{"id":22429,"date":"2026-01-01T10:15:57","date_gmt":"2026-01-01T13:15:57","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/01\/01\/delia-espinoza-los-detalles-de-la-decision-del-pj-de-aprobar-la-formalizacion-de-la-investigacion-preparatoria-en-su-contra\/"},"modified":"2026-01-01T10:15:57","modified_gmt":"2026-01-01T13:15:57","slug":"delia-espinoza-los-detalles-de-la-decision-del-pj-de-aprobar-la-formalizacion-de-la-investigacion-preparatoria-en-su-contra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2026\/01\/01\/delia-espinoza-los-detalles-de-la-decision-del-pj-de-aprobar-la-formalizacion-de-la-investigacion-preparatoria-en-su-contra\/","title":{"rendered":"Delia Espinoza: Los detalles de la decisi\u00f3n del PJ de aprobar la formalizaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n preparatoria en su contra"},"content":{"rendered":"<p>el Poder Judicial (pijama) aprobada la formalizaci\u00f3n de una investigaci\u00f3n preparatoria contra la inhabilitada ex fiscal de la Naci\u00f3n, Delia Espinozapor los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad gen\u00e9rica y como posible instigadora del delito de usurpaci\u00f3n de funciones, en agravio del Estado. <\/p>\n<p>La decisi\u00f3n se adopt\u00f3 ante el pedido del fiscal de la Naci\u00f3n interino, Tom\u00e1s G\u00e1lvez, quien formaliz\u00f3 la investigaci\u00f3n contra Espinoza Valenzuela, en su condici\u00f3n de fiscal suprema, por su presunta actuaci\u00f3n irregular en la aprobaci\u00f3n de un Reglamento para el Ministerio P\u00fablico sobre la actuaci\u00f3n fiscal. <\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>La judicializaci\u00f3n del caso se da como efecto de la denuncia constitucional aprobada en el Congreso de Rep\u00fablica, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n Legislativa 13340\/2025-CR, que declar\u00f3 haber lugar a la formaci\u00f3n de causa penal contra la magistrada. Espinoza fue inhabilitada para el ejercicio de cargo p\u00fablico, por el plazo de diez a\u00f1os, por el mismo hecho.<\/p>\n<p>MIRA:  M\u00e1s de 130 excongresistas buscan regresar como senadores o diputados: los principales rostros y los cuestionadosEl Comercio busc\u00f3 la versi\u00f3n de la defensa legal de Espinoza Valenzuela, pero indic\u00f3 que su abogado en materia penal no pod\u00eda ser contactado en este momento.<\/p>\n<p>PJ aprob\u00f3 formalizar investigaci\u00f3n preparatoria contra Delia Espinoza.<\/p>\n<p> Como se recuerda, el 10 de octubre del 2024, se public\u00f3 la Ley N.\u00b0 32130 emitida por el Parlamento. Este, modific\u00f3 el C\u00f3digo Procesal Penal-Decreto Legislativo N.\u00b0 957, que fortalec\u00eda la investigaci\u00f3n del delito como funci\u00f3n de la Polic\u00eda Nacional del Per\u00fa a fin de agilizar los procesos penales.<\/p>\n<p>Ante ello, durante la gesti\u00f3n del fiscal de la Naci\u00f3n interino, Juan Carlos Villena, se emiti\u00f3 la Resoluci\u00f3n de la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n N.\u00b0 2246-2024-MP-FN del 14 de octubre del 2024, aprobando el Reglamento denominado \u201cActuaci\u00f3n Fiscal en la Investigaci\u00f3n del delito\u201d en su versi\u00f3n 1. <\/p>\n<p>Dicho reglamento buscaba \u201cuniformizar y optimizar\u201d la actuaci\u00f3n fiscal en coordinaci\u00f3n con la autoridad policial en conjunci\u00f3n con lo dispuesto en la Ley N.