{"id":18473,"date":"2025-12-16T16:58:17","date_gmt":"2025-12-16T19:58:17","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/12\/16\/ejecutivo-tiene-ya-facultades-para-legislar-e-incorporar-delito-de-revelacion-de-informacion-reservada-que-escenarios-le-espera-a-la-prensa\/"},"modified":"2025-12-16T16:58:17","modified_gmt":"2025-12-16T19:58:17","slug":"ejecutivo-tiene-ya-facultades-para-legislar-e-incorporar-delito-de-revelacion-de-informacion-reservada-que-escenarios-le-espera-a-la-prensa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/12\/16\/ejecutivo-tiene-ya-facultades-para-legislar-e-incorporar-delito-de-revelacion-de-informacion-reservada-que-escenarios-le-espera-a-la-prensa\/","title":{"rendered":"Ejecutivo tiene ya facultades para legislar e incorporar delito de \u201crevelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada\u201d: \u00bfQu\u00e9 escenarios le espera a la prensa?"},"content":{"rendered":"<p>el congreso de la rep\u00fablica  otorg\u00f3 facultades al Poder Ejecutivo  para legislar en materia de seguridad ciudadana  y lucha contra la criminalidad organizaday en las que se incluye la potestad para incorporar en el C\u00f3digo Penal el delito \u201crevelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales\u201d.<\/p>\n<p>De acuerdo a la Ley N\u00ba 32527, publicada este lunes en las normas legales de El Peruano, el Gobierno podr\u00e1 modificar el Decreto Legislativo 635, a fin de incorporar en referido delito, que, adem\u00e1s, se ha previsto sancionar con inhabilitaci\u00f3n en caso de ser condenado.<\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el texto que otorga facultades al Ejecutivo, se garantizar\u00e1 el derecho fundamental a la libertad de informaci\u00f3n, la libertad de prensa y el secreto profesional, vinculado a medios de prensa y periodistas.<\/p>\n<p>\u201cModificar el C\u00f3digo Penal (&#8230;) a fin de incorporar (&#8230;) el delito de revelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; as\u00ed como establecer un supuesto espec\u00edfico de inhabilitaci\u00f3n aplicable en caso de condena por dicho delito, garantizando el derecho fundamental a la libertad de informaci\u00f3n, la libertad de prensa y el secreto profesional\u201d, indica la norma.<\/p>\n<p>MIRA: George Forsyth: Los detalles de la decisi\u00f3n del Poder Judicial que ampli\u00f3 la investigaci\u00f3n  en su contraEsto forma parte de un paquete de facultades que solicit\u00f3 el gobierno de Jos\u00e9 Jer\u00ed, para legislar e incrementar las penas aplicables al delito de resistencia o desobediencia a la autoridad e incorporar el delito de suministro ilegal de servicios de telecomunicaciones en establecimientos penitenciarios.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n para crear el Subsistema Especializado contra la Extorsi\u00f3n y sus Delitos Conexos (SEEDC), as\u00ed como para actualizar las sanciones e incorporar nuevas figuras delictivas vinculadas a la miner\u00eda ilegal, entre otras.<\/p>\n<p>El presidente Jos\u00e9 Jeri, el premier Ernesto \u00c1lvarez, y ministros. Foto: PCM.<\/p>\n<p> De acuerdo a la norma publicada, ser\u00e1 deber del titular de cada sector informar a la Comisi\u00f3n de Constituci\u00f3n y Reglamento del Congreso por escrito, y dentro del plazo de 60 d\u00edas calendario desde la publicaci\u00f3n de los decretos legislativos, los avances de la implementaci\u00f3n de las medidas legislativas anunciadas.<\/p>\n<p>En el caso de la incorporaci\u00f3n del delito de \u201crevelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales\u201d en el C\u00f3digo Penal (previsto en el art\u00edculo 2.1.4) estar\u00e1 a cargo del Ministerio del Interior.