La lucha por los derechos civiles de las personas LGBTIQ+ en Venezuela se ha desarrollado bajo un patrón persistente de decisiones judiciales inconclusas, iniciativas legislativas archivadas y normas parcialmente existentes pero sin aplicación efectiva. Durante más de dos décadas, el país ha acumulado intentos fallidos en materia de matrimonio igualitario, identidad de género y no discriminaciónun estancamiento que responde a una combinación de factores culturales, políticos e institucionales que han frenado cualquier avance estructural. Mientras gran parte de América Latina ha avanzado en estos temas, Venezuela permanece rezagada, con consecuencias directas sobre la vida cotidiana, la documentación legal y el acceso a derechos fundamentales.
Pese a los esfuerzos de organizaciones sociales, el país se mantiene como un punto de rezago regional en materia de reconocimiento de derechos de las personas LGBTIQ+. En países de la región como Argentina, Brasil, Colombia y Chile, cuyas culturas tienen similitudes con la de Venezuela, en los últimos años se ha consolidado el matrimonio igualitario y leyes de identidad de género integrales.
“Venezuela, junto con Paraguay y otras islas del continente, es uno de los últimos países sin legislación diferenciada para la población LGBTIQ+”, señala un informe del Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+.
Matrimonio civil igualitario en Venezuela, un camino inconcluso entre tribunales y parlamento | Foto Yuri Cortez – AFPArtículo 44, el muro contra el matrimonio igualitarioEl primer gran antecedente del debate sobre el matrimonio igualitario se remonta a 2003cuando la organización Unión Afirmativa introdujo un recurso de interpretación sobre el artículo 77 de la Constitución. El caso abrió una discusión sobre el alcance de la protección a las parejas del mismo sexo dentro del marco constitucional.
En 2008, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la Sentencia 190. En ella se desarrolló que la orientación sexual constituye una categoría protegida contra la discriminación bajo el artículo 21 de la Constitución. Sin embargo, la decisión también fijó un límite determinante: el matrimonio quedó definido como una figura exclusiva para parejas heterosexuales, y se delegó a la Asamblea Nacional la creación de un mecanismo alternativo para la protección patrimonial de las parejas del mismo sexo.
Esta decisión marcó un punto de inflexión. Si bien reconoce la no discriminación por orientación sexual, al mismo tiempo cerró la vía del matrimonio civil igualitario dentro del marco constitucional vigentetrasladando el debate al ámbito legislativo.
El intento más emblemático por alcanzar la igualdad matrimonial ocurrió el 31 de enero de 2014. En esa fecha, más de 40 organizaciones consignaron ante la Asamblea Nacional un Proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario, respaldado por más de 21.000 firmas recogidas en todo el territorio nacional. El objetivo era reformar parcialmente el Código Civil, específicamente el artículo 44, que desde 1982 establece que el matrimonio solo puede contraerse entre “un solo hombre y una sola mujer”..
Identidad de género entre el reconocimiento legal y la inoperatividad institucional | Foto Federico Parra/AFPGiovanni Piermattei, presidente de la Asociación Civil Venezuela Igualitaria, recordó que el proyecto definía el matrimonio como una institución para establecer una comunidad de vida e intereses de manera igualitaria, independientemente del sexo o la identidad de género. Sin embargo, la propuesta nunca fue discutida en el pleno.
Ante la inacción legislativa, los activistas acudieron al TSJ. En enero de 2015, la Asociación Civil Venezuela Igualitaria introdujo una demanda de nulidad parcial contra el referido artículo 44. por contravenir los principios de igualdad y no discriminación de la Constitución de 1999. Aunque el recurso fue admitido en abril de 2016 bajo la sentencia N.º 313, el expediente permanece en un cajón sin una decisión de fondo que cambia la realidad de las parejas del mismo sexo. “Ni se discutió el proyecto de ley de matrimonio igualitario en la Asamblea Nacional, ni se nos dio respuesta de la Sala Constitucional sobre la inconstitucionalidad del 44”, relató el activista a El Nacional.
A esta vía se sumó la solicitud de omisión legislativacon la intención de obligar a la Asamblea Nacional a legislar sobre el tema. Sin embargo, esta acción tampoco derivó en una sentencia efectiva ni en avances concretos.
