{"id":21659,"date":"2025-12-28T15:07:13","date_gmt":"2025-12-28T18:07:13","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/12\/28\/condena-por-peculado-puede-impedir-la-candidatura-de-mario-vizcarra-advierten-que-antecedente-lo-puede-sacar-de-carrera\/"},"modified":"2025-12-28T15:07:13","modified_gmt":"2025-12-28T18:07:13","slug":"condena-por-peculado-puede-impedir-la-candidatura-de-mario-vizcarra-advierten-que-antecedente-lo-puede-sacar-de-carrera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/12\/28\/condena-por-peculado-puede-impedir-la-candidatura-de-mario-vizcarra-advierten-que-antecedente-lo-puede-sacar-de-carrera\/","title":{"rendered":"Condena por peculado puede impedir la candidatura de Mario Vizcarra: advierten que antecedente lo puede sacar de carrera"},"content":{"rendered":"<p>La condena por peculado que registr\u00f3 mario vizcarra en su hoja de vida candidato a la presidencia y al Senado con el partido Per\u00fa Primero puede dejarlo fuera de la contienda electoral, incluso si ya cumpli\u00f3 su sentencia y actualmente figura como rehabilitado. As\u00ed lo advirtieron especialistas electorales al analizar las posibles consecuencias de ese antecedente judicial, que se remonta al 2005.<\/p>\n<p>Tal como inform\u00f3 El Comercio esta semana, Mario Vizcarra consign\u00f3 en su hoja de vida que tiene una sentencia firme, dictada en octubre del 2005 por un tribunal de Moquegua, por peculado, un delito de corrupci\u00f3n de funcionarios. El preciso que la pena ya fue cumplida, por lo que actualmente candidato se encuentra rehabilitado. Seg\u00fan conoci\u00f3 este Diario, la sentencia fue de tres a\u00f1os de prisi\u00f3n suspendida.<\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>LEE TAMBI\u00c9N | Conflicto en el Apra: Denuncian que candidatos electos en primarias quedaron fueraConsultados por este Diario si este antecedente puede impedir la candidatura de Mario Vizcarra, especialistas en Derecho Electoral coincidieron en que existe esa posibilidad si se aplica lo establecido por la Ley 30717, promulgada por el Congreso en enero del 2018. Si bien hay casos individuales en los que el Tribunal Constitucional decidi\u00f3 inaplicar esa ley al evaluar recursos de candidatos excluidos, de cara a la contienda electoral vigente la \u00faltima palabra ser\u00e1 del JNE.<\/p>\n<p>Ley 30717, promulgada en enero del 2018.<\/p>\n<p> La Ley 30717 modific\u00f3 la Ley Org\u00e1nica de Elecciones para establecer que no pueden ser candidatos a la presidencia quienes hayan sido funcionarios y hayan recibido penas, sean suspendidos o efectivos, por un grupo de delitos de corrupci\u00f3n que incluye el peculado, incluso si hubieran sido rehabilitados. Tal es el caso de Mario Vizcarra.<\/p>\n<p>En una resoluci\u00f3n publicada el \u00faltimo viernes por la noche, el Jurado ElectoralEspecial (JEE) de Lima Centro 1 admiti\u00f3 a tr\u00e1mite la f\u00f3rmula presidencial liderada por Mario Vizcarra. Pese al antecedente de su condena por peculado, el tribunal demostr\u00f3 que \u201cno se advierte que se presenta alguno de los impedimentos para postular\u201d contenido en la Constituci\u00f3n o en la Ley Org\u00e1nica de Elecciones.<\/p>\n<p>As\u00ed, la resoluci\u00f3n fue publicada y la inscripci\u00f3n de la candidatura presidencial de Per\u00fa Primero entr\u00f3 al per\u00edodo de tres d\u00edas para presentar tachas. Si un ciudadano presenta una tacha relacionada a la sentencia, explicaron los especialistas, el JEE deber\u00e1 motivar por qu\u00e9 no se aplic\u00f3 el impedimento para rehabilitados por peculado. Y en caso su resoluci\u00f3n se apele, la \u00faltima palabra la tendr\u00e1 el JNE.