\u00b0 32130. <\/p>\n<p>\ud83d\udea8 APROBADO | El Pleno del Congreso permiti\u00f3 levantar el fuero a la fiscal suprema Delia Espinoza, por la presunta comisi\u00f3n de diversos delitos. El expediente ser\u00e1 enviado a la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n para que proceda seg\u00fan sus atribuciones. pic.twitter.com\/1JfLQGw63s<\/p>\n<p>\u2014 Congreso del Per\u00fa \ud83c\uddf5\ud83c\uddea (@congresoperu) 3 de diciembre de 2025 El reglamento fue aprobado por la Junta de Fiscales Supremos, integrada por Villena Campana -quien firm\u00f3 la resoluci\u00f3n fiscal en su condici\u00f3n de fiscal de la Naci\u00f3n- y adem\u00e1s por los fiscales supremos Pablo Wilfredo S\u00e1nchez Velarde, Zoraida \u00c1valos Rivera y Delia Milagros Espinoza Valenzuela. <\/p>\n<p>Sin embargo, de acuerdo a la conclusi\u00f3n del Congreso, la resoluci\u00f3n expedida por la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n N.\u00b0 2246-2024-MP, validada por la Junta de Fiscales Supremos, contraven\u00eda la Ley 32130, que fortalece la investigaci\u00f3n como funci\u00f3n de la Polic\u00eda Nacional del Per\u00fa.<\/p>\n<p>Reglamento del MP<\/p>\n<p> Reglamento del MP<\/p>\n<p> Por ello, proces\u00f3 constitucionalmente a los fiscales Villena, S\u00e1nchez, \u00c1valos y Espinoza, en su condici\u00f3n de fiscales supremos, por la presunta comisi\u00f3n de los delitos de abuso de autoridad, prevaricato y falsedad gen\u00e9rica, y como posibles instigadores del delito de usurpaci\u00f3n de funciones.<\/p>\n<p>Sin embargo, el Pleno del Congreso de la Rep\u00fablica solo aprob\u00f3 -por mayor\u00eda calificada- la formaci\u00f3n de causa penal contra Espinoza Valenzuela, en su condici\u00f3n de suprema fiscal, como presunta autora de los delitos de abuso de autoridad, prevaricato y falsedad gen\u00e9rica, y como posible instigadora del delito de usurpaci\u00f3n de funciones, en agravio del Estado. <\/p>\n<p>Tom\u00e1s G\u00e1lvez, fiscal de la Naci\u00f3n interino. (Foto: Congreso)<\/p>\n<p> \/ V\u00edctor V\u00e1squezAnte ello, la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n, conducida ahora por G\u00e1lvez Villegas, present\u00f3 el caso para su judicializaci\u00f3n. <\/p>\n<p>As\u00ed, se le atribuye a Espinoza Valenzuela haber intervenido en la aprobaci\u00f3n de una norma reglamentaria cuyo contenido resultar\u00eda manifiestamente contrario al texto expreso de la Ley N.\u00b0 32130 lo que se configurar\u00eda en el presunto delito de prevaricato.<\/p>\n<p>\u201cSe atribuye a Espinoza Valenzuela que, en su condici\u00f3n de fiscal suprema e integrante de la Junta de Fiscales Supremos, durante el mes de octubre de 2024, habr\u00eda participantes en la elaboraci\u00f3n, revisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n del Reglamento referido, a trav\u00e9s del cual se habr\u00eda habilitado a los fiscales para realizar directamente la investigaci\u00f3n preliminar del delito, pese que la Ley N.\u00b0 32130 asigna dicha funci\u00f3n a la Polic\u00eda Nacional del Per\u00fa, reservando al Ministerio P\u00fablico la conducci\u00f3n jur\u00eddica de la investigaci\u00f3n, conducta que estar\u00eda tipificada como delito de abuso de autoridad, previsto en el art\u00edculo 376\u00b0 del C\u00f3digo Penal\u201d. <\/p>\n<p>Requerimiento de la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n <\/p>\n<p>Otro se\u00f1alamiento en su contra es que mediante la emisi\u00f3n del Reglamento citado, habr\u00eda inducido o determinado a los fiscales del Ministerio P\u00fablico a asumir funciones propias de la Polic\u00eda Nacional del Per\u00fa, consistentes en la ejecuci\u00f3n operativa de la investigaci\u00f3n penal y la realizaci\u00f3n de diligencias preliminares, conducta tipificada como delito de usurpaci\u00f3n de funciones. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s, habr\u00eda consignado afirmaciones presuntamente falsas destinadas a sustentar la expedici\u00f3n del Reglamento de actuaci\u00f3n fiscal en la investigaci\u00f3n del delito, alterando la verdad respecto del marco normativo vigente, conducta que fue tipificada como delito de falsedad gen\u00e9rica.