{"id":3464,"date":"2025-10-26T14:09:47","date_gmt":"2025-10-26T17:09:47","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/10\/26\/guillermo-bermejo-por-que-su-escandalo-podria-quedar-vacio-tras-su-sentencia-por-terrorismo\/"},"modified":"2025-10-26T14:09:47","modified_gmt":"2025-10-26T17:09:47","slug":"guillermo-bermejo-por-que-su-escandalo-podria-quedar-vacio-tras-su-sentencia-por-terrorismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/10\/26\/guillermo-bermejo-por-que-su-escandalo-podria-quedar-vacio-tras-su-sentencia-por-terrorismo\/","title":{"rendered":"Guillermo Bermejo: \u00bfpor qu\u00e9 su esc\u00e1ndalo podr\u00eda quedar vac\u00edo tras su sentencia por terrorismo?"},"content":{"rendered":"<p>La condena a 15 a\u00f1os de prisi\u00f3n dictada el \u00faltimo viernes por el Poder Judicial contra el congresista Guillermo Bermejo fue ejecutada de forma inmediata. Hasta el cierre de esta nota, el legislador permanece detenido en una c\u00e1rcel del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) a la espera de que una junta determine el penal donde permanecer\u00e1 recluido, al menos hasta que la Corte Suprema decida si ratifique o anula su sentencia.<\/p>\n<p>Lo que est\u00e1 a\u00fan no est\u00e1 completamente definido es el futuro de su esc\u00e1ndalo en el Congresoel cual podr\u00eda ser \u201cperdido\u201d y quedar desierto. Si tratara de un escenario sin precedentes, ya ser\u00eda consecuencia de la primera aplicaci\u00f3n de una norma aprobada hace una d\u00e9cada.<\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>LEE TAMBI\u00c9N | Testigos, fotos, videos y reuniones con terroristas: Guillermo Bermejo fue condenado a 15 a\u00f1os de c\u00e1rcel por afiliaci\u00f3n a Sendero LuminosoA nivel del Congreso, con base en los antecedentes de legisladores que fueron sentenciados a prisi\u00f3n mientras ejerc\u00edan funciones, el tr\u00e1mite &#8216;regular&#8217; ser\u00eda que la Mesa Directiva declare la vacancia de su esca\u00f1o y notifique al Jurado Nacional de Elecciones para que este convoque a su accesitario o reemplazo en la carga.<\/p>\n<p>Sin embargo, el delito de afiliaci\u00f3n a una organizaci\u00f3n terrorista, por el que fue condenado, se encuentra dentro de los alcances del art\u00edculo 15-A del reglamento del Congresovigente desde el 2015.<\/p>\n<p>All\u00ed se establece que, si un legislador es \u201ccondenado mediante sentencia judicial firme\u201d por los delitos de narcotr\u00e1fico, terrorismo, trata de personas o lavado de activos provenientes de los anteriores, no aplica para \u00e9l el reemplazo por un accesitario. Este art\u00edculo, hasta el momento, nunca ha sido aplicado.<\/p>\n<p>Guillermo Bermejo junto al pr\u00f3fugo Vladimir Cerr\u00f3n y el hoy tambi\u00e9n congresista Guido Bellido, cuando todos eran parte de Per\u00fa Libre.<\/p>\n<p> Seg\u00fan dijo a El Comercio el constitucionalista Alejandro Rospigliosi, especialista en asuntos parlamentarios, su prop\u00f3sito es ser un \u201ccastigo\u201d al partido pol\u00edtico que llev\u00f3 como candidato a una persona eventualmente sentenciada por eso graves delitos, as\u00ed como a los electores que apostaron por \u00e9l pese a sus antecedentes, quienes se quedar\u00edan sin un representante.<\/p>\n<p>\u201cEl caso de Guillermo Bermejo  es la primera vez que se aplicar\u00eda (el art\u00edculo 15-A). Marca un antes y un despu\u00e9s respecto a la importancia de poner gente id\u00f3nea en las elecciones primarias. Loss partidos son responsables de esto (&#8230;) Es un casi de aprendizaje de cara los pr\u00f3ximos d\u00edas en las elecciones primarias (para los comicios del 2026)\u201c, coment\u00f3.<\/p>\n<p>La accesitaria en suspenso<\/p>\n<p>En el caso de Guillermo Bermejo, el proceso por el que fue sentenciado ya estaba en desarrollo en el 2021, cuando fue elegido legislador de Per\u00fa Libre por Lima. Por ese mismo partido y en esa misma jurisdicci\u00f3n, su accesitaria ser\u00eda Zaira Arias, exmilitante perulibrista hoy distanciada del partido. Sin embargo, su convocatoria est\u00e1 en entredicho.<\/p>\n<p>Zaira Arias  fue expulsada de Per\u00fa Libre en julio del 2022. Un mes antes, la entonces secretar\u00eda de asuntos sociales en Lima de dicho partido hab\u00eda denunciado que se falsific\u00f3 su firma para inscribirla en la lista de regidores del candidato a la alcald\u00eda de Lima, Yuri Castro. En enero del 2023, fue detenida por la polic\u00eda por lanzarles pintura roja durante una Marcha por la Paz.