<\/p>\n<p>\u201c2.1.4 Modificar el C\u00f3digo Penal, Decreto Legislativo 635, a fin de incorporar en el cap\u00edtulo III del t\u00edtulo XVIII del libro segundo el delito de revelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; as\u00ed como establecer un supuesto espec\u00edfico de inhabilitaci\u00f3n aplicable en caso de condena por dicho delito, garantizando el derecho fundamental a la libertad de informaci\u00f3n, la libertad de prensa y el secreto profesional.\u201d <\/p>\n<p>LEY N\u00ba 32527 <\/p>\n<p>Ley publicada por el Congreso que otorga facultades al Ejecutivo.<\/p>\n<p> Zuliana Lainez, presidenta de la ANP: \u201cUn periodismo sin fuentes es un periodismo que se debilita\u201d<\/p>\n<p>En di\u00e1logo con El Comercio, Zuliana Lainez, presidenta de la Asociaci\u00f3n Nacional de Periodistas del Per\u00fa (ANP) afirm\u00f3 que un aspecto positivo del texto publicado es que, a diferencia del presentado por el Ejecutivo, se incluyen las garant\u00edas para la libertad de informaci\u00f3n, libertad de prensa y sobre todo el secreto profesional de los periodistas.<\/p>\n<p>Ello, indic\u00f3, es respuesta a las primeras cr\u00edticas que se realizaron cuando el Gobierno present\u00f3 su proyecto de ley. <\/p>\n<p>Sin embargo, precis\u00f3, el problema con dicho texto es que a\u00fan sigue subsistiendo \u201cuna ambig\u00fcedad en los conceptos\u201d. <\/p>\n<p>Por ello, sostuvo que es necesario que se preciso a qu\u00e9 se refiere cuando se habla de \u201cinformaci\u00f3n reservada\u201d en una investigaci\u00f3n policial y penal, pues ello puede llevar a cabo a \u201cinterpretaciones arbitrarias y abusivas\u201d. <\/p>\n<p>Record\u00f3 que, incluso, hoy en d\u00eda, los periodistas ya est\u00e1n viendo ese tipo de interpretaciones cuando realizan pedidos de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y se le da el r\u00f3tulo de &#8216;reservada&#8217; para restringir su divulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cSi hay algo positivo, es el haber incorporado lo del secreto profesional, el respeto a la libertad de informaci\u00f3n y de prensa, pero el problema ser\u00e1n las interpretaciones que se le va a dar a eso, porque hay ambig\u00fcedad de conceptos \u00bfQui\u00e9n va a definir qu\u00e9 es una informaci\u00f3n reservada en el marco de una investigaci\u00f3n penal o actuaciones policiales? Pueden haber interpretaciones arbitrarias\u201d, advirti\u00f3. <\/p>\n<p>Medios de prensa.<\/p>\n<p> \/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > JORGE CERDANEl representante de la ANP se\u00f1al\u00f3 que si bien se dijo que esta norma no estaba dirigida a la prensa, sino a evitar filtraciones de los operadores de justicia, remarc\u00f3 que es innegable que afecta la labor de los periodistas, ya que estos tienen fuentes en diversos sectores, incluso en los operadores de justicia, que han servido para poner el foco en temas de inter\u00e9s p\u00fablico. <\/p>\n<p>Sin embargo, puntualiz\u00f3, ante regulaciones y sanciones como la inhabilitaci\u00f3n, fomentar\u00eda que las fuentes \u201cse desincentiven\u201d y ya no quieran hablar con la prensa, provocando un grado de \u201cautocensura\u201d que haga que llegue menos informaci\u00f3n a la prensa. <\/p>\n<p>\u201cIncorporar inhabilitaci\u00f3n para jueces y fiscales tambi\u00e9n va a desincentivar que las fuentes quieran hablar con la prensa y eso va a generar de que muchas fuentes, que son leg\u00edtimamente fuentes de quienes hacen trabajo informativo, se autocensuren frente a una posibilidad de inhabilitaci\u00f3n y un periodismo sin fuentes es un periodismo que se debilita.