La activista y coordinadora general de Unión Afirmativa, Quiteria Franco, afirmó que el marco constitucional actual permitiría avanzar sin necesidad de reformas profundassi existe voluntad institucional. “Cualquier juez que tenga intención de ampliar el matrimonio ya tiene argumentos para hacerlo”, explicó al referirse también al artículo 23 constitucional, que establece la prevalencia de normas internacionales más favorables.
La identidad de género: 16 años de un derecho secuestradoPara las personas trans, intersex y no binarias, la situación es de “muerte civil cotidiana”, según las ONG. En 2009, la Ley Orgánica de Registro Civil incluyó el artículo 146, que teóricamente permite el cambio de nombre propio cuando este no se corresponde con el género. No obstante, Durante 16 años, el Estado ha omitido desarrollar el reglamento y los protocolos necesarios para hacer operativa esta norma.dejando a las personas trans en un limbo jurídico.
“El Estado venezolano nunca desarrolló el reglamento necesario para hacer operativo este artículo, ni inició los protocolos administrativos correspondientes”, denuncia el OVV LGBTIQ+. Esta omisión obliga a las personas a trans a portar documentos que no reflejan su identidad.lo que se traduce en humillaciones en bancos, centros de salud y alcabalas policiales.
Franco describió el calvario diario: “Imagínate una persona trans que llegue a un banco con una apariencia masculina y su cédula tenga un nombre femenino. Las humillaciones y las sospechas de delincuencia son horribles. Se les considera criminales sospechosos de falsificación de documentos”.
Incluso los pequeños avances judiciales son limitados por requisitos patologizantes. En junio de 2017, la sentencia 399 de la Sala Constitucional admitió una demanda colectiva que buscaba el reconocimiento del cambio de nombre y género en función del libre desenvolvimiento de la personalidad. El caso incluyó a activistas como Rummie Quintero.
En Venezuela no existe una ley integral contra la discriminación | Foto Federico Parra/AFPAunque la sentencia representó un avance al reconocer la posibilidad de mutabilidad del género bajo criterios específicos, ordenó a los solicitantes presentar informes psiquiátricos y psicológicos que demostraran su “condición”. Hasta la fecha, cada caso se analiza individualmente sin que exista un procedimiento expedito y administrativo para toda la población.
En diciembre de 2022, tras protestas de activistas, el gobierno anunció un nuevo protocolo para cambios de nombre. En julio de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) creó un instructivo para trámites administrativos (Resolución 230713-059), pero la norma no se ha hecho efectiva porque no ha sido publicada en la Gaceta Oficial, lo que impide a los registradores civiles acatarla.
“El obstáculo principal ha sido que hay una interpretación que da el CNE sobre lo que es sexo y género. Ellos asumen que sexo y género es lo mismo”, explicó Piermatteri, agregando que hay una demanda ante el TSJ que solicita a la Sala Constitucional que dé una definición de género, identidad de género para que el CNE pueda cambiar sus interpretaciones propias y asumir las que da el máximo intérprete de nuestra Constitución.
Uno de los casos más emblemáticos en materia de identidad de género es el de la abogada y activista Tamara Adrián.quien en 2004 introdujo un recurso para el reconocimiento legal de su identidad.
Para junio de 2026, este caso suma 22 años sin una decisión definitiva por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, convirtiéndose en uno de los expedientes más prolongados del sistema judicial venezolano en esta materia.
“Mi propio caso de reconocimiento yace con una lápida encima en la Sala Constitucional desde hace 22 años. Fue introducida el 14 de mayo del año 2004. Estamos a 2 de junio del año 2026 y no han decidido nada”, señaló.
Discriminación: leyes fragmentadas y falta de voluntad políticaVenezuela carece de una ley integral contra la discriminaciónlo que deja a las personas LGBTIQ+ en un estado de indefensión frente a abusos laborales, desalojos y crímenes de odio. Si bien entre 2010 y 2012 se aprobaron leyes que prohíben la exclusión por orientación sexual e identidad de género -vivienda, trabajo, banca y poder popular-, estas carecen de mecanismos de implementación efectivos.
La coordinadora de Unión Afirmativa destacó que Venezuela es uno de los pocos países de la región que aún no cuenta con una ley integral de no discriminación. Criticó duramente los intentos del gobierno de crear “nuevas doctrinas”, en referencia al reciente anuncio de la presidenta interina, Delcy Rodríguez, en lugar de reformar las leyes.