<\/p>\n<p>Zaira Arias, excandidata al Congreso por el partido Per\u00fa Libre quien ser\u00eda accesitaria de Guillermo Bermejos, fue detenida durante una manifestaci\u00f3n a inicios del 2023 por lanzar pintura roja. (Foto: El Comercio)<\/p>\n<p> Tras su alejamiento de Per\u00fa Libre, la excandidata se mantuvo cercana a los c\u00edrculos &#8216;castillistas&#8217; ya la llamada &#8216;prensa alternativa&#8217;. Actualmente, tiene un canal de YouTube donde comenta la coyuntura pol\u00edtica y hace transmisiones de eventos como las recientes marchas de la &#8216;Generaci\u00f3n Z&#8217;. El \u00faltimo mes, adem\u00e1s, particip\u00f3 brevemente en un seminario organizado en M\u00e9xico por el Partido del Trabajo (PT). <\/p>\n<p>Este Diario llam\u00f3 y mensajes envi\u00f3 a Zaira Arias para consultarle si asumir\u00eda el esca\u00f1o de Guillermo Bermejo, pero no hubo respuesta. Especialistas comentaron a este Diario que, t\u00e9cnicamente, podr\u00eda declinar.<\/p>\n<p>En una publicaci\u00f3n hecha este s\u00e1bado en su cuenta de X, Arias manifest\u00f3 su \u201cplena solidaridad con el compa\u00f1ero Guillermo Bermejoa quien mediante una sentencia infame le han arrebatado sus derechos pol\u00edticos\u201d. No hubo menci\u00f3n a la posibilida de llegar al Congreso como su accesitaria, <\/p>\n<p>\u00bfEsca\u00f1o vac\u00edo?<\/p>\n<p>Aun as\u00ed, la posibilidad de que la Mesa Directiva convoque a la accesitaria de Guillermo Bermejo a\u00fan est\u00e9 en entredicho. la congresista Patricia Ju\u00e1rez (Fuerza Popular), exvicepresidenta del Congreso y ex presidenta de la Comisi\u00f3n de Constituci\u00f3n, dijo el \u00faltimo viernes que, en su interpretaci\u00f3n, el art\u00edculo 15-A deber\u00eda aplicarse en su caso.<\/p>\n<p>\u201cLo que se\u00f1ala el reglamento es que no hay accesitario en los casos de terrorismo, tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas. Y eso es lo que corresponde: no va a haber una persona que sea llamada para reemplazar al congresista.  El sentido de la norma es sancionar a una persona que est\u00e1 con esa investigaci\u00f3n\u201d, declar\u00f3 a la prensa en el Palacio Legislativo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15-A del Reglamento del Congreso<\/p>\n<p> Sin embargo, hay posiciones encontradas respecto a si la norma ya puede ser aplicada al caso de Guillermo Bermejo, debido a que su condena a a\u00fan no es firme. Su defensa legal anunci\u00f3 que presentar\u00e1 un recurso de nulidad ante la Corte Suprema, equivalente a una apelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el constitucionalista Heber Joel Campos, \u201cla norma en cuesti\u00f3n es muy clara\u201d. \u201cPara que surta efectos la figura de la &#8216;silla vac\u00eda&#8217;, la sentencia debe ser firme; es decir, que no sea posible interponer contra ella ning\u00fan recurso impugnatorio. Entiendo que en el caso del congresista Bermejo estamos reci\u00e9n ante una sentencia de primera instancia. Por tanto, a\u00fan no es firme\u201d, dijo a El Comercio.<\/p>\n<p>El especialista agreg\u00f3 que no ser\u00eda posible que la Mesa Directiva aplique una interpretaci\u00f3n distinta para que el esc\u00e1ndalo quede vac\u00edo. &#8220;MIl t\u00e9rmino no admite duda. Habla de &#8216;sentencia judicial firme&#8217;. En este caso a\u00fan no estamos ante una sentencia que tenga esa calidad. Lo que s\u00ed es posible es que, dado que su sentencia ya se hizo efectiva, hasta que se resuelva el recurso de su defensa, lo reemplace su accesitaria. Pero eso solo ser\u00eda hasta que se resuelva su recurso impugnatorio\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, el constitucionalista An\u00edbal Quiroga dijo a El Comercio que la sentencia a\u00fan no se puede considerar firma porque hay una impugnaci\u00f3n ya anunciada y que a\u00fan no se resuelve. Por lo tanto, todav\u00eda no se puede declarar vac\u00edo el esca\u00f1o de Guillermo Bermejo. No obstante, a\u00f1adi\u00f3 que tampoco se podr\u00eda convocar a su accesitaria mientras se resuelve su apelaci\u00f3nya que el delito de su sentencia de primera instancia est\u00e1 dentro de los alcances del art\u00edculo 15-A.<\/p>\n<p>\u201cEl sigue siendo congresista.  Es como si estuviera enfermo con licencia: es un legislador ausente porque est\u00e1 detenido, pero no se le puede vacar porque a\u00fan no hay sentencia firme.  