{"id":45030,"date":"2026-03-22T03:57:01","date_gmt":"2026-03-22T06:57:01","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/03\/22\/que-pasara-en-venezuela\/"},"modified":"2026-03-22T03:57:01","modified_gmt":"2026-03-22T06:57:01","slug":"que-pasara-en-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/03\/22\/que-pasara-en-venezuela\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 pasar\u00e1 en Venezuela?"},"content":{"rendered":"<p>En Venezuela, luego de la elecci\u00f3n de Hugo Ch\u00e1vez Fr\u00edas como primer magistrado, una Asamblea Constituyente convocada al efecto aprobado el texto constitucional hoy en vigencia, una vez promulgado por el jefe del Estado. Se le denomin\u00f3 \u201cConstituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela\u201d, fechada el 30 de diciembre de 1999, por lo que ha tenido una vigencia de 2 d\u00e9cadas y 7 a\u00f1os. Se derog\u00f3 el texto de 1961, bajo el cual rein\u00f3 la democracia m\u00e1s longeva del pa\u00eds. El documento hoy vigente, cuesta negarlo, no se le califica bondadoso, tanto en lo relativo a la observancia como a la estabilidad constitucional.<\/p>\n<p>Es forzoso expresar, pues, que en Caracas, como en la casi totalidad de los pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina, \u201cla gram\u00e1tica constitucional\u201d pareciera haber privado en lo relacionado a la vigencia y aplicaci\u00f3n de los preceptos constitucionales. Un binomio compuesto por \u201credacci\u00f3n y cumplimiento\u201d no ha logrado estatuirse. \u00bfLa prueba? Un n\u00famero desproporcionado de textos constitucionales.<\/p>\n<p>El escenario, criollamente novedoso de hoy, en proceso de comprenderse, con la excepci\u00f3n de algunos acad\u00e9micos, ha de admitirse, sin \u00e1nimo de herir susceptibilidades. Las definiciones se mueven entre los t\u00e9rminos \u201cprotectorado (territorio en el cual se ejerce una soberan\u00eda compartida), tutela (direcci\u00f3n, amparo, protecci\u00f3n o defensa) y corresponsabilidad (reparto equilibrado de tareas, obligaciones o cuidados)\u201d, lo cual pareciera atado etimol\u00f3gicamente a una de las acepciones de corresponsal, esto es, a \u201cpagar con igualdad, relativa o proporcionalmente, afectos, beneficios o agasajos\u201d. El patronazgo, pues, en manos de Estados Unidos desde el 3 de enero, preocupante a lo que sucede y acontecer\u00e1. Las expectativas que se perciben, esperanzadoras para una mayor\u00eda, sin dejar de conceb\u00edrsele como expectativa. En lo atinente al gobierno y dem\u00e1s poderes p\u00fablicos priva la aceptaci\u00f3n de \u201cla realidad\u201d, tanto a nivel presidencial, como legislativo y judicial, derivado en principio de la \u201cautoritas\u201ddel presidencialismo a lo largo de nuestra historia. Acentuado sin lugar a dudas durante las 3 d\u00e9cadas revolucionarias.<\/p>\n<p>En aras de la gravedad ser\u00eda deleznable dejar de lado en el inextricable escenario, la lamentable desintegraci\u00f3n de los lazos de unidad entre los venezolanos, intensificada en las \u00faltimas d\u00e9cadas. Una minipartidizaci\u00f3n de las organizaciones pol\u00edticas es inocultable y acompa\u00f1ada de un evidente individualismo. Se lee que cuando las personas se clasifican en posiciones antag\u00f3nicas, el papel de un tercero que pueda mediar entre ellos es fundamental para procesar el conflicto. En las sociedades modernas, este es el papel de las instituciones estatales. Sin embargo, en el caso de una alta polarizaci\u00f3n pol\u00edtica, es