<\/p>\n<p>Espinoza Valenzuela, como se recuerda jur\u00f3 y acreedores como fiscal de la Naci\u00f3n y presidenta de la Junta de Fiscales Supremos para el per\u00edodo 2024-2027, el 8 de noviembre del 2024.<\/p>\n<p>La defensa legal de Espinoza interpuso un h\u00e1beas corpus contra su inhabilitaci\u00f3n aplicado por el Congreso por este caso. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la Comisi\u00f3n Permanente aprob\u00f3 otro informe donde se recomienda aplicarle una segunda inhabilitaci\u00f3n por el plazo de diez a\u00f1os, al acusarla de haber cometido infracci\u00f3n constitucional en los art\u00edculos 45, 93 y 139 \u2014incisos 3 y 5, al haber denunciado constitucionalmente a 11 congresistas por aprobar el dictamen del Proyecto de Ley 319\/2021-CR que regula la contrataci\u00f3n de pensionistas de las FF.AA. y PNP, lo que supon\u00edan en algunos casos que se les permite cobrar doble sueldo del erario p\u00fablico. <\/p>\n<p>Plazo de la Investigaci\u00f3n Preparatoria es por 120 d\u00edas <\/p>\n<p>Tras analizar los argumentos postulados en el requerimiento fiscal, el juez supremo de Investigaci\u00f3n Preparatoria, Juan Carlos Checkley, analiz\u00f3 los requisitos de forma y fondo.<\/p>\n<p>As\u00ed, c\u00e1lculos que la acci\u00f3n penal se encuentra vigente respecto de todos los delitos imputados en contra de Espinoza Valenzuela.<\/p>\n<p>Ello, explic\u00f3, porque los hechos materia de investigaci\u00f3n se habr\u00edan producido en octubre del 2024, y considerando el marco punitivo aplicable a cada il\u00edcito, as\u00ed como la interrupci\u00f3n del plazo por la denuncia constitucional y el plazo de suspensi\u00f3n por el procedimiento parlamentario, a la fecha \u201cno ha operado la prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal\u201d.<\/p>\n<p>Record\u00f3 que la investigada se encuentra comprendida en el art\u00edculo 99\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Per\u00fa, norma de jerarqu\u00eda superior que regula el antejuicio pol\u00edtico; ello en la medida que el Congreso de la Rep\u00fablica dispuso el levantamiento de dicha prerrogativa, habilitando plenamente el ejercicio de la potestad persecutoria penal por parte del Ministerio P\u00fablico y el control jurisdiccional correspondiente.<\/p>\n<p>\u201cSe cumplen los presupuestos legales requeridos que habilitan la formalizaci\u00f3n y continuaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n preparatoria, en tanto se identifican indicios reveladores de la existencia de los delitos materia de imputaci\u00f3n, la acci\u00f3n penal no se encuentra prescrita, y se individualiza plenamente a la investigada Espinoza Valenzuela\u201d <\/p>\n<p>Juan Carlos Checkley,  juez supremo<\/p>\n<p>Finalmente, el magistrado indic\u00f3 que el plazo de la Investigaci\u00f3n Preparatoria es de 120 d\u00edas naturales; debido a que ese es el plazo dispuesto por la Fiscal\u00eda de la Naci\u00f3n para el caso concreto.<\/p>\n<p>PJ aprob\u00f3 formalizar investigaci\u00f3n preparatoria contra Delia Espinoza.<\/p>\n<p> PJ aprob\u00f3 formalizar investigaci\u00f3n preparatoria contra Delia Espinoza.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>el Poder Judicial (pijama) aprobada la formalizaci\u00f3n de una investigaci\u00f3n preparatoria contra la inhabilitada ex fiscal de la Naci\u00f3n, Delia Espinozapor los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad gen\u00e9rica y como posible instigadora del delito de usurpaci\u00f3n de funciones, en agravio del Estado. 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