Sobre este punto, Piermattei indicó que recientemente su organización presentó una propuesta de Ley Orgánica contra Toda Forma de Discriminación ante la Asamblea Nacional para ser asumida como iniciativa legislativa. Sin embargo, aclaró que cualquier ley de no discriminación es incompleta si no garantiza la igualdad civil plena, incluido el matrimonio. Para él, el eje de la lucha es la dignidad humana, la cual se vulnera cuando el Estado crea categorías de ciudadanos.
“Todas las formas de discriminación tienen la misma base, que es el no reconocimiento de la dignidad de las personas a partir de una diferencia. Una ley contra la discriminación que no permite que yo acceda a la institución matrimonial es una ley que me está discriminando”, manifestó.
El Proyecto de Ley Contra Todo Tipo de Discriminación, avanzado por la Asamblea Nacional en marzo de 2023, prometía prohibir tratos diferenciales basados en la orientación sexual e identidad de género en todos los ámbitos de la vida pública. Sin embargo, tras entrar en un proceso de consulta pública, el proyecto no ha trascendido a una aprobación final.
Paradójicamente, la Ley Constitucional contra el Odio (2017) sí menciona la orientación sexual y la identidad de género como categorías protegidas. Pero la realidad, según Tamara Adrián, es que su aplicación es selectiva. “Esa misma norma no se ha aplicado en casos de odio por razones de orientación sexual, identidad de género y expresión de género, a pesar de que están ahí. Es la aplicación selectiva de la norma con multas políticas y funcionales”, dijo, refiriénd osea una cola se utiliza más para perseguir disidencia política que para proteger a comunidades vulnerables.
La población LGBTIQ+ en Venezuela continúa enfrentándose a lo que activistas describen como una “muerte civil cotidiana” | Foto Juan Carlos Hernández / AFPIncluso el sistema de justicia, a través de sus máximos representantes, ha emitido discursos que legitiman la discriminación. El OVV LGBTIQ+ ha reportado decenas de discursos con lenguaje discriminatorio por parte de figuras públicas, incluido el exfiscal general Tarek William Saab.quien llegó a calificar a las personas trans de manera despectiva, enviando un mensaje de impunidad desde la cúspide del Poder Ciudadano.
El único avance significativo reciente ocurrió en marzo de 2023, cuando la Sala Constitucional del TSJ anuló el último aparte del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM). Esta norma penalizaba con prisión de uno a tres años los “actos sexuales contra natura” dentro de las fuerzas armadas.
Sin embargo, expertos y organizaciones de derechos humanos dijeron que era un avance necesario pero insuficiente, calificándolo de formalista y carente de una protección sustantiva real para las personas LGBTIQ+ dentro de las fuerzas armadas. La Sala basó su decisión en la imprecisión de la norma y su uso, evitando pronunciarse sobre el fondo: que la orientación sexual no debe ser motivo de sanción. “La Sala perdió una importante oportunidad para garantizar plenamente la ausencia de discriminación de las personas de ese colectivo en el ámbito militar”, respondió la ONG Acceso a la Justicia en ese entonces.
Giovanni Piermattei coincidió en que la respuesta era incompleta. “Esa respuesta no quedó clara. No se sabe si ser gay o lesbiana dentro de las fuerzas armadas puede ser objeto de discriminación dentro del mismo espacio.”, advierte, señalando que todavía se conocen casos de hostigamiento contra uniformados por su orientación sexual.
Franco resaltó que hasta 2023 Venezuela era uno de los 72 países en el mundo que aún penalizaba las relaciones entre personas del mismo sexo mediante este artículo. Señaló que en 2021 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó al Estado a derogar dicha norma, pero la Asamblea Nacional reformó el COJM ese mismo año sin tocar el artículo polémico.
Venezuela también ha ignorado sistemáticamente las recomendaciones de los sistemas de derechos humanos (ONU y CIDH). Durante los ciclos del Examen Periódico Universal (EPU) de 2011, 2016 y 2022, el Estado ha recibido exhortos para legalizar el matrimonio igualitario, implementar leyes de identidad de género y sancionar crímenes de odio. Además, el retiro del país de la Organización de Estados Americanos ha provocado el desconocimiento de instrumentos clave como la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH, que obliga a los estados a garantizar la igualdad de derechos a las parejas del mismo sexo.
