla electr\u00f3nica para las notificaciones. <\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ SEGUNDA DEMANDA DA\u00d1OS Y PERJUICIOS<\/p>\n<p> ROBERTO S\u00c1NCHEZ SEGUNDA DEMANDA DA\u00d1OS Y PERJUICIOS<\/p>\n<p> Empero, debido a que otros demandados no llegaron a ser notificados y algunos de los abogados de los emplazados fueron renunciando, la audiencia de conciliaci\u00f3n se fue posponiendo, llegando a citar para el 12 de junio de 2025. <\/p>\n<p>Es as\u00ed que, casi un a\u00f1o despu\u00e9s, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 11 del 16 de enero del 2026, la jueza Semira Apari Chilquillo se\u00f1al\u00f3 que en la \u201caudiencia de conciliaci\u00f3n se fij\u00f3 fecha para la audiencia de juzgamiento\u201d, lo cual se notific\u00f3 a las partes de acuerdo al acta elaborada. <\/p>\n<p>Sin embargo, precis\u00f3 la magistrada, a la fecha de la resoluci\u00f3n ninguna de las partes se present\u00f3 a la audiencia de juzgamiento, por lo que al no existir pedido para seguir con el tr\u00e1mite de la demanda por da\u00f1os y perjuicios, correspond\u00eda su archivo.<\/p>\n<p>&#8220;Sin embargo las partes no se apersonaron en la fecha fijada para la realizaci\u00f3n de dicha diligencia, como consta del Acta de Inconcurrencia que antecede, siendo que hasta la fecha, no se ha presentado escrito alguno solicitando la prosecuci\u00f3n del tr\u00e1mite, como se advierte del seguimiento del expediente en el SIJ. Tercero: Que, siendo ello as\u00ed (&#8230;) no existiendo petici\u00f3n para proseguir con el proceso se declara la conclusi\u00f3n del proceso, disponi\u00e9ndose su Archivo Definitivo consentida o ejecutoriada que mar la presente.\u201d <\/p>\n<p>Octavo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente <\/p>\n<p>En marzo del 2026, la misma magistrada dio cuenta que luego de haber notificado a las partes su decisi\u00f3n de archivar el proceso y nadie -incluido el Minsa- interpuso recurso de apelaci\u00f3n, resolvi\u00f3 declarar \u201cconsentido\u201d el archivo definitivo de la demanda.<\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ SEGUNDA DEMANDA DA\u00d1OS Y PERJUICIOS<\/p>\n<p> Desde hace m\u00e1s de una semana, El Comercio se comunic\u00f3 con el Minsa a fin de conocer su versi\u00f3n sobre ambos procesos y conocer si exist\u00eda un proceso donde se haya realizado el cobro de la indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios. icios, y si ambas demandas estaban vinculadas, pero hasta el cierre de este informe no respondieron.<\/p>\n<p>Minsa intensifica vigilancia y prevenci\u00f3n ante aumento de leptospirosis por lluvias en el pa\u00eds. Foto: Andina.<\/p>\n<p> Roberto S\u00e1nchez demandado por SISOL<\/p>\n<p>Antes de ello, exist\u00eda otra demanda que interpuso SISOL. Con fecha 2 de diciembre de 2013 al 17 de junio del 2016, la comisi\u00f3n auditora del \u00f3rgano de control de Institucional (OCI) de SISOL, dispuso la realizaci\u00f3n de una auditor\u00eda de cumplimiento al \u201cProceso de contrataci\u00f3n del Servicio de Traslado y Adecuaci\u00f3n del establecimiento de salud SISOL \u2013 R\u00edmac, Amancaes, Provincia de Lima\u201d. <\/p>\n<p>Dicha auditor\u00eda se realiz\u00f3 de conformidad con las normas de auditor\u00eda gubernamental (NAGU), aprobadas mediante Resoluci\u00f3n de Contralor\u00eda N\u00b0 162-95-CG y sus modificatorias.<\/p>\n<p>El resultado fue el Informe N\u00b0 001-2017-2-5503, informe especial que le otorgaba el car\u00e1cter de prueba constituida, dentro del cual se recomend\u00f3 iniciar las acciones legales correspondientes contra los responsables contenidos en dicho informe, entre ellos S\u00e1nchez Palomino, por incumplimiento de sus funciones como Gerente de Administraci\u00f3n y Finanzas de SISOL.<\/p>\n<p>Pese a que inicialmente se quiso derivar el caso a un procedimiento disciplinario, Sisol se desisti\u00f3 de ello al establecer que los informes de control que derivaban en responsabilidades no eran competencia de la entidad dado que fueron informes emitidos por Contralor\u00eda y deb\u00edan cumplirse en sus t\u00e9rminos. <\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ-DEMANDA SISOL<\/p>\n<p> As\u00ed, en septiembre del 2018, SISOL interpuso la primera demanda por \u201cda\u00f1os y perjuicios\u201d contra 17 ex funcionarios p\u00fablicos entre ellos Roberto Helbert S\u00e1nchez Palomino en su calidad de ex Gerente de Administraci\u00f3n y Finanzas, desde el 31 de octubre de 2014 al 1 de enero de 2015. <\/p>\n<p>En la demanda m\u00faltiple a la que accedi\u00f3 El Comercio, SISOL reclam\u00f3 el pago \u201cde una indemnizaci\u00f3n\u201d por da\u00f1os y perjuicios \u201cpor falta grave del trabajador\u201d, por el monto de S\/ 36,838.64 (Treinta y Seis mil ochocientos treinta y ocho con 70\/100 soles) debido al incumplimiento de las funciones en la contraprestaci\u00f3n en el plazo establecido en el contrato del \u201cServicio de Traslado y Adecuaci\u00f3n del establecimiento de salud SISOL- R\u00edmac Amancaes, provincia de Lima\u201d.