menos probable que las instituciones sean vistas como mecanismos neutrales para procesar el aprieto y no como herramientas partidistas para ejercer el poder. Cuando este llega a ser el caso, es m\u00e1s probable que surjan brotes violentos. Es cuesta arriba negar que esta es nuestra situaci\u00f3n, pero con el agregado de que las v\u00edas de soluci\u00f3n pasan por \u201cla corresponsabilidad\u201d que reina a partir de enero. Una diversidad de intereses no deja de complicarnos. <\/p>\n<p>La ausencia de entendimiento, alimentada por la vocaci\u00f3n a la controversia y del \u201cqu\u00edtate t\u00fa para ponerme yo\u201d (ap\u00e1rtate), significa, para que el susodicho pueda entrar. Los pueblos son, sin embargo, tolerantes, hasta el extremo de que para disipar los efectos del separado t\u00fa, pues soy el mejor, Eddie Dee, en colaboraci\u00f3n con Daddy Yankee, hicieron de la m\u00e1xima un bien escuchado reguet\u00f3n, lanzado, como observamos, en 2004, en el \u00e1lbum \u201c12 Disc\u00edpulos\u201d.<\/p>\n<p>En lo concerniente a \u201cla corresponsabilidad\u201d hemos escrito con respecto a la conveniencia de asumir que el protectorado, de manejarse adecuadamente, impulsar\u00eda \u201cla reconciliaci\u00f3n pol\u00edtica, dejando de lado d\u00e9cadas de polarizaci\u00f3n y conflicto (\u201cLa corresponsabilidad en Venezuela, \u00bfconducir\u00e1 a la reconciliaci\u00f3n?\u201d, 14 de marzo de 2026)\u201d. Esto, hoy ratificamos, es \u00fanicamente posible mediante el reencuentro nacional para una convivencia democr\u00e1tica, capaz de superar la confusi\u00f3n, la incipiente credulidad y hasta la flaqueza institucional. Un modelo de reconciliaci\u00f3n social para abandonar \u201cla anarqu\u00eda pol\u00edtica\u201d se impone como determinante. Es en rigor impostergable. Cuesta, en aras de la objetividad, rechaza el acerto.<\/p>\n<p>Algunas providencias del gobierno, particularmente, aquellas referidas a la reorganizaci\u00f3n del poder p\u00fablico y de manera concreta a la escogencia de personas para cargos importantes, no han dejado de ser criticadas, Dios quiera que la causa haya sido la polarizaci\u00f3n y no el descontento en lo relativo a los seleccionados.<\/p>\n<p>Un cap\u00edtulo en lo atinente a la Asamblea Nacional, concretamente, el relativo a la escogencia del Fiscal General y del Defensor del Pueblo, integrantes, de acuerdo con la Constituci\u00f3n, del Poder Ciudadano, cuya importancia la propia carta magna pone de relieve. La idoneidad ha de ser la pausa para la selecci\u00f3n y es ello lo que el pueblo espera. Es, por tanto, un escenario para la objetividad y la ratificaci\u00f3n de observar las exigencias que los aludidos destinos p\u00fablicos exigen. <\/p>\n<p>Cap\u00edtulos como este y otros m\u00e1s complejos corresponder\u00e1n dilucidar a los poderes p\u00fablicos. Dios quiera que en las providencias haya un cumplimiento objetivo de la ley.<\/p>\n<p>El renacer de la confianza en Venezuela, ha de ser fruto de la corresponsabilidad, tutela y protectorado que desde el 3 de enero rige en Caracas. Pero en la medida en que sea bien gerenciada. <\/p>\n<p>Dios quiera que para bien.<\/p>\n<p>@LuisBGuerra<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Venezuela, luego de la elecci\u00f3n de Hugo Ch\u00e1vez Fr\u00edas como primer magistrado, una Asamblea Constituyente convocada al efecto aprobado el texto constitucional hoy en vigencia, una vez promulgado por el jefe del Estado. 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