“De manera voluntaria, el Estado venezolano se comprometió a adoptar instrumentos normativos y mecanismos especializados para garantizar la igualdad y no discriminación por orientación sexual identidad de género o expresión de género, pero no se han cumplido. El Estado recibe las recomendaciones [internacionales]toma nota, adopta compromisos voluntarios y no hay cumplimiento”, señaló Franco.
¿Por qué los esfuerzos legales han quedado engavetados?La abogada Tamara Adrián explicó que estos bloqueos tienen raíces profundas. Una de las causas que considera ha impedido que tanto temas LGBTIQ+ como de derechos de las mujeres, salud sexual e inclusión se discutan ante las diferentes instancias del Estado es la participación en el sector político asociado al chavismo de iglesias neopentecostales evangélicas.
En este punto coincidió Permattei, quien denunció que la injerencia evangélica proviene de funcionarios que ocupan cargos de alto nivel dentro de la institucionalidad del Estadolo que les otorga una influencia directa en la toma de decisiones. “El hecho de que figuras con poder de decisión sean abiertamente cristianas evangélicas hace que el camino hacia la igualdad sea cuesta arriba”, señaló.
El activista también mencionó la falta de voluntad política como factor determinante para que todos los esfuerzos legales en materia de derechos LGBTIQ+ hayan quedado engavetados. Aunque las solicitudes han cumplido con los procedimientos legales y han sido admitidas por los tribunales, no existe la disposición de generar sentencias definitivas, asegurado.
Siguiendo el factor político, Adrián agregó que la excusa de la “prioridad” nacional también forma parte de los bloqueos.. Indicó que los políticos utilizan el argumento de que “no es el momento” o que existen “cosas más urgentes” (como la crisis económica o la democracia) para postergar indefinidamente estos derechos. A esto sumó que el Poder Judicial está totalmente determinado por el Ejecutivolo que impide cualquier decisión independiente que favorezca a la comunidad a través de litigios estratégicos, mientras que la ignorancia y desprecio deliberado por los estándares internacionales y nacionales de derechos humanos por parte de las autoridades también influye.
Por otro lado, indicó la exdiputada, el peso de los militares en la toma de decisiones políticas también es un frenoporque este sector suele ser poco abierto a temas de igualdad de género y derechos LGBTIQ+. Recordó que en algún momento más del 50% de los ministros de la nación eran miembros activos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, mientras que aproximadamente el 70% de los viceministros eran activos o militares retirados.
La investigadora Quiteria Franco reconoció que el principal obstáculo no es jurídico sino político.. “Es claro que cuando no se quiere reconocer, se le buscan cinco patas al gato”, señaló.
Sin embargo, más allá de la problemática política y jurídica, Franco sitúa el problema en el terreno cultural y social. “En Venezuela hay una pintura machista y una actitud del ‘chalequeo’ que en realidad esconde un profundo rechazo a lo diferente”, afirmó, al describir cómo la burla cotidiana se convierte en un mecanismo de exclusión.
Los activistas recordaron que en noviembre de 2020 se creó la Defensoría Delegada Especial para la Protección de las Personas de la Sexodiversidad. Pero a más de un brillo de su creación, la califican como una “estructura fantasma”.
Franco también mencionó que en el período legislativo 2020-2025 se logró la creación de una subcomisión para la sexodiversidad, pero afirmó que “de ahí no salió nada”. Añadió que la subcomisión de cultos era la principal responsable de frenar cualquier avance.
“Cuando un Estado niega o no protege los derechos humanos, se genera una exclusión social, cultural, económica y laboral”, explicó Adrián. Esta inacción institucional profundiza la impunidad en un país donde se documentan cientos de incidentes de violencia y discursos de odio anualmente sin respuesta estatal.
La situación es especialmente crítica en materia de crímenes de odio. Según registros de organizaciones civiles, entre 2009 y 2017 se contabilizaron 109 asesinatos de personas LGBTIQ+. “Se desconoce el estatus de todas las investigaciones. Se puede deducir que la impunidad de los crímenes de odio se encuentra en el 100%”, señala el informe de Unión Afirmativa de 2020.
El Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ también registró un preocupante número de 461 incidentes de violencia y discriminación dirigidos hacia individuos LGBTIQ+ durante el año 2023.