En este caso, no se puede llamar accesitario porque el 15-A dice que no se puede cuando los delitos son de terrorismo o narcotr\u00e1fico. Y el 15-A se aplicar\u00e1 plenamente si la sentencia es confirmada por la Corte Suprema&#8221;, opina.<\/p>\n<p>La Mesa Directiva que lidera Fernando Rospigliosi tendr\u00e1 la \u00faltima palabra (Foto: Congreso)<\/p>\n<p> Jos\u00e9 Cevasco, alcalde exoficial del Congreso, coincidi\u00f3 en, para que el esc\u00e1ndalo quede vac\u00edo, la sentencia judicial debe ser firme. Sin embargo, a su interpretaci\u00f3n, la naturaleza del caso hace que Guillermo Bermejo \u201cno tenga derecho a un accesitario.<\/p>\n<p>\u201cEs por el delito por el que fue sentenciado. Hay que aplicar el reglamento, simplemente. Si bien es cierto que a\u00fan falta la confirmaci\u00f3n de la sentencia, el delito hace que no tenga accesitario\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Alejandro Rospigliosi coincidi\u00f3 en que la sentencia de Guillermo Bermejo a\u00fan no se encuentra firme. Sin embargo, estim\u00f3 que -como en la mayor\u00eda de las cuestiones parlamentarias de este tipo- el desenlace depender\u00e1 de \u201cla voluntad pol\u00edtica del Congreso\u201d.<\/p>\n<p>\u201cYo creo que la voluntad pol\u00edtica de las fuerzas mayoritarias va a ser dejar el esc\u00e1ndalo vac\u00edo hasta que haya la segunda instancia y se ratifique  (\u2026) Falta ver la apelaci\u00f3n de la sentencia. Entonces en este interregno, en este espacio de tiempo, depender\u00e1 la voluntad pol\u00edtica (de la Mesa Directiva) llenar o no ese espacio durante los meses que faltan para que se resuelva la apelaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Este Diario busc\u00f3 la postura de Fernando Rospigliosi, tambi\u00e9n integrante de Fuerza Popular y encargado de la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso, respecto si el esc\u00e1ndalo quedar\u00e1 vac\u00edo o si se convocar\u00e1 a un accesitario. No obstante, hasta el cierre de esta nota, no hubo respuesta.<\/p>\n<p>Consultado por el mismo tema, el tercer vicepresidente de la Mesa Directiva, Ilich L\u00f3pez (Acci\u00f3n Popular), dijo que a\u00fan no era notificado formalmente por el Poder Judicial sobre la sentencia. En cuanto a la convocatoria o no de un accesitario, solo refiri\u00f3 que \u201cse debe aplicar estrictamente el reglamento\u201d.<\/p>\n<p>sentencia efectiva<\/p>\n<p>Condena a\u00fan no es firme, pero ya se cumple<\/p>\n<p>La sentencia de Guillermo Bermejo A\u00fan no es firme, pero comenz\u00f3 a ejecutarse de inmediato. Esto se debe a que su caso se proces\u00f3 bajo las reglas del C\u00f3digo de Procedimientos Penales de 1940, donde toda condena se ejecuta de inmediato, al margen de si luego es ratificada o anulada.<\/p>\n<p>El penalista Carlos Caro dijo a El Comercio que al aplicar en este caso el &#8220;viejo C\u00f3digo de Procedimientos Penales de 1940 &#8220;, estamos ante un caso donde &#8220;lo que existe es una sentencia de primera instancia que no es firme y que se ejecuta de modo adelantado&#8221;.<\/p>\n<p>Agrega que, en contraste, el actual C\u00f3digo Procesal Penal s\u00ed permite que un tribunal decida que una condena se ejecute solo si es confirmada en segunda instancia. Esa figura se conoce como &#8220;suspensi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de la pena&#8221;, la cual se aplic\u00f3 en casos recientes vinculados a la pol\u00edtica, como en las que tuvieron Vladimir Cerr\u00f3n, Kenji Fujimori o Daniel Salaverry.<\/p>\n<p>&#8220;Estafa el nuevo C\u00f3digo Procesal Penal, en una sentencia de primera instancia como esta, si es de condena, puede suspenderse la ejecuci\u00f3n y ejecutarse (enviar al sentenciado a la c\u00e1rcel), s\u00f3lo si es es confirmada en segunda instancia. Bajo el viejo C\u00f3digo, una condena de primera instancia siempre es ejecutada: el condenado va preso, pero no es firme&#8221;indic\u00f3.<\/p>\n<p>El caso se proces\u00f3 as\u00ed porque la corte donde se tramit\u00f3 fue una de las \u00faltimas en pasar de aplicar el c\u00f3digo antiguo al c\u00f3digo actual. Otros casos conocidos que se procesaron con el C\u00f3digo de Procedimientos Penales de 1940 fueron el Caso Ecoteva, el caso de Daniel Urresti y otros vinculados a terrorismo y derechos humanos que est\u00e1n a cargo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La condena a 15 a\u00f1os de prisi\u00f3n dictada el \u00faltimo viernes por el Poder Judicial contra el congresista Guillermo Bermejo fue ejecutada de forma inmediata. 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