\u201d <\/p>\n<p>Zuliana La\u00ednez,  Presidenta de la ANP<\/p>\n<p>La vocera de la ANP record\u00f3 que ya existe legislaci\u00f3n, que sanciona dentro de procesos administrativos, a quienes faltan a la reserva de las investigaciones, por lo que recurrir a una \u201csobrelegislaci\u00f3n\u201d, puede llevar a criminalizar a muchos operadores de justicia, que son fuente de la prensa y que se instala la sobrecensura, que \u201ctambi\u00e9n es un ataque a la libertad de expresi\u00f3n\u201d. <\/p>\n<p>&#8220;El problema es que la formulaci\u00f3n es muy gaseosa y puede generar m\u00faltiples interpretaciones porque no hay delimitaciones claras de a qu\u00e9 llaman informaci\u00f3n reservada. Una formulaci\u00f3n tan abierta puede ser que todo sea reservado. Incluso ahora que hemos tenido atentados contra la prensa, \u00bfno podemos acceder a c\u00f3mo avanzan las investigaciones? \u00bfTodo ser\u00e1 reservado? Por eso es bueno determinar ese tipo de formulaciones&#8221;, cuestion\u00f3.<\/p>\n<p>Polic\u00edas, fiscales y jueces en la mira del poder pol\u00edtico.<\/p>\n<p> Al ser consultada sobre la constante b\u00fasqueda de legislar, desde el Ejecutivo y Legislativo, que restringen derechos de informaci\u00f3n y libertad de prensa, Lainez atribuy\u00f3 a la muestra de que el periodismo est\u00e1 haciendo su trabajo, siendo inc\u00f3modo, con destapes, ya que buena parte de las investigaciones que se hacen a los actores pol\u00edticos o grandes hechos de corrupci\u00f3n, han salido de la prensa y no, inicialmente, de los operadores de justicia.<\/p>\n<p>Record\u00f3 que fue la prensa la que en su momento denunci\u00f3 el tema de Los Ni\u00f1os, Qali Warma y el Caso Rolex. <\/p>\n<p>En ese sentido, advirti\u00f3 que lo que se busca es \u201cescarmentar\u201d a esa prensa porque est\u00e1 haciendo su trabajo y por eso, no es solo el Ejecutivo hoy, a partir de un pedido de facultades; sino tambi\u00e9n el Legislativo.<\/p>\n<p>Al respecto, precis\u00f3 que el Congreso ha intentado elevar las penas por difamaci\u00f3n, aprobar proyectos para penalizar los dichos de los colaboradores eficaces y criminalizar la revelaci\u00f3n de los contenidos de las investigaciones penales. <\/p>\n<p>Por ello, calific\u00f3 de \u201cins\u00f3lito\u201d que un pedido de facultades del ejecutivo, que adem\u00e1s de luchar contra la criminalidad, garantizar la seguridad, incluye un tema que tiene que ver con medios de comunicaci\u00f3n y que tendr\u00eda un impacto en la tarea de los y las periodistas.<\/p>\n<p>&#8220;Creo que hay un claro acoso al trabajo de los periodistas y un acoso instrumentalizando la capacidad de legislar desde el Legislativo; y en este caso, en un pedido de facultades legislativas del Ejecutivo, para escarmentar a una prensa que est\u00e1 haciendo su trabajo y que es inc\u00f3modo porque ese es el trabajo de los periodistas, ponerle luz a aquello que no quieren que se sepa. Nos quieren acotar por todos lados, criminalizar actividad, instrumentalizar de tal modo la capacidad de legislar que acoto su de actuaci\u00f3n (de la prensa).\u201d <\/p>\n<p>Zuliana La\u00ednez,  Presidenta de la ANP<\/p>\n<p>Roberto Pereira: \u201cPor tratar de establecer qui\u00e9n ha filtrado la informaci\u00f3n\u201d se procesar\u00eda a periodistas donde \u201cse les exija revelar su fuente\u201d<\/p>\n<p>Roberto Pereira, abogado penalista y especialista en libertad de expresi\u00f3n, dijo -a El Comercio- que si bien lo aprobado este lunes difiere un poco con el texto presentado por el Ejecutivo -dado que se agreg\u00f3 que se garantizar\u00e1 el derecho fundamental de la libertad informaci\u00f3n y el secreto profesional- se debe esperar los cambios al C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>\u201cEso es un avance, sin embargo, yo creo que hasta que no salga el texto de la norma no vamos a conocer los riesgos efectivos y reales de esto, porque la redacci\u00f3n es muy fundamental para poder advertir si podr\u00eda o no involucrar a periodistas\u201d, escribi\u00f3.<\/p>\n<p>Pleno del Congreso. Foto: Andina.