{"id":65535,"date":"2026-05-20T15:28:34","date_gmt":"2026-05-20T18:28:34","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/05\/20\/cayo-el-monstruo-de-caracas-acusado-de-abusar-de-cinco-menores-en-la-guaira\/"},"modified":"2026-05-20T15:28:34","modified_gmt":"2026-05-20T18:28:34","slug":"cayo-el-monstruo-de-caracas-acusado-de-abusar-de-cinco-menores-en-la-guaira","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/05\/20\/cayo-el-monstruo-de-caracas-acusado-de-abusar-de-cinco-menores-en-la-guaira\/","title":{"rendered":"Cay\u00f3 &#8220;el monstruo de Caracas&#8221;, acusado de abusar de cinco menores en La Guaira"},"content":{"rendered":"<p>El viernes, una llamada telef\u00f3nica rompi\u00f3 la calma en la base Este del Servicio de Investigaci\u00f3n Penal (SIP) en La Guaira. Al otro lado de la l\u00ednea, una madre -cuya identidad se mantiene bajo estricto resguardo- inform\u00f3 con voz firme un dato crucial: en el sector de Macuto circulaba una camioneta Jeep Cherokee verde, placas AC702PG.<\/p>\n<p>Para las autoridades, ese carro no era un veh\u00edculo cualquiera. Era la pieza que faltaba en el rompecabezas para atrapar a un peligroso depredador que llevaba m\u00e1s de dos a\u00f1os operando con total impunidad entre Caracas y el litoral central.<\/p>\n<p>La reacci\u00f3n fue inmediata. Comisiones del cuadrante de Macuto y la Brigada de Respuesta Inmediata (BRI) activaron un despliegue de rel\u00e1mpago en la zona.<\/p>\n<p>Pocos minutos despu\u00e9s, los funcionarios lograron interceptar la camioneta y neutralizar a su conductor. Al verificar su identidad, confirmon que se trataba de Luis Ernesto Romero P\u00e9rez, de 49 a\u00f1os de edad, el hombre a quien las autoridades ya hab\u00edan bautizado como \u201cel monstruo de Caracas\u201d.<\/p>\n<p>Funcionarios del cuadrante de Macuto y los funcionarios de la BRI llevaron a cabo la detenci\u00f3n de Luis Ernesto Romero PerezAl momento del arresto, la polic\u00eda incaut\u00f3 tel\u00e9fonos m\u00f3viles y un kit que simulaba idoneidad profesional: un tensi\u00f3metro y un term\u00f3metro digital. Romero P\u00e9rez est\u00e1 acusado de cometer actos lascivos contra, al menos, cinco adolescentes de entre 12 y 15 a\u00f1os de edad.<\/p>\n<p>El modus operandi: la farsa m\u00e9dica a las puertas de las aulasAndr\u00e9s Goncalves, secretario para la Transformaci\u00f3n de la Seguridad Ciudadana de La Guaira, detall\u00f3 la fr\u00eda planificaci\u00f3n con la que operaba el detenido.<\/p>\n<p>Romero manten\u00eda su residencia fija en la ciudad de Caracas, pero se trasladaba constantemente al estado La Guaira con el \u00fanico prop\u00f3sito de captar a sus v\u00edctimas. Para facilitar su log\u00edstica criminal, contaba con un apartamento propio en la entidad costera que utilizaba como base de operaciones y centro de sus actividades delictivas.<\/p>\n<p>El agresor seleccionaba los horarios de salida de liceos ubicados en los sectores de Caraballeda, Macuto y La Guaira. Abordaba a las adolescentes a las afueras de los centros educativos.<\/p>\n<p>Para ganarse su confianza de forma r\u00e1pida y derribar sus alarmas, se hac\u00eda pasar por un profesional de la medicina. Con este enga\u00f1o, proced\u00eda a tocarlas con la excusa de supuestas evaluaciones, logrando captarlas psicol\u00f3gicamente.<\/p>\n<p>Posteriormente, bajo coacci\u00f3n o manipulaci\u00f3n, las trasladaba en su camioneta hacia zonas apartadas en las playas del este de la entidad para continuar con los abusos.<\/p>\n<p>El funcionario explic\u00f3 que en los celulares incautados encontraron fotograf\u00edas en las que se ve que el agresor utilizaba las prendas de las ni\u00f1as.<\/p>\n<p>El caso fue remitido al Ministerio P\u00fablico. La Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica imput\u00f3 a Romero por los delitos de abuso sexual sin penetraci\u00f3n a menores de edad y multiplicidad de v\u00edctimas. El tribunal de la causa, tras evaluar la contundencia de los elementos presentados por el SIP y el BRI, dict\u00f3 la medida de privativa de libertadordenando su reclusi\u00f3n en un centro penitenciario mientras avanza el proceso penal.<\/p>\n<p>El laberinto legal venezolano: diferencias entre violaci\u00f3n, actos lascivos y acoso1. Violaci\u00f3n sexual (o acceso carnal violento)Para que el sistema de justicia venezolano califique un delito como violaci\u00f3n, es un requisito sine qua non la existencia de penetraci\u00f3n (ya sea por v\u00eda vaginal, anal u oral, o mediante la introducci\u00f3n de objetos).