<\/p>\n<p>El caso que deriv\u00f3 en la sentencia de Mario Vizcarra, adem\u00e1s, ya tiene un antecedente de haber sido un impedimento para un candidato. Otro de los condenados en ese expediente judicial, Luis Zubia Cort\u00e9s, no fue admitido como candidato para alcalde de la provincia moqueguana de Mariscal Nieto por tener esa misma condena por peculado, al margen de estar rehabilitado. El caso fue resuelto por el JNE y, en el 2021, el propio TC deneg\u00f3 un recurso de amparo presentado a ra\u00edz de esa exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>En caso se presente una tacha por este tema, la \u00faltima palabra ser\u00e1 del pleno del JNE. Foto: GEC<\/p>\n<p> Posturas<\/p>\n<p>Para el abogado J.ulio silva meneses, la sentencia declarada por el candidato de Per\u00fa Primero \u201cencaja perfectamente en el supuesto de la Ley 30717\u201d y resultar\u00eda en su salida de la carrera electoral. \u201cSe trata de una sentencia por peculado. Si nos ce\u00f1imos a su jurisprudencia de los a\u00f1os 2018, 2020, 2021, 2022, el JNE va rechazar la candidatura del se\u00f1or Mario Vizcarra\u201d, demostr\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cEn los \u00faltimos procesos electorales de estos a\u00f1os, el JNE ha venido aplicando tajantemente este impedimentoincluso se\u00f1alando que no importa que la persona est\u00e9 rehabilitada de su condena por peculado, o que no importa tampoco que se trate de una condena de a\u00f1os anteriores a la entrada en vigencia de la ley 30717\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>En cuanto a la admisi\u00f3n a tr\u00e1mite de su candidtura, el abogado dijo que \u201cparecer\u00eda que el JEE de Lima Centro 1 considera que no hay impedimento por la sentencia, tal vez siguiendo el criterio de las sentencias del TC. Ahora, con esta resoluci\u00f3n de admisi\u00f3n, una vez publicada, cualquier ciudadano podr\u00eda presentar una tacha contra la inscripci\u00f3n de Mario Vizcarra en el plazo de tres d\u00edas calendario.<\/p>\n<p>\u201cSi se presenta la tacha, ah\u00ed s\u00ed el Jurado de Lima Centro 1 tendr\u00eda que explicar las razones por las cuales considera que hay o no hay impedimento. Porque al menos en esta resoluci\u00f3n no lo ha explicado expresamente. Y una tacha puede llegar en apelaci\u00f3n a instancia del Pleno del JNE, que tambi\u00e9n tendr\u00eda que pronunciarse\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p>Resoluci\u00f3n del JEE Lima Centro 1 que admite la f\u00f3rmula presidencial de Per\u00fa Primero<\/p>\n<p> el abogado Jos\u00e9 Manuel Villalobos Coincidi\u00f3 en que esa norma puede dejar fuera de carrera a Mart\u00edn Vizcarra si se f\u00f3rmula una techa y esta llega hasta el JNE. Seg\u00fan dijo, es previsible que el m\u00e1ximo tribunal electoral siga su jurisprudencia respecto a la aplicaci\u00f3n de esa ley para sentenciados por delitos de esos, incluso si est\u00e1n rehabilitados.