El panorama migratorio para la diáspora venezolana en España ha dado un giro definitivo. Tras años de una flexibilización que permitió a miles de venezolanos obtener estatus legal, el gobierno español decidió clausurar la concesión de la residencia temporal por razones humanitarias. Esta vía, que desde 2018 operaba como una alternativa automática para aquellos a quienes se les denegaba el asilo político, ya no está contemplada.
el asesor jurídico en Derecho de Extranjería y Migración en España Alejandro Abadí explica que el argumento central del Ejecutivo español no responde a una decisión aislada, sino que coincide estrictamente con la entrada en vigor del Pacto Europeo sobre Migración y Asilo (PEMA).
“Este nuevo sistema ya no contempla una vía como la autorización de residencia por razones humanitarias que España venía concediendo a ciudadanos venezolanos tras la denegación de su solicitud de asilo. El PEMA impone un marco común y homogéneo para todos los Estados miembros de la Unión Europea, eliminando los salvoconductos discrecionales de carácter nacional”, aclara.
Por tanto, quienes introdujeron solicitudes de protección internacional en los primeros meses de este año y aún esperan respuesta de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) son directamente los más afectados por esta medida, comenta Abadí.
Respecto a quienes están tramitando el asiloadvierte que, de ser denegado por no cumplir los requisitos de refugiado, ya no existirá la opción de rebotar hacia la vía humanitaria.ya que la figura ha sido completamente suprimida para estos supuestos.
De acuerdo con datos oficiales de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) de España y los balances analizados por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Venezuela encabezó las solicitudes de protección internacional en Españaun flujo que se ha consolidado en el último año debido al endurecimiento de políticas migratorias en otros destinos tradicionales como EE UU.
Asimismo, de las más de 144.000 solicitudes de asilo que procesan España anualmente, los ciudadanos venezolanos suelen abarcar entre 35% y 40% del total.
La vigencia de la TIE y el reto de la renovaciónPara las millas de venezolanos que actualmente tienen una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) bajo la modalidad humanitaria, el abogado aclara que no hay una pérdida inmediata de la legalidad. La autorización mantiene su validez hasta la fecha de vencimiento impresa en el documento. Aunque, según comenta, el desafío estará en el momento de su renovación.
“El cambio se produce al momento de la renovación, ya que esta autorización dejará de renovarse automáticamente, como venía ocurriendo”, asegura el experto.
Sobre las alternativas para los migrantes venezolanos, existen algunas vías ordinarias de la Ley de Extranjería como contratos por cuenta ajena, empleo por cuenta propia, arraigos por vínculo familiar con un ciudadano español o de la Unión Europea o por ser menor de edad.
Abadí señala que este cambio en las reglas de juego no afecta los derechos ya adquiridos en materia de nacionalidad española. “El tiempo transcurrido con una autorización de residencia por razones humanitarias continúa computando para el beneficio que tienen los ciudadanos iberoamericanos de solicitar la nacionalidad española tras dos años de residencia legal y continuada”explica.
No obstante, el experto aclara que el tiempo de permanencia como solicitante de protección internacional no computa para acceder a las autorizaciones de residencia temporal por arraigo, ya que la situación no se considera una permanencia irregular. En otras palabras, quienes han permanecido durante años con una solicitud de asilo en trámite no cumplen con el requisito de permanencia en situación irregular exigido para acceder a esta vía de regularización.
La carrera contra el reloj: el Real Decreto 316/2026Ante la supresión de la vía humanitaria, el gobierno español habilitó un proceso extraordinario de regularización mediante el Real Decreto 316/2026cuyo plazo de presentación de solicitudes vence, de forma imprrorrogable, el 30 de junio de 2026.
La medida está dirigida a personas extranjeras en situación irregular que ingresaron en España antes del 1º de enero de 2026 y acreditan una permanencia continuada de, al menos, cinco meses. Además, deberá cumplir alguno de los requisitos previstos en la norma, como disponer de una oferta o precontrato de trabajo, convivir con su unidad familiar o acreditar una situación de vulnerabilidad mediante el correspondiente informe emitido por los servicios sociales o una entidad autorizada.
Asimismo, pueden acogerse a este régimen excepcional los solicitantes de protección internacional que hubieran presentado su solicitud antes del 1º de enero de 2026. Se trata de la única vía extraordinaria que permite que el tiempo transcurrido como solicitante de asilo sea tenido en cuenta para acceder a una autorización de residencia temporal por arraigo.
Sin embargo, el criterio temporal es estricto. Quienes hayan ingresado en España o presentado su solicitud de protección internacional después del 1º de enero de 2026 quedan excluidos de este proceso extraordinario.
Aun así, el asesor jurídico subraya que quedará fuera del ámbito de aplicación del decreto. no implica una desprotección inmediata. Mientras la solicitud de asilo permanezca en trámite, la persona mantiene sus derechos, obligaciones y la documentación provisional que acredita su situación administrativa. En caso de una resolución denegatoria, las alternativas pasarán por la interposición de los recursos administrativos o judiciales correspondientes. También por una evaluación individualizada de cada caso para determinar la estrategia jurídica más adecuada.
Alerta ante el fraude en tiempos de incertidumbreAlejandro Abadí advierte que la desesperación es el escenario ideal para las mafias migratorias. Ante la cercanía del límite del 30 de junio, se encienden las alarmas sobre la proliferación de ofertas dudosas, falsos precontratos de trabajo o promesas de resultados garantizados.
El experto señala que el error más grave y común es dejarse llevar por experiencias ajenas o asesorías informales. “El principal error es dejarse asesorar por personas sin formación especializada en extranjería. En momentos de incertidumbre es frecuente confiar en conocidos, familiares o en experiencias de terceros, pero cada caso es diferente”, dice.
La recomendación en esta nueva era de migración restrictiva y selectiva es clara: acudir exclusivamente a profesionales acreditados en derecho de extranjería para trazar estrategias personalizadas y seguras, esquivando prácticas fraudulentas que podrían acarrear la expulsión definitiva del territorio español.