<\/p>\n<p> El Art\u00edculo 374 del C\u00f3digo Penal condena a quien constri\u00f1a a una persona al acto carnal por medio de violencias o amenazas.La Lopnna, en su art\u00edculo 259, castiga severamente a quien realiza actos de penetraci\u00f3n con un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, elevando la responsabilidad penal si el agresor posee una posici\u00f3n de autoridad, confianza o tutela sobre la v\u00edctima.2. Actos lascivos: el delito imputado a Romero Los actos lascivos abarcan un espectro amplio de conductas de naturaleza sexual que implican un contacto f\u00edsico abusivo (como tocamientos, frotamientos o imposici\u00f3n de conductas sexuales) pero que no llegan a la penetraci\u00f3n. Esta es la diferencia fundamental con la violaci\u00f3n.<\/p>\n<p> El Art\u00edculo 376 del C\u00f3digo Penal establece penas de prisi\u00f3n para este delito, las cuales aumentan considerablemente si se ejecutan bajo abuso de autoridad, relaciones dom\u00e9sticas o de confianza.El art\u00edculo 378 especifica sanciones precisas cuando las v\u00edctimas sean menores de 16 a\u00f1os, como ocurre en el caso de La Guaira. Al no comprobarse penetraci\u00f3n biol\u00f3gica u objetal en los testimonios preliminares de las cinco estudiantes, la Fiscal\u00eda aplic\u00f3 estrictamente esta calificaci\u00f3n jur\u00eddica junto con el agravante de multiplicidad de v\u00edctimas.3. Acoso SexualA diferencia de los anteriores, el acoso sexual -tipificado principalmente en la Ley Org\u00e1nica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia- no requiere obligatoriamente un contacto f\u00edsico. Se define como la solicitud de favores, comportamientos o acercamientos de contenido sexual no deseado. La caracter\u00edstica medular de este delito es que el victimario se prevalece de una situaci\u00f3n de superioridad laboral, docente, profesional o an\u00e1loga, utilizando la amenaza expresa o t\u00e1cita de causar un da\u00f1o a las expectativas de la v\u00edctima.<\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n complementaria: las garant\u00edas de la Ley de Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n del Abuso Sexual M\u00e1s all\u00e1 de los tipos penales tradicionales, en Venezuela rige la Ley para la Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n del Abuso Sexual contra Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentespublicado en la Gaceta Oficial N.\u00b0 6.655 Extraordinario el 7 de octubre de 2021. Esta ley especial introduce un marco obligatorio que colide directamente con la realidad del caso de La Guaira y con el funcionamiento estructural de las instituciones del Estado.<\/p>\n<p>El mandato de no revictimizaci\u00f3n y prioridad absolutaLa ley declara de inter\u00e9s general y social la prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n de estos delitos como una grave violaci\u00f3n de los derechos humanos. En sus art\u00edculos 7, 17 y 18, se establecen directrices estrictas para salvar la integridad de las v\u00edctimas en procesos administrativos y judiciales:<\/p>\n<p> Principio de prioridad absoluta: el art\u00edculo 7 impone la obligaci\u00f3n imperativa de asegurar de forma prioritaria los derechos de los menores. Esto comprende la procedencia preferencial en el acceso y atenci\u00f3n ante los servicios especializados de medicina y ciencias forenses, la polic\u00eda de investigaci\u00f3n penal, y una celeridad de especial preferencia en el tr\u00e1mite y decisi\u00f3n de las causas judiciales.Protecci\u00f3n contra la revictimizaci\u00f3n: el art\u00edculo 17 mandata al Estado a adoptar las medidas necesarias para evitar que las v\u00edctimas sufran da\u00f1os adicionales en los procedimientos. Para ello, se ordenar\u00e1 establecer mecanismos que eviten la repetici\u00f3n innecesaria de declaraciones, testimonios y experticias, impidiendo terminantemente la presencia de los menores ante los presuntos responsables.Medidas generales para servidores p\u00fablicos: el art\u00edculo 18 obliga a todos los funcionarios del Sistema de Justicia a garantizar un trato digno, respetuoso y c\u00e1lido; simplificar el lenguaje judicial usando terminolog\u00eda sencilla adecuada a la edad; asegurar la brevedad en la comparecencia procesal planificando los actos con antelaci\u00f3n; y formular preguntas neutrales prohibiendo expl\u00edcitamente juicios de valor o preguntas inquisitivas que