{"id":69834,"date":"2026-05-30T11:19:59","date_gmt":"2026-05-30T14:19:59","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/05\/30\/dolares-del-colchon-nueve-cambios-que-proponen-los-contadores-para-blindar-a-quienes-ingresen-fondos-al-sistema\/"},"modified":"2026-05-30T11:19:59","modified_gmt":"2026-05-30T14:19:59","slug":"dolares-del-colchon-nueve-cambios-que-proponen-los-contadores-para-blindar-a-quienes-ingresen-fondos-al-sistema","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/05\/30\/dolares-del-colchon-nueve-cambios-que-proponen-los-contadores-para-blindar-a-quienes-ingresen-fondos-al-sistema\/","title":{"rendered":"D\u00f3lares del colch\u00f3n: nueve cambios que proponen los contadores para blindar a quienes ingresen fondos al sistema"},"content":{"rendered":"<p>   D\u00f3lares en el colch\u00f3n   <\/p>\n<p>   Imagen: Am\u00e9rica Econ\u00f3mica<\/p>\n<p>   Al respecto, los tributaristas Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, Alberto Mastandrea y Carolina Calello trazaron algunas propuestas en el marco del Seminario de la Maestr\u00eda y Especializaci\u00f3n en Tributaci\u00f3n de la Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad de Buenos Aires realizado el \u00faltimo jueves. Las nueve propuestas que surgieron fueron las siguientes:<\/p>\n<p>  Eliminar los topes cuantitativos de acceso El r\u00e9gimen vigente excluye a quienes superan ciertos par\u00e1metros de ingresos y patrimonio. En la pr\u00e1ctica, contribuyentes con ingresos superiores a $1.000 millones quedaban afuera por situaciones que no reflejan la real capacidad contributiva, como ingresos por operaciones de trading, transmisiones de inmuebles por herencia, entre otros casos.<\/p>\n<p>  Seg\u00fan ha trascendido, el proyecto eliminar\u00eda ambos par\u00e1metros, dejando como \u00fanica barrera de acceso la clasificaci\u00f3n como gran contribuyente nacional. Se trata de una correcci\u00f3n necesaria y positiva.<\/p>\n<p> Fijar un umbral m\u00ednimo en pesos para la discrepancia significativa La definici\u00f3n actual de discrepancia significativa opera con un porcentaje del 15% o m\u00e1s, sobre la variaci\u00f3n del impuesto, del saldo a favor y de los quebrantos, sin un piso en valores absolutos.<\/p>\n<p> El resultado es que diferencias de un peso pueden configurar una discrepancia, con la consecuente p\u00e9rdida de la presunci\u00f3n de exactitud, el efecto liberatorio del pago y, en consecuencia, del efecto tap\u00f3n. Casos como impuesto cero, porque las deducciones personales superaban la ganancia neta, con cualquier ajuste menor quedan autom\u00e1ticamente en situaci\u00f3n de discrepancia.<\/p>\n<p> El proyecto deber\u00eda mantener el porcentaje del 15%, pero incorporar un umbral m\u00ednimo en pesos, cercano a los $500.000, de modo que solo se configure discrepancia cuando se superen ambos par\u00e1metros en forma simult\u00e1nea.<\/p>\n<p> Permitir el allanamiento previo a la notificaci\u00f3n de la determinaci\u00f3n de oficio Seg\u00fan ha trascendido, el proyecto incorporar\u00eda la posibilidad de que el contribuyente se allane a la pretensi\u00f3n fiscal antes de la notificaci\u00f3n de la determinaci\u00f3n de oficio, presentando la declaraci\u00f3n jurada rectificativa y regularizando el impuesto sin perder los beneficios del r\u00e9gimen. Esta modificaci\u00f3n es relevante porque ampara situaciones de error o ajuste menor que no implican conducta evasiva.<\/p>\n<p> Tambi\u00e9n otorga permanencia y previsibilidad, ya que el actual mecanismo de regularizaci\u00f3n espont\u00e1nea depende de pol\u00edticas de administraci\u00f3n tributaria que pueden variar con cada gobierno. El proyecto tambi\u00e9n deber\u00eda contemplar qu\u00e9 ocurre cuando lo impugnado son retenciones, supuesto que no deber\u00eda transitar el proceso determinativo de oficio.<\/p>\n<p> Extender la protecci\u00f3n a otros tributos El r\u00e9gimen contagia la presunci\u00f3n de exactitud de Ganancias al IVA, pero deja afuera otros impuestos que pueden afectar a los contribuyentes adheridos. El proyecto deber\u00eda extender expl\u00edcitamente la cobertura a Bienes Personales, Impuestos Internos e Impuesto a las Salidas No Documentadas.<\/p>\n<p>   Bienes Personales es, tal vez, el de mayor impacto pr\u00e1ctico, ya que quien utiliza ahorros no declarados para adquirir bienes queda expuesto a un reclamo si el r\u00e9gimen no lo ampara.