{"id":24248,"date":"2026-01-08T11:26:05","date_gmt":"2026-01-08T14:26:05","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/01\/08\/kira-alcarraz-que-delito-habria-cometido-la-congresista-denunciada-por-agresion\/"},"modified":"2026-01-08T11:26:05","modified_gmt":"2026-01-08T14:26:05","slug":"kira-alcarraz-que-delito-habria-cometido-la-congresista-denunciada-por-agresion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/01\/08\/kira-alcarraz-que-delito-habria-cometido-la-congresista-denunciada-por-agresion\/","title":{"rendered":"Kira Alcarraz: \u00bfQu\u00e9 delito habr\u00eda cometido la congresista denunciada por agresi\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<p>la congresista Kira Alcarraz (no agrupada) podr\u00eda ser objeto de una investigaci\u00f3n fiscal y posible sanci\u00f3n penal por el presunto delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, por no catar la intervenci\u00f3n de un fiscalizador del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria-SATa quien tambi\u00e9n habr\u00eda agredido.<\/p>\n<p>Abogados especialistas en derecho penal explicaron a El Comercio que el caso no puede ser visto como una falta y que el Ministerio P\u00fablico debe actuar de oficio.<\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>Los hechos, de acuerdo al parte policial dado a conocer por este Diario, se produjeron el lunes 5 de enero, en las inmediaciones del Puente Atocongo, en el distrito de San Juan de Miraflores.<\/p>\n<p>MIRA TAMBI\u00c9N: Mujeres y elecciones en Per\u00fa: \u00bfPor qu\u00e9 siguen sin acceder a la presidencia??All\u00ed, el fiscalizador del SAT intervino la camioneta negra marca Ford, modelo Territory, de placa CTM-375 en la que viajaba Alcarraz Ag\u00fcero, como copiloto. Ante la intervenci\u00f3n, el congresista inicialmente habr\u00eda tratado de disuadir al funcionario del SAT, e incluso llam\u00f3 por tel\u00e9fono a un \u201ccomandante\u201d para que la apoye. Al no lograrlo, de acuerdo al acto policial, pas\u00f3 a la amenaza, posteriormente le propin\u00f3 una bofetada y le arrebat\u00f3 su celular.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de un comunicado, el SAT reafirm\u00f3 que su funcionario fue agredido por la congresista, que la camioneta fue intervenida por una deuda de papeletas impaga; y si bien el veh\u00edculo fue internado en el dep\u00f3sito municipal de Lima, luego fue devuelto.<\/p>\n<p>Puente Atocongo: desde aqu\u00ed se toma el autob\u00fas hacia El Silencio<\/p>\n<p> En declaraciones al programa 24 Horas, Alcarraz Ag\u00fcero neg\u00f3 la denuncia en su contra. Se\u00f1al\u00f3 que el SAT nunca le notific\u00f3 las papeletas impuestas y que las multas vehiculares fueron hacia otro de sus veh\u00edculos. <\/p>\n<p>&#8220;Te voy a decir una cosa. Es mentira todo lo que ese joven ha dicho. Lo est\u00e1 viendo ya mi abogado. Es lo \u00fanico que te puedo decir, de verdad, con el debido respeto. Jam\u00e1s yo har\u00eda eso&#8221;, manifest\u00f3 v\u00eda telef\u00f3nica.