{"id":13537,"date":"2025-11-29T01:25:07","date_gmt":"2025-11-29T04:25:07","guid":{"rendered":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/11\/29\/pedro-castillo-por-que-la-condena-por-el-golpe-de-estado-es-juridicamente-sostenible\/"},"modified":"2025-11-29T01:25:07","modified_gmt":"2025-11-29T04:25:07","slug":"pedro-castillo-por-que-la-condena-por-el-golpe-de-estado-es-juridicamente-sostenible","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/service.codeus.ca\/index.php\/2025\/11\/29\/pedro-castillo-por-que-la-condena-por-el-golpe-de-estado-es-juridicamente-sostenible\/","title":{"rendered":"Pedro Castillo: \u00bfPor qu\u00e9 la condena por el golpe de Estado es jur\u00eddicamente sostenible?"},"content":{"rendered":"<p>La Sala Penal Especial de la Corte Suprema sentenci\u00f3 al expresidente pedrocastillo a 11 a\u00f1os, 5 meses y 15 d\u00edas de prisi\u00f3n por el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, tras determinar que incurri\u00f3 en el delito de conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n.<\/p>\n<p>La misma sanci\u00f3n recay\u00f3 sobre sus exministras Betsy Ch\u00e1vez \u2014actualmente refugiada en la Embajada de M\u00e9xico\u2014 y Willy Huertaquienes fueron hallados corresponsables de la maniobra para quebrar el orden constitucional. <\/p>\n<p>Bolet\u00edn Mientras Tanto<\/p>\n<p>H\u00e9ctor Villalobos analiza a fondo los hechos pol\u00edticos que definen la agenda, cada mi\u00e9rcoles.<\/p>\n<p>En el caso de An\u00edbal Torres, exjefe del gabinete de asesores de la PCM, la sala impuso una condena de 6 a\u00f1os y 8 meses, aunque tanto a \u00e9l como a Huerta se les suspendi\u00f3 la ejecuci\u00f3n de la pena.<\/p>\n<p>Especialistas consultados por este medio consideran que el tribunal opt\u00f3 por la figura penal con mayor solidez para evitar un rev\u00e9s en segunda instancia. La penalista Romy Chang afirma que la conspiraci\u00f3n se acredita con claridad, el exprocurador Antonio Maldonado destaca que el mensaje a la naci\u00f3n de Castillo constituye un elemento probatorio contundente, y el abogado Carlos Caro destaca que el fallo reafirma que un intento de golpe de Estado debe generar responsabilidad penal, aun cuando no llegue a concretarse. Los tres apuntan a que la sentencia tiene altos probabilidades de ser ratificada.<\/p>\n<p>Romy Chang, abogada penalista: \u201cLa conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n es bastante clara\u201d\u00bfC\u00f3mo interpreta la reciente sentencia contra Pedro Castillo?<\/p>\n<p>La sala tom\u00f3 la decisi\u00f3n de que menos posibilidades tendr\u00e1 de revocarse en segunda instancia. Eso implica el delito de conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n. Este delito no requiere probar el alzamiento en armas. Basta con probar que hubo una conspiraci\u00f3n para dar un golpe de Estado, y qu\u00e9 mejor prueba para eso que el video del mensaje a la naci\u00f3n. \u00bfQu\u00e9 se ha sacrificado con esto? La pena, porque por el delito de rebeli\u00f3n, que s\u00ed exige el alzamiento en armas, es hasta 20 a\u00f1os de c\u00e1rcel, mientras que por conspiraci\u00f3n a la rebeli\u00f3n no hablamos de penas tan altas. Ahora, creo que el Ministerio P\u00fablico de todas maneras tiene que apelar, no tanto porque sea un rev\u00e9s, sino porque evidentemente Castillo apelar\u00e1. Si el Ministerio P\u00fablico no apela, Castillo ir\u00eda solo a la sala superior a discutir una rebaja de sanci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 evidencias consideran m\u00e1s determinantes en el proceso?<\/p>\n<p>Se valoraron una serie de pruebas: mensajes, comunicaciones telef\u00f3nicas, declaraciones de testigos. Pero creo que lo m\u00e1s contundente fue el video del mensaje a la naci\u00f3n. Con esto se revela que Castillo ten\u00eda toda la voluntad de generar un golpe de Estado. Otra cosa es que no se haya podido concretar. El hecho de que fuera poco inteligente no significa que se vaya a quedar sin sanci\u00f3n penal. Por lo menos en una conspiraci\u00f3n, eso claramente calza. \u00c9l en el mensaje dice claramente que se descubrir\u00e1 el Congreso, que reorganizar\u00e1 el Ministerio P\u00fablico. \u00c9l cierra todo para acumular el poder, y materializ\u00f3 el comportamiento.