<\/p>\n<p> Clarificar el alcance de la protecci\u00f3n respecto del IVA La cobertura del r\u00e9gimen sobre el IVA fue concebida para proteger al contribuyente frente a reclamos por incrementos patrimoniales no justificados. Sin embargo, la redacci\u00f3n actual genera una consecuencia no buscada: si el fisco no puede impugnar Ganancias del per\u00edodo base, tampoco puede cuestionar cr\u00e9ditos fiscales de IVA del mismo per\u00edodo.<\/p>\n<p> El proyecto deber\u00eda efectuar distinciones, limitando la protecci\u00f3n del IVA exclusivamente a los casos vinculados con incrementos patrimoniales no justificados. Las facultades del fisco para verificar cr\u00e9ditos fiscales improcedentes deber\u00edan mantenerse, incluyendo casos de facturas ap\u00f3crifas o gastos de uso personal.<\/p>\n<p> Establecer un l\u00edmite temporal para la inaplicabilidad de las presunciones La ley no excluye expresamente la aplicaci\u00f3n de todas las presunciones del art\u00edculo 18 y siguientes de la Ley 11.683. Esto genera incertidumbre, porque quien declara correctamente sus ingresos pero tiene ahorros informales puede igualmente quedar expuesto a un reclamo basado en esas presunciones.<\/p>\n<p> El proyecto deber\u00eda incorporar dos correcciones: extender la inaplicabilidad a todas las presunciones del art\u00edculo 18 y fijar un l\u00edmite temporal. La recomendaci\u00f3n es que esa inaplicabilidad rija hasta el 31 de diciembre de 2026, dejando adem\u00e1s bloqueado definitivamente ese per\u00edodo.<\/p>\n<p> Esta combinaci\u00f3n tiene un doble prop\u00f3sito: evitar que el r\u00e9gimen funcione como un pseudo blanqueo permanente y, al mismo tiempo, generar certeza para que los contribuyentes incorporen sus ahorros a la econom\u00eda formal.<\/p>\n<p> Regular el tratamiento de quebrantos y saldos a favor de per\u00edodos anteriores La presunci\u00f3n de exactitud opera sobre los ingresos, gastos y deducciones del per\u00edodo base. Sin embargo, la norma no aclara qu\u00e9 ocurre cuando el contribuyente computa quebrantos originados en ejercicios anteriores o traslada saldos a favor improcedentes.<\/p>\n<p> El proyecto deber\u00eda establecer reglas claras sobre si esos quebrantos y saldos pueden ser revisados y hasta qu\u00e9 l\u00edmite, evitando interpretaciones discrecionales o litigios posteriores.<\/p>\n<p> Resolver el efecto del r\u00e9gimen sobre fiscalizaciones en curso y causas penales El decreto reglamentario se refiri\u00f3 al efecto tap\u00f3n para fiscalizaciones del per\u00edodo base en adelante. El fisco interpret\u00f3 que una orden de intervenci\u00f3n preexistente no se ve afectada por la adhesi\u00f3n al r\u00e9gimen, invocando el art\u00edculo 15 del Anexo del Decreto 93\/2026.<\/p>\n<p> Esa interpretaci\u00f3n es discutible, ya que en derecho tributario la analog\u00eda est\u00e1 vedada. El proyecto de ley es la oportunidad para resolver este punto, ya sea manteniendo el criterio del fisco o estableciendo que la adhesi\u00f3n suspende o extingue los procedimientos en curso.<\/p>\n<p> Incorporar la adhesi\u00f3n provincial y municipal en el pr\u00f3ximo consenso fiscal El r\u00e9gimen nacional no protege al contribuyente frente a reclamos de las provincias y municipios, que conservan facultades de fiscalizaci\u00f3n sobre Ingresos Brutos y tasas municipales. La ley contempla la posibilidad de que las provincias adopten reg\u00edmenes simplificados de fiscalizaci\u00f3n, pero ninguna lo ha hecho hasta la fecha.<\/p>\n<p> Ha trascendido que el Gobierno se encuentra negociando un nuevo consenso fiscal, donde podr\u00eda incorporarse este tema. El objetivo ser\u00eda que provincias y municipios no exijan tributos como consecuencia de incrementos patrimoniales detectados en contribuyentes adheridos al r\u00e9gimen simplificado nacional. La complejidad es real, pero sin este paso el r\u00e9gimen ofrece una protecci\u00f3n incompleta que puede limitar su impacto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>D\u00f3lares en el colch\u00f3n Imagen: Am\u00e9rica Econ\u00f3mica Al respecto, los tributaristas Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, Alberto Mastandrea y Carolina Calello trazaron algunas propuestas en el marco del Seminario de la Maestr\u00eda y Especializaci\u00f3n en Tributaci\u00f3n de la Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad de Buenos Aires realizado el \u00faltimo jueves. 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