<\/p>\n<p> Pereira advirti\u00f3 que a\u00fan cuando la redacci\u00f3n sobre el tipo penal tenga como funcionario p\u00fablico implicado a un juez, fiscal y polic\u00eda, penalmente no solo se responde a t\u00edtulo de \u201cautor\u201d; sino que la ley actual tambi\u00e9n prev\u00e9 que se responda penalmente a t\u00edtulo de \u201cc\u00f3mplice\u201d.<\/p>\n<p>&#8220;Entonces, se puede considerar, por ejemplo, que la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n por parte de un medio de comunicaci\u00f3n o un periodista se vea como complicidad en la revelaci\u00f3n de informaci\u00f3n. Entonces, eventualmente, podr\u00edan sancionar&#8221;, explic\u00f3.<\/p>\n<p>Otro aspecto que se debe tener en cuenta, expres\u00f3 el asesor de IPYS, es que se utiliza la norma para exigirle a un periodista que revele su fuente, bajo la excusa de buscar qu\u00e9 funcionario ha revelado informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEl otro punto es sobre el secreto profesional, porque en este tipo de casos lo que se busca es qui\u00e9n ha filtrado la informaci\u00f3n, qui\u00e9n ha revelado la informaci\u00f3n y eso muchas veces hace recaer un peso importante en un periodista o en un medio, para tratar de establecer qui\u00e9n ha filtrado o revelado la informaci\u00f3n, eso podr\u00eda terminar en un procesamiento a periodistas en los que se les exija revelar su fuente.\u201d <\/p>\n<p>Roberto Pereira,  abogado y asesor jur\u00eddico del IPYS<\/p>\n<p>Record\u00f3 que, en este momento, existe una investigaci\u00f3n contra el periodista Rodrigo Cruz, se ha pedido el levantamiento de sus comunicaciones y se le est\u00e1 exigiendo que revele qu\u00e9 cosa pas\u00f3 en esa interrelaci\u00f3n con su fuente, lo que demostr\u00f3 un \u201cacto de vulneraci\u00f3n al secreto de las fuentes period\u00edsticas\u201d.<\/p>\n<p>  El Poder Judicial (Fuente: El Peruano)<\/p>\n<p> De acuerdo al especialista, la norma oficializada y que se pretende legislar es \u201cinnecesaria\u201d, puesto que la justificaci\u00f3n es que se trata de jueces, fiscales o polic\u00edas que le brindan informaci\u00f3n a los delincuentes.<\/p>\n<p>No obstante, remarc\u00f3 que quienes filtran ese tipo de informaci\u00f3n es porque pertenecen a las organizaciones criminales o colaboran con ellas, en cuyo caso puede ser incriminado como un \u201cc\u00f3mplice de esas organizaciones\u201d por frustrar una investigaci\u00f3n o la diligencia. autoridad judicial. O, en otro supuesto, se trata de personas a las que le pagan o gente alquilada para dar informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&#8220;O es parte de la organizaci\u00f3n o le est\u00e1n pagando. Entonces, en ambos casos el C\u00f3digo Penal ya prev\u00e9 figuras para ese tipo de situaciones. Por ejemplo, alguien que colabore con las organizaciones es claramente un c\u00f3mplice, por ejemplo de encubrimiento, en caso se frustren diligencias para capturar o para recopilar probatorios. Y si le est\u00e1n pagando es un delito de corrupci\u00f3n, cohecho.&#8221; <\/p>\n<p>Roberto Pereira,   abogado y asesor jur\u00eddico del IPYS<\/p>\n<p>De acuerdo a Pereira, el trasfondo de querer legislar sobre este tema, en esta oportunidad, ser\u00eda \u201cen el contexto de un populismo penal\u201d. Ello, debido a que no se sabe muy bien qu\u00e9 hacer frente a un grave problema como la inseguridad ciudadana.<\/p>\n<p>&#8220;Entonces, no se sabe qu\u00e9 hacer con la inseguridad ciudadana, c\u00f3mo enfrentar este asunto, entonces dicen: hay que dar normas penales, que se agraven las penas, que se creen estos delitos, que se sancione penalmente a jueces, fiscales y polic\u00edas; cuando ya existen normas para enfrentar eso y no han funcionado. Entonces, \u00bfQu\u00e9 cosa les hace pensar que ahora va a funcionar cuando se incrementan las penas o se crean nuevos delitos como el que estamos comentando?&#8221;, cuestion\u00f3.