A este panorama se suma el cierre sistemático del espacio cívico. Debido a la crisis económica, la migración de activistas y la persecución política exacerbada por las leyes de fiscalización de ONG, al menos 15 organizaciones que trabajaron con personas LGBTIQ+ tuvieron que cesar sus operaciones o bajar su perfil distribuido entre 2024 y 2025 para proteger la integridad física y emocional de sus miembros.
El costo humano de la invisibilidad legal de las personas LGBTIQ+La ausencia de un marco legal protector en Venezuela no solo genera vacíos jurídicos, sino que condena a las personas LGBTIQ+ a una exclusión estructural que afecta su dignidad y supervivencia diaria.
La desprotección patrimonial es una de las mayores angustias para las parejas de años. En caso de separación o muerte de uno de los miembros de la pareja, no existen mecanismos legales para reclamar bienes comunes, quedando estos habitualmente en manos de la familia consanguínea del fallecido. Además, las parejas no pueden acceder a créditos bancarios conjuntos para vivienda o vehículos, ni pueden incluir a sus compañeros en seguros de salud empresarial. “Es muy triste cuando se te muere tu pareja de muchos años y luego ni siquiera tienes derecho a decidir sobre cómo se entierra o dónde se entierra. A veces ni se le permite enterrar a la pareja”, manifestó Franco.
La falta de identidad legal para las personas trans se convierte en una barrera casi imposible de superar, forzándolas a una situación de precariedad económica y social extrema que las empuja a los márgenes de la sociedad. Además, se genera un Proceso sistémico de exclusión en las áreas social, cultural, económica y laboral.impidiendo el goce efectivo de los derechos humanos que son interrelacionados, explicó Tamara Adrián.
Franco añadió que las personas trans enfrentan humillaciones constantes en instituciones. También quedan expuestos a maltratos y vejaciones por parte de funcionarios de seguridad en los puntos de control policial y militar a lo largo del país.
En el ámbito económico, la vulnerabilidad es extrema. El informe de Unión Afirmativa de 2020 reveló que para ese entonces 98,6% de la población LGBTIQ+ consultada vivía en condiciones de pobreza laboral extrema. La crisis de salud también golpea de forma diferenciada: 100% de las personas trans reportó en ese momento no tener acceso a hormonas dentro del sistema público, viéndose obligadas en algunos casos a consumir hormonas de uso animal para no detener su transición.
La ausencia de leyes de matrimonio e identidad impide que las víctimas de violencia intragénero puedan denunciar o acceder a mecanismos de protección.porque el agresor utiliza el “outing” (amenaza de revelar la orientación sexual) como herramienta de chantaje. El boletín de enero de 2026 del Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ sobre violencia intragénero documentó 33 casos de agresiones entre parejas del mismo sexo.
El rezago de Venezuela es indiscutible cuando se mira al resto del continente. Tamara Adrián destaca que hoy día El 90% de la población de América Latina y el Caribe vive bajo leyes que garantizan la igualdad ante la ley en materia de matrimonio o uniones civiles.
Argentina aprobó el matrimonio igualitario en 2010; Brasil lo hizo en 2013; Colombia en 2016; Costa Rica en 2020 y Chile en 2021. Incluso países como Bolivia y Ecuador han avanzado en el reconocimiento de la identidad de género sin requisitos patologizantes. En Suramérica, solo Paraguay, Guyana y Venezuela siguen sin permitir que parejas del mismo sexo formen una familia legalmente con plenos derechos.
¿Existe una ventana de oportunidad para las personas LGBTIQ+?Recientemente, el debate se reactivó tras declaraciones de figuras del gobierno que mencionaron la “diversidad como derecho humano”. La mandataria encargada solicitó al TSJ construir una doctrina sobre la diversidad, lo que ge Nerón reuniones de activistas LGBTIQ+ con magistrados de la Sala Constitucional y representantes de la Defensoría del Pueblo.
En representación de su organización Venezuela Igualitaria, Piermattei planteó durante las mesas de trabajo con el TSJ la necesidad de generar sentencias definitivas sobre las demandas que reposan en el tribunal desde hace años (matrimonio igualitario, identidad de género y familias homoparentales). Además, el activista enfatizó ante los magistrados que la Sala Constitucional no necesita empezar de cero, pues ya existe una base doctrinaria en la Sentencia 1187 del año 2016, que reconoció derechos a las familias homoparentales basadas en la “voluntad procreacional”.