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 posibilidades ve de que la sentencia sea confirmada en segunda instancia?<\/p>\n<p>Que le revoquen la condena por conspiraci\u00f3n es bien dif\u00edcil. M\u00ednimamente se confirmar\u00e1 la conspiraci\u00f3n. En el mejor de los supuestos para el Ministerio P\u00fablico, se le condenar\u00e1 por rebeli\u00f3n, pero eso lo veo un poco m\u00e1s dif\u00edcil porque me parece que los elementos de prueba no dan como para acreditar contundentemente ese delito. La conspiraci\u00f3n s\u00ed es bastante clara. Adem\u00e1s, la sala dijo que los delitos de perturbaci\u00f3n a la tranquilidad p\u00fablica y el abuso de autoridad est\u00e1n contenidos en el acto de conspiraci\u00f3n. Y creo que s\u00ed, pues el solo hecho de conspirar implica una perturbaci\u00f3n. Creo que confirmar\u00e1n ese extremo, que los delitos se subsumen.<\/p>\n<p>Antonio Maldonado, ex procurador anticorrupci\u00f3n: \u201cEl mensaje a la naci\u00f3n fue un elemento probatorio contundente\u201dMaldonado considera correcta la sentencia dictada contra el exmandatario.<\/p>\n<p> \u00bfC\u00f3mo interpreta la reciente sentencia contra Pedro Castillo?<\/p>\n<p>Me parece una sentencia correctamente impuesta. Creo que no corresponder\u00eda condenarlo por el delito de rebeli\u00f3n, no porque Castillo en verdad no tuviera la intenci\u00f3n de cometer un golpe de Estado, ni porque sus prop\u00f3sitos de alterar el orden constitucional estuvieran mitigados por una causa o prop\u00f3sito noble, sino sencillamente porque el art\u00edculo 346 del C\u00f3digo Penal es un tipo insuficiente y defectuoso, que nunca ha sido actualizado a las formas modernas de golpe de Estado, y menos de autogolpes de Estado. Por tanto, el elemento del alzamiento en armas no se configuraba. Creo que imponer una pena por una conducta que no satisface uno de los elementos m\u00e1s importantes del tipo penal de rebeli\u00f3n, que es el alzamiento en armas, habr\u00eda sido un error y una injusticia, lo que no significa que la conducta de Castillo fuera neutral o imposible de ser valorada desde el prisma del derecho penal. Y por eso me parece valiosa la interpretaci\u00f3n del tribunal respecto de encuadramiento de esa conducta en el tipo penal de conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n. Es un tipo penal que tiene el elemento de la coautor\u00eda anticipada; es decir, un acto en el cual se confabulan dos o m\u00e1s personas para la realizaci\u00f3n de un delito, y resuelven ejecutarlo. En este caso, la conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n s\u00ed me parece que se logr\u00f3 configurar.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 evidencias consideran m\u00e1s determinantes en el proceso?<\/p>\n<p>Hay medios testimoniales y el propio discurso que plante\u00f3 varios puntos, como la intervenci\u00f3n del sistema de justicia. Tambi\u00e9n se dispuso la detenci\u00f3n de la entonces fiscal de la naci\u00f3n. Fueron puntos que de por s\u00ed ofrecen un elemento probatorio contundente. Entendiendo que en la investigaci\u00f3n, en el proceso penal, se han acopiado otros elementos, otros medios de prueba que han podido construir la tesis de la conspiraci\u00f3n; es decir, de conductas e intervenciones en condici\u00f3n de coautores, cada uno realizando una parte del plan criminal.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 posibilidades ve de que la sentencia sea confirmada en segunda instancia?