<\/p>\n<p>\u201cSi el JNE aplica la Ley 30717, s\u00ed (lo sacar\u00eda de carrera)&#8221;indic\u00f3. &#8220;Esa ley te impide postular si en el pasado tuviste una sentencia por peculado, as\u00ed la hayas cumplida, aun cuando hayan sido rehabilitado. La norma la aplicaron a Vladimir Cerr\u00f3n en la elecci\u00f3n pasada\u201d, indic\u00f3. <\/p>\n<p>En junio del 2020, cuatro magistrados del TC votaron a favor declarar inconstitucional el extremo de la ley que dispone que esa prohibici\u00f3n se aplicar\u00e1 a\u00fan cuando el sentenciado haya sido rehabilitado. No obstante, Villalobos y Meneses indicaron que en esa votaci\u00f3n no se alcanzaron los cinco votos requeridos para que la norma sea considerada inconstitucional, por lo que sigue vigente.<\/p>\n<p>\u201cLo que s\u00ed es verdad es que, en casos concretos, personas que eran candidatas y el jurado les prohibi\u00f3 postular (por esta ley), luego ganaron sus amparos ante el TC. Pero el jurado en alguna jurisprudencia ya se\u00f1al\u00f3 que sus amparos son individuales, que no declaran inconstitucional la ley\u201dacot\u00f3 Villalobos.<\/p>\n<p>Silva agreg\u00f3 que la sentencia del TC del 2020 &#8220;ya fue citada en algunos casos en las elecciones del 2021 y 2022, y la respuesta del JNE siempre ha sido que el impedimento es aplicable, a\u00fan cuando la persona estuviera rehabilitada. &#8220;Incluso hay una sentencia del TC, en un proceso de amparo, que inaplica este impedimento, pero el JNE s\u00ed lo sigue aplicando a rajatabla&#8221;, detall\u00f3.<\/p>\n<p>Mario Vizcarra es candidato presidencial de Per\u00fa Primero ante la inhabilitaci\u00f3n de su hermano, el expresidente Mart\u00edn Vizcarra, hoy condenado por corrupci\u00f3n. Foto: GEC \/ Antonio Melgarejo<\/p>\n<p> Silvia Guevara, abogada especialista en Derecho Electoral, record\u00f3 que en diciembre del 2022, el actual TC emiti\u00f3 otra sentencia vinculada a esta ley, en la que s\u00ed se lograron los cinco votos para declarar inconstitucional la menci\u00f3n en la ley a que \u201cel impedimento resulta aplicable aun cuando hubieran sido rehabilitadas\u201d.<\/p>\n<p>No obstante, Villalobos indic\u00f3 que esa sentencia del TC solo se pronunci\u00f3 respecto a las prohibiciones que pesaban sobre personas que cumplieron sus condenas por terrorismo. \u201cPara los dem\u00e1s delitos, la ley no se declara inconstitucional, por lo que sigue vigente\u201d.<\/p>\n<p>Guevara a\u00f1adi\u00f3 que \u201cel tema es que seg\u00fan la sentencia (de Mario Vizcarra) es por un delito de corrupci\u00f3n. Si es as\u00ed, depender\u00e1 del criterio del jurado electoral especial (JEE) y del pleno (del JNE) si es que consideran que la frase &#8216;a\u00fan cuando hubieran sido rehabilitadas&#8217; se aplicar\u00e1 o no en raz\u00f3n de esa sentencia del TC\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsa sentencia del TC es del 2022, a\u00fan no ha habido interpretaci\u00f3n (del JNE). El tema es que si se le da pase libre, en el caso de los dem\u00e1s tipos de delitos ser\u00edan iguales, incluyendo delitos por terrorismo, violaci\u00f3n, y dem\u00e1s que ah\u00ed se indican\u201d.apunt\u00f3. <\/p>\n<p>Condena de Mario Vizcarra<\/p>\n<p> Luego del primer pronunciamiento del JEE Lima Centro 1 que s\u00ed admiti\u00f3 a tr\u00e1mite la candidatura presidencial de Mario Vizcarra pese a su sentencia por peculado, la abogada indic\u00f3 que a\u00fan se podr\u00eda presentar una tacha en su contra por ese motivo. &#8220;El JEE tendr\u00eda que resolver motivando el cumplimiento del requisito. Igual, en caso se resuelva de manera desfavorable para \u00e9l o la tachante, puede apelar. Al final, si es as\u00ed, el Pleno del JNE tendr\u00eda que resolver&#8221;.