Piermattei destacó en estas reuniones que el TSJ tiene la potestad de declarar el matrimonio igualitario legal en Venezuela de forma inmediata mediante una sentencia de legislación normativa, sin necesidad de esperar a que la Asamblea Nacional legisle, fijando un plazo para que el parlamento formalice la norma posteriormente.
En paralelo a las reuniones con el TSJ, los activistas también conversaron con representantes de la Defensoría del Pueblo. Piermattei destacó que la importancia de este ente radica en su competencia para brindar acompañamiento y garantía de derechos humanos a poblaciones vulnerables. Explicó que este órgano tiene la potestad de adherirse a las causas emprendidas por los movimientos sociales o de incidir directamente ante la Sala Constitucional para solicitar respuestas positivas a las demandas pendientes.
Sin embargo, el escepticismo predomina entre los expertos. El mismo Piermattei admitió que aunque tiene una “expectativa positiva”, mantiene el temor de ser instrumentalizados una vez más.. “Recuperamos la confianza a partir de que la presidenta encargada nos llamó, pero todavía tenemos la incertidumbre porque no han terminado de ocurrir las cosas”, dijo, afirmando que no podrá hablarse de una intención real hasta que no se vean efectivas las demandas básicas.
Quiteria Franco es más contundente en su desconfianza: “Aquí no necesitamos ninguna doctrina. Aquí lo que necesitamos es que se modifican las leyes para que todos seamos iguales ante la ley. Eso es seguirle dando largas al asunto”. Para Franco, el problema es puramente político y de falta de firmeza para afrontar el costo electoral que algunos políticos temen perder ante grupos conservadores.
Tamara Adrián también duda de que esta supuesta apertura sea real si no viene acompañada de instrucciones claras que rompen el bloqueo institucional. “Es un uso partidista… la típica zanahoria para que el burro camine en tiempo de elecciones”, afirmó.
Las leyes como motor de transformación.La urgencia de un marco legal integral no es un capricho de un grupo, sino una necesidad de supervivencia y dignidad humana. Giovanni Piermattei sostiene que el eje medular de la lucha es la dignidad. “Una vez que el Estado reconoce que las parejas del mismo sexo pueden unirse está mandando mensajes no solo legales sino simbólicos a la sociedad de que somos personas dignas”, argumentó.
Legalizar el matrimonio y la identidad de género educaría a una sociedad que hoy se nutre del odio y el rechazo a la diferencia. “Las leyes educan. Son el instrumento para comenzar a generar además políticas públicas que garantizan la progresividad de los derechos. Al aprobar leyes a favor de las personas LGBTIQ+ el Estado está dejando de cuestionar nuestra dignidad, por lo tanto está mandando un mensaje simbólico. La cultura va a comenzar a transformarse a partir de allí. No es que vamos a esperar que la cultura cambie para que podamos tener derechos”, señaló Piermattei al explicar que, Dado que la discriminación en Venezuela es un problema estructural, la cultura no cambiará por sí sola de manera espontánea, sino que necesita de la ley como motor de transformación..
Argumento que el reconocimiento legal por parte del Estado envía un mensaje simbólico de dignidad que obliga a las instituciones y la sociedad a replantearse sus prejuicios. “El que el Estado no reconoce nuestra dignidad permite que los funcionarios de los cuerpos de policía sigan atacándonos, agrediéndonos y violentos”, advirtió Piermattei en referencia a lo ocurrido recientemente un sauna de la comunidad LGBTQI+ de la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, donde agentes realizaron un violento operativo y arrestaron a casi 30 personas por presuntamente “ejercer el delito de la homosexualidad”, una figura jurídica inexistente en el Código Penal venezolano.
Avanzar legalmente también permitiría recolectar datos oficiales, hoy inexistentes, sobre la situación real de las personas LGBTIQ+ en materia de empleo, salud y seguridad.. Sin estadísticas, la población permanece invisible para las políticas públicas, perpetuando un ciclo de exclusión que empuja a millas de venezolanos al exilio.
El balance general muestra un país donde Los derechos de las personas LGBTIQ+ existen en el plano declarativo, pero no en la práctica. La distancia entre norma y aplicación ha producido un sistema en el que el reconocimiento legal no garantiza protección real. Mientras tanto, la región avanza hacia modelos de igualdad jurídica más amplios, ampliando la brecha entre Venezuela y el resto de América Latina.