<\/p>\n<p>Por tanto, concluy\u00f3, se tratar\u00eda de una reacci\u00f3n simb\u00f3lica para enviar el mensaje de que a partir de ahora s\u00ed se va a combatir la criminalidad de manera firme y con resultados.<\/p>\n<p>\u201cLa verdad, soy muy esc\u00e9ptico frente a esta medida porque responde al fen\u00f3meno que se ha denominado populismo penal, la demagogia de recurrir a las normas penales como un paliativo frente a la demanda ciudadana que exige a los pol\u00edticos que solucionen esto y no tienen la m\u00e1s m\u00ednima idea o las soluciones no son a corto plazo y estos entren en angustia y recurren a lo m\u00e1s f\u00e1cil que es mostrar la supuesta celeridad penal con este tipo de cosas y ac\u00e1 podr\u00eda ponerse en riesgo la libertad de informaci\u00f3n\u201d, dijo.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 dijo el Gobierno cuando present\u00f3 el pedido de facultades?El Ejecutivo present\u00f3 el pedido de facultades el 20 de noviembre. En el punto 3.1.5 inclu\u00eda modificar el C\u00f3digo Penal \u201cpara incorporar el delito de revelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales; as\u00ed como para establecer un supuesto espec\u00edfico de inhabilitaci\u00f3n aplicable en caso de condena por dicho delito\u201d.<\/p>\n<p>El Gobierno present\u00f3 ante el Congreso el proyecto de ley para que se le otorgue facultades especiales para legislar en distintas materias.<\/p>\n<p> Frente a las cr\u00edticas que despert\u00f3 ese texto, el presidente Jos\u00e9 Jer\u00ed neg\u00f3 que se busque limitar el trabajo de los medios de comunicaci\u00f3n y sostuvo que lo que est\u00e1n intentando es cautelar la informaci\u00f3n reservada y clasificada.<\/p>\n<p>A modo de ejemplo se mencion\u00f3 que si un funcionario revela los detalles de una intervenci\u00f3n a un b\u00fanker, cuando realicen el operativo ya no podr\u00e1n capturar a los delincuentes porqe se filtr\u00f3 la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por esos d\u00edas tambi\u00e9n, el primer ministro Ernesto \u00c1lvarez neg\u00f3 que el pedido de facultades busque afectar la libertad de prensa.<\/p>\n<p>\u201cNo existe ninguna voluntad de atacar o de indisponerse con la prensa. Todo lo contrario. Cuando tengamos que redactar el decreto legislativo, vamos a convocar a periodistas para que puedan revisar los borradores y ellos mismos puedan hacer sus sugerencias y recomendaciones.\u201d, se\u00f1al\u00f3 a RPP.<\/p>\n<p>Ya durante el debate en el Congreso, se a\u00f1adi\u00f3 \u201cgarantizando el derecho fundamental a la libertad de informaci\u00f3n, la libertad de prensa y el secreto profesional\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>el congreso de la rep\u00fablica otorg\u00f3 facultades al Poder Ejecutivo para legislar en materia de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizaday en las que se incluye la potestad para incorporar en el C\u00f3digo Penal el delito \u201crevelaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada en el marco de investigaciones penales y actuaciones policiales\u201d. De acuerdo a la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":46,"featured_media":18474,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[887,419],"tags":[],"class_list":["post-18473","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-ejecutivo","category-peru"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18473","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/46"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18473"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18473\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18474"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18473"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18473"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18473"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}