<\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ-DEMANDA SISOL<\/p>\n<p> Inicialmente se opt\u00f3 por una conciliaci\u00f3n que fue programada por el Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Lima para el 7 de junio del 2019, donde las partes deb\u00edan asistir personalmente oa trav\u00e9s de sus apoderados debidamente designados como tales.<\/p>\n<p>Sin embargo, la tramitaci\u00f3n desde el septiembre 2018 al hasta agosto 2022 se entramp\u00f3 en la ida y vuelta de notificaciones, donde varios de los demandados no registraban una direcci\u00f3n para recibir la demanda, sumado a la pandemia por el Covid-19. <\/p>\n<p>Vigilante fue hallado de un disparo en la cabeza dentro del Hospital SISOL. (Foto: C\u00e9sar Grados \/@photo.gec)<\/p>\n<p> Para ese momento, S\u00e1nchez Palomino ya ostentaba el cargo de ministro de Estado por un a\u00f1o y tambi\u00e9n llevaba el mismo tiempo electo congresista de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>En enero del 2023, el juez Julio Canales Vidal, reprogram\u00f3 la audiencia de conciliaci\u00f3n de manera \u201cvirtual\u201d para el 2 de octubre de ese mismo a\u00f1o. No obstante, hasta julio del 2024 el proceso no ten\u00eda un resultado y por decisi\u00f3n judicial se dispuso que 150 expedientes en etapa de tr\u00e1mite y que no se encuentren expeditos para sentenciar a cargo del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Lima, sean derivados entre el 1\u00b0, 4\u00b0 y 5\u00b0 Juzgados de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima.<\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ-DEMANDA SISOL<\/p>\n<p> En junio del 2024, el expediente fue recibido en el Cuarto Juzgado de Trabajo Transitorio \u2013 NLPT que un mes despu\u00e9s declar\u00f3 que no ten\u00eda competencia para procesar la demanda a sostener que la misma era un reclamo por \u201cda\u00f1os y perjuicios\u201d al Estado, por lo que difer\u00eda \u201ca la especialidad laboral\u201d del despacho. <\/p>\n<p>La jueza Jhakeline Risco Ponce se\u00f1al\u00f3 que, seg\u00fan a los acuerdos plenarios de la Corte Suprema, las demandas devenidas de las observaciones efectuadas por el \u00d3rgano de Control Interno adscrito a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, que versan por aspectos netamente de las responsabilidades de los funcionarios p\u00fablicos, deber\u00e1n ser de competencia de los Juzgados Civiles para ser resueltos de mejor manera.<\/p>\n<p>De esta manera, declar\u00f3 \u201cnulo todo lo accionado\u201d en la demanda por da\u00f1os y perjuicios en contra de S\u00e1nchez Palomino y otros, y orden\u00f3 remitir el expediente entre los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Lima. <\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ-DEMANDA SISOL<\/p>\n<p> En enero del 2025, el caso fue remitido al D\u00e9cimo Juzgado Civil de Lima a cargo de la jueza Ana Osorio, quien tres meses despu\u00e9s tambi\u00e9n declar\u00f3 la \u201cincompetencia\u201d de su despacho para asumir el proceso. <\/p>\n<p>A trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n del 5 de mayo se\u00f1al\u00f3 que \u201cpor mandato legal expreso que el conocimiento de la presente causa le corresponde al Juez laboral y no al Juez civil\u201d. As\u00ed, se demostr\u00f3 que la competencia deb\u00eda ser dilucidada por una instancia superior y orden\u00f3 que el proceso fuera elevado en consulta.<\/p>\n<p>\u201cPor lo tanto, habiendo surgido un conflicto de competencia entre este Juzgado y el Cuarto Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, competir a la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, dirimir el conflicto de competencia generado, conforme a sus atribuciones de conformidad con el art\u00edculo 36\u00b0 segundo p\u00e1rrafo numeral 1 del C\u00f3digo Procesal Civil\u201d, resolvi\u00f3. <\/p>\n<p>Desde entonces el proceso no ha registrado ning\u00fan movimiento. Por ello, solicitamos a SISOL que nos pueda dar su versi\u00f3n sobre la situaci\u00f3n del caso, pero no indicaron que por ser un tema \u201ctan espec\u00edfico\u201d no conoc\u00edan el tr\u00e1mite; y por tanto, deb\u00edamos ingresar el pedido por transparencia. <\/p>\n<p>ROBERTO S\u00c1NCHEZ-DEMANDA SISOL<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pese a que en SISOL estuvo casi dos a\u00f1os, del 2014 al 2015, y en la Diris Lima Norte entre el 2015 al 2016, ninguno de dichos puestos laborales en el Estado figuran en el curr\u00edculum que present\u00f3 ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). 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