<\/p>\n<p>Me parece que s\u00ed. Me parece que la Corte Suprema la confirmar\u00e1. La Sala Penal de la Corte Suprema, al resolver el auto de detenci\u00f3n preliminar de Castillo, dispuesto por el juez instructor Juan Carlos Checkely en diciembre del a\u00f1o 2022, dijo que todav\u00eda faltaban muchos aspectos para ser desarrollados en la investigaci\u00f3n y plante\u00f3 hip\u00f3tesis. Yo creo que se confirmar\u00edan las hip\u00f3tesis y, por lo tanto, la sentencia por el delito de conspiraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Carlos Caro, abogado penalista: \u201cEl tribunal ha actuado adecuadamente\u201dCarlos Caro ve &#8220;posibilidades bien elevadas&#8221; de que la sentencia sea confirmada en segunda instancia. (Foto: Archivo GEC)<\/p>\n<p> \/ MARIO ZAPATA\u00bfC\u00f3mo interpreta la reciente sentencia contra Pedro Castillo?<\/p>\n<p>No es sorpresiva la sentencia. Hace aproximadamente un mes, el delito de conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n se introdujo como uno de los delitos objeto del juicio. Los mismos dos vocales que votaron por la introducci\u00f3n de ese delito son los que han votado por la condena, y el vocal que se opuso es el que ha votado de forma distinta. Entonces, digamos que fue un aviso de que podr\u00eda ser una condena no por el delito de rebeli\u00f3n, sino por conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n. Ten\u00edamos que para la defensa de Pedro Castillo y Betssy Ch\u00e1vez, no hubo nada porque solo fueron palabras, un mensaje a la naci\u00f3n que no lleg\u00f3 absolutamente a nada, pero por otro lado estaban los que planteaban la imputaci\u00f3n m\u00e1s grave, que era la rebeli\u00f3n. Esta rebeli\u00f3n, digamos, se hab\u00eda gatillado, pero no ejecutado. De hecho, la rebeli\u00f3n no se consum\u00f3. Por ese lado, creo que el tribunal ha actuado adecuadamente. No se puede decir que no hay nada porque, de lo contrario, el mensaje es que cualquier presidente o cualquier persona puede tratar de cerrar el Congreso, puede tratar de dar un golpe de Estado y, si no le va bien, no va a pasar nada. Ese no puede ser el mensaje penal. <\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 evidencias consideran m\u00e1s determinantes en el proceso?<\/p>\n<p>Lo determinante ha sido el propio mensaje de la naci\u00f3n. Es un mensaje que dio el se\u00f1or Castillo en calidad de presidente de la Rep\u00fablica, con la banda presidencial puesta, a trav\u00e9s del canal del Estado, en cadena nacional, y la orden fue dada a los \u00f3rganos policiales, que no la cumplieron porque era il\u00edcita. Eso frustr\u00f3 el plan criminal que ten\u00edan Pedro Castillo y las personas que han sido condenadas con \u00e9l. La polic\u00eda y las Fuerzas Armadas se plegaron al orden democr\u00e1tico. No funcion\u00f3 no porque ellos no lo hayan querido, sino porque la polic\u00eda y las Fuerzas Armadas no los apoyaron.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 posibilidades ve de que la sentencia sea confirmada en segunda instancia?<\/p>\n<p>Veo posibilidades bien elevadas. La negaci\u00f3n, en el sentido de decir que aqu\u00ed no pas\u00f3 nada, que solo fue un discurso, ser\u00eda un mensaje nefasto para el sistema democr\u00e1tico. En ese caso, un presidente puede intentar dar un golpe de Estado y, si le va bien, entonces el golpe se va a consumir y se va a romper el r\u00e9gimen democr\u00e1tico. Y si le va mal porque no tiene apoyo, porque no tiene la fuerza suficiente, pues se va a su casa y tampoco le va a pasar nada. Entonces, cualquiera puede venir y romper el orden democr\u00e1tico, intentar hacerlo las veces que quiera sin consecuencias. Eso ser\u00eda un mensaje muy malo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala Penal Especial de la Corte Suprema sentenci\u00f3 al expresidente pedrocastillo a 11 a\u00f1os, 5 meses y 15 d\u00edas de prisi\u00f3n por el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, tras determinar que incurri\u00f3 en el delito de conspiraci\u00f3n para la rebeli\u00f3n. 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