exacerben la culpa o la verg\u00fcenza.Servicios forenses especializados: en consonancia con lo anterior, el art\u00edculo 16 instruye al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses a desarrollar \u00e1reas especializadas de atenci\u00f3n diferenciada y separada para menores de edad, dotadas de personal capacitado para brindar un trato humano y de calidad.Prevenci\u00f3n obligatoria desde las aulas e imprescriptibilidadEl marco normativo dispone en su art\u00edculo 10 la obligatoriedad de que todas las instituciones y centros educativos del pa\u00eds (p\u00fablicos y privados) desarrollen acciones para la prevenci\u00f3n del abuso mediante programas permanentes de informaci\u00f3n en salud sexual y reproductiva. El art\u00edculo 4 establece en su numeral 12 una directriz clave para el castigo penal de estos cr\u00edmenes: la imprescriptibilidad de los delitos de abuso sexual a las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en todas sus formas. Esto imposibilita que el paso del tiempo extinga la responsabilidad penal de los agresores.<\/p>\n<p>Los actos lascivos abarcan un espectro amplio de conductas de naturaleza sexual que implican un contacto f\u00edsico abusivo | Foto: Redhnna Privaci\u00f3n de patria potestad: El art\u00edculo 19 determina que cualquier persona condenada por abuso sexual contra un menor ser\u00e1 privada de pleno derecho del ejercicio de la patria potestad respecto de todas sus hijas e hijos de forma definitiva, sin posibilidad de restituci\u00f3n.La alarmante radiograf\u00eda de la ni\u00f1ez en Venezuela: cifras de las ONG ante el silencio oficialEl caso de \u201cel monstruo de Caracas\u201d no es un hecho aislado, sino la punta de un iceberg de una crisis sistem\u00e1tica de desprotecci\u00f3n que sufren los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes (NNA) en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Para el an\u00e1lisis epidemiol\u00f3gico y criminal del pa\u00eds es fundamental aclarar que en Venezuela no existen cifras oficiales actualizadas ni boletines estad\u00edsticos p\u00fablicos emitidos por el Ministerio P\u00fablico, el Ministerio de Salud o el Instituto Nacional de Estad\u00edstica (INE) que permiten medir con exactitud el impacto y la evoluci\u00f3n de la violencia sexual en menores de edad.<\/p>\n<p>Ante este vac\u00edo de informaci\u00f3n institucional, las organizaciones no gubernamentales se han visto obligadas a construir redes de monitoreo independiente para visibilizar la magnitud de la emergencia.<\/p>\n<p>El caso de \u201cel monstruo de Caracas\u201d es la punta de un iceberg de una crisis sistem\u00e1tica de desprotecci\u00f3n que sufren los NNA en el pa\u00eds | Imagen: RedhnnaLa Red Nacional por los Derechos de los Ni\u00f1os, Ni\u00f1as y Adolescentes (Redhnna), mediante el procesamiento exhaustivo de medios de comunicaci\u00f3n en las 24 regiones del pa\u00edsarroj\u00f3 datos alarmantes en sus informes de gesti\u00f3n del a\u00f1o 2024:<\/p>\n<p>Periodo de monitoreoHechos de violencia \/ violaciones de DDHH de NNACasos espec\u00edficos de abuso sexual documentadosMarzo-Julio1.254 casos (promedio de 8 NNA perjudicados por d\u00eda)278 violaciones sexualesmes de septiembre202 vulneraciones a la protecci\u00f3n especial37 casos de abuso sexualEl informe correspondiente a septiembre de ese a\u00f1o revel\u00f3 un dato desgarrador sobre el entorno de las v\u00edctimas: en 35% de los casos de violencia sexual el agresor formaba parte del n\u00facleo familiar directo (padre, madre u otros parientes), mientras que el resto se distribu\u00eda entre vecinos, desconocidos y, alarmantemente, funcionarios de organismos de seguridad del Estado.<\/p>\n<p>La captura de Luis Ernesto Romero P\u00e9rez frena el da\u00f1o directo contra las estudiantes de La Guaira, pero las plataformas de defensa de los derechos humanos recuerdan que, sin pol\u00edticas p\u00fablicas reales de prevenci\u00f3n, educaci\u00f3n sexual en las aulas y canales institucionales de acompa\u00f1amiento psicol\u00f3gico con la debida diligencia -tal como lo exigen tratados internacionales como la Convenci\u00f3n Belem Do Par\u00e1-, La ni\u00f1ez venezolana seguir\u00e1 expuesta a la sombra de la impunidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El viernes, una llamada telef\u00f3nica rompi\u00f3 la calma en la base Este del Servicio de Investigaci\u00f3n Penal (SIP) en La Guaira. 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