<\/p>\n<p>Al ser consultada directamente sobre la agresi\u00f3n f\u00edsica al funcionario del SAT, la parlamentaria cort\u00f3 la comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ser\u00eda un delito com\u00fan y no de funci\u00f3n<\/p>\n<p>De acuerdo al abogado Carlos Caro, especialista en derecho penal, independientemente de la investidura parlamentaria que ostenta Kira Alcarraz, el delito en el que habr\u00eda incurrido con su conducta es el de resistencia o desobediencia a la autoridad, contemplado en el art\u00edculo 368 del C\u00f3digo Penal. <\/p>\n<p>&#8220;Esto, lamentablemente, pasa todos los d\u00edas a nivel de fiscalizdores que los atropellan, no les hacen caso, los golpean. Lamentablemente pasa. En todos esos casos la jurisprudencia va por el lado de resistencia o desobediencia a la autoridad que antes ten\u00eda una pena muy baja y que posteriormente la subieron.&#8221; <\/p>\n<p>Carlos Caro,   abogado penalista<\/p>\n<p>Record\u00f3 que el delito de resistencia a la autoridad tiene una pena de 3 a 6 a\u00f1os de acuerdo al art\u00edculo 368 del C\u00f3digo Penal; y si es funcionario p\u00fablico quien lo comete, la pena se agrava e incrementa en una mitad tal como lo contempla el art\u00edculo 46-A del mismo c\u00f3digo. Entonces, la pena que podr\u00eda corresponder ser\u00eda hasta 9 a\u00f1os. <\/p>\n<p>\u201cEntonces, podr\u00edamos decir en t\u00e9rminos generales que, por el hecho de haber resistido la orden de una autoridad la congresista podr\u00eda ser investigada preliminarmente por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad del 368 del C\u00f3digo Penal, concordado con el art\u00edculo 46-A que agrava la pena porque ella es una funcionaria p\u00fablica\u201d, escribi\u00f3.<\/p>\n<p>SAT de Lima rechaza agresi\u00f3n contra su personal durante el operativo. Foto: Facebook.<\/p>\n<p> El penalista precis\u00f3 que el caso no solo debe ser visto por el \u00e1mbito de las lesiones, que presuntamente le produjo al trabajador del SAT a trav\u00e9s de una bofetada; y lo que ser\u00eda considerado una falta. Ello, indic\u00f3, porque la agresi\u00f3n fue efecto de la desobediencia a la autoridad que se habr\u00eda configurado, lo cual tiene que ser investigado en la v\u00eda penal. <\/p>\n<p>&#8220;La gravedad del caso, m\u00e1s all\u00e1 del tema \u00e9tico, viene por haber resistido a una orden. Se ven a diario estos casos, y si descontamos que ella es congresista de la Rep\u00fablica, entonces ya estar\u00eda procesada penalmente por el delito de resistencia a la autoridad. Entonces, el Ministerio P\u00fablico tendr\u00eda que intervenir de oficio&#8221;.<\/p>\n<p>Carlos Caro,  abogado penalista<\/p>\n<p>En otro aspecto, Caro precis\u00f3 que, de acuerdo a lo informado, Alcarraz Ag\u00fcero no estuvo cumpliendo labores congresales o los hechos no se desarrollaron como parte del ejercicio de sus funciones parlamentarias, por lo que \u201cno se trata de un delito de funci\u00f3n, sino que tiene que ser tramitado como un delito com\u00fan\u201d. <\/p>\n<p>\u201cEntonces, desde mi punto de vista, no se puede invocar la inmunidad parlamentaria porque la inmunidad parlamentaria, como todos sabemos, est\u00e1 limitada a los delitos de funci\u00f3n y no para delitos de car\u00e1cter com\u00fan y el 368 es un delito com\u00fan, no de funci\u00f3n\u201d, explic\u00f3 el abogado penalista. <\/p>\n<p>Por ello, se\u00f1al\u00f3 que el Congreso no tendr\u00eda por qu\u00e9 intervenir ni pedirse el levantamiento del fuero parlamentario para procesar a Alcarraz Ag\u00fcero. El rol que debe cumplir el Legislativo, en este caso, indic\u00f3 el abogado, ser\u00eda actuar en el \u00e1mbito \u00e9tico. <\/p>\n<p>&#8220;El Congreso puede actuar por el lado \u00e9tico, pero no hace falta que el Congreso levante la inmunidad, ya que claramente no es un delito de funci\u00f3n. Ella es una