<\/p>\n<p>Silva consider\u00f3 que a partir de los antecedentes y ja jurisprudencia, si el caso llega hasta el JNE mediante una tacha, el tribunal mantendr\u00e1 su \u201cl\u00ednea interpretativa y van a rechazar su candidatura\u201d. El abogado indic\u00f3, por otra parte, que la candidatura de Mario Vizcarra como senador a\u00fan no tiene una resoluci\u00f3n de admisi\u00f3n. En ese caso, explic\u00f3, el pronunciamiento ser\u00e1 del JEE Lima Centro 2, el cual puede tener un criterio distinto al adoptado por el JEE Lima Centro 1 en cuanto al antecedente de su sentencia por peculado.<\/p>\n<p>La respuesta de Per\u00fa Primero<\/p>\n<p>En di\u00e1logo con El Comercio, alejandro salasvocero y candidato al Senado de Per\u00fa Primero, demostr\u00f3 que la Ley 30717 no deber\u00eda aplicarse para sacar de carrera a Mario Vizcarra. En primer lugar, indic\u00f3, porque la norma se public\u00f3 a\u00f1os despu\u00e9s de la condena impuesta al hoy candidato presidencial.<\/p>\n<p>El exmininstro Alejandro Salas, vocero y candidato a senador por Per\u00fa Primero, dijo que debe primar el principio de participaci\u00f3n pol\u00edtica y la no retroactividad de las leyes. Foto: Presidencia\/Archivo.<\/p>\n<p> \u201cEl art\u00edculo 103 de la Constituci\u00f3n, que es de mayor jerarqu\u00eda, establece claramente que la ley entra en vigencia a partir de su publicaci\u00f3n y no tiene car\u00e1cter retroactivo. No tiene car\u00e1cter retroactivo. La \u00fanica forma que una ley tenga car\u00e1cter retroactivo es en materia penal cuando favorece al imputado. La Constituci\u00f3n no le da retroactividad a las normas electorales&#8221;argument\u00f3.<\/p>\n<p>Salas tambi\u00e9n cit\u00f3 los pronunciamientos en el que el TC \u201cha manifestado que si el ciudadano ya est\u00e1 rehabilitado, lo que debe de primar es el principio de participaci\u00f3n pol\u00edtica, justamente porque la ley no es retroactiva\u201d. \u201cTambi\u00e9n hay un principio de declarar con la verdad. Lo que se castiga dentro del marco del an\u00e1lisis del esp\u00edritu de la propia ley es el tratar de ocultar esa situaci\u00f3n. Mario (Vizcarra) ha declarado (su sentencia), la ha transparenteado\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n<p>El tambi\u00e9n abogado reconoci\u00f3 que el JNE ha tenido criterios propios en relaci\u00f3n con el TC y que, en el pasado, ha tenido el criterio de que \u201cmientras que esta ley no haya sido derogada, se aplica\u201d. No obstante, demostr\u00f3 que esa interpretaci\u00f3n del jurado \u201cTendr\u00eda que evolucionar ye ir acorde con la Constituci\u00f3n. El jurado no puede apartarse de la Constituci\u00f3n ci\u00f3n, las normas no son retroactivas en materia electoral\u201d.<\/p>\n<p>\u201cMario (Vizcarra) actu\u00f3 con la verdad, no actu\u00f3 con mentiras, no ha sorprendido a nadie, no se le ha descubierto nada, \u00e9l mismo lo ha dicho. Entonces, si esto llega al jurado, lo que tiene que primar es justamente esto, la Constituci\u00f3n, la buena fe del ciudadano y por supuesto la resoluci\u00f3n que dice que est\u00e1 completamente rehabilitado.\u201d, indic\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La condena por peculado que registr\u00f3 mario vizcarra en su hoja de vida candidato a la presidencia y al Senado con el partido Per\u00fa Primero puede dejarlo fuera de la contienda electoral, incluso si ya cumpli\u00f3 su sentencia y actualmente figura como rehabilitado. 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