congresista que ha desobedecido la orden de una autoridad, ese es el punto&#8221;, sostuvo. <\/p>\n<p>La congresista Kira Alcarraz dirigi\u00f3 frases amenazantes hacia la reportera de Willax. Foto: captura<\/p>\n<p> No debe ser visto como falta, debe procesarse como delito<\/p>\n<p>Para el abogado penalista Daniel Jurado, lo ocurrido en el caso de la congresista Kira Alcarraz, no constituye una falta. M\u00e1s all\u00e1 de la presunta agresi\u00f3n f\u00edsica al funcionario del SAT, indic\u00f3 que se habr\u00eda cometido un delito. <\/p>\n<p>\u201cA mi criterio, no deber\u00eda ser procesado como falta, pienso m\u00e1s bien que deber\u00eda ser visto como delito y para el procesamiento, seg\u00fan el art\u00edculo 452 del C\u00f3digo Procesal Penal, no se requiere el levantamiento del fuero, ya que ello solo es para delitos de funci\u00f3n m\u00e1s no para un delito com\u00fan, como ser\u00eda este caso.\u201d <\/p>\n<p>Daniel Jurado,  abogado penalista<\/p>\n<p>En esa l\u00ednea, explic\u00f3 que, de los hechos advertidos en la denuncia realizada por el funcionario del SAT, se puede advertir la comisi\u00f3n del presunto delito de violencia contra la autoridad, prevista en el art\u00edculo 365 del C\u00f3digo Penal o incluso del art\u00edculo 366, que sanciona la conducta de impedir a una autoridad ejercer sus funciones mediante violencia o amenaza.<\/p>\n<p>El SAT se\u00f1ala que realiza 140 operativos al mes en Lima. (Difusi\u00f3n)<\/p>\n<p> Indic\u00f3 que si bien las penas no superan los 4 a\u00f1os, en este caso se podr\u00eda aplicar la agravante contemplada en el numeral 2 del art\u00edculo 367 del mismo c\u00f3digo, al referir que la sanci\u00f3n se agrava cuando el autor de la agresi\u00f3n es un funcionario p\u00fablico. En este caso, la norma prev\u00e9 no menos de 4 a\u00f1os ni m\u00e1s de 8 a\u00f1os de pena.<\/p>\n<p>&#8220;\u00bfPor qu\u00e9 considero la violencia? Porque aparentemente, de los datos que tenemos hasta ahora, la congresista habr\u00eda abofeteado, lo habr\u00eda agredido; indepedientemente del grado, grado o leve, se habr\u00eda ejercido violencia sobre el funcionario p\u00fablico que estaba ejerciendo sus funciones, por los tanto \u00bfcu\u00e1l era la finalidad? la finalidad era impedir que ejerza su funci\u00f3n que era internar el veh\u00edculo.&#8221; <\/p>\n<p>Daniel Jurado,  abogado penalista<\/p>\n<p>El abogado especialista explic\u00f3 que en este caso, la comisi\u00f3n que procesa la denuncia tendr\u00eda que informar a la Fiscal\u00eda Suprema, instancia facultad para investigar este caso. O, en todo caso, el Jugado de Paz Letrado lo podr\u00eda remitir a la Fiscal\u00eda Suprema. <\/p>\n<p>\u201cSeg\u00fan el art\u00edculo 452 (del C\u00f3digo Procesal Penal) prescribe que en los casos de delitos comunes cometidos por congresistas y altos funcionarios, su procesamiento est\u00e1 a cargo la Corte Suprema y la investigaci\u00f3n a cargo de la Fiscal\u00eda Suprema\u201d, sostuvo. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>la congresista Kira Alcarraz (no agrupada) podr\u00eda ser objeto de una investigaci\u00f3n fiscal y posible sanci\u00f3n penal por el presunto delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, por no catar la intervenci\u00f3n de un fiscalizador del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria-SATa quien tambi\u00e9n habr\u00eda agredido. 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