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    El Consejo de Estado tumbó la elección de Jorge Andrés Carrillo como presidente de ISA por presuntos vicios e irregularidades en el proceso.

    Noticia

    La Sección Quinta del alto tribunal determina que sí se configuró el vicio de expedición irregular, lo cual es suficiente para anular la elección.

    Jorge Carrillo, presidente de ISA. Foto: ISA

    PERIODISTA DE MEDELLÍN26.02.2026 22:39 Actualizado: 26.02.2026 23:23

    La Sección Quinta del Consejo de Estado, a través de una sentencia emitida el pasado 27 de enero de 2026 y comunicada a eso de las 9:21 pm de este jueves 26 de febrero, Tumbó la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica SA ESP (ISA).

    Esta decisión responder a una demanda que se presentó desde 2024 en la cual se señalaba que el acto de elección había estado afectado por vicios de expedición irregular, infracción de las normas en que debían fundarse e incumplimiento de requisitos de elegibilidad.

    El Consejo de Estado determinará que, en efecto, se configuró el vicio de expedición irregular, con capacidad suficiente para afectar la validez del acto demandado.

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    El Consejo de Estado tumbó la elección por irregularidades en el proceso. Foto:Consejo de Estado

    La decisión de la Sala QuintaCon precisión, la Sala Quinta del tribunal desarrolló que se realizó una modificación sustancial en los criterios de evaluación cuando el proceso de selección del presidente de ISA ya se encontraba avanzado y se había realizado una primera calificación de los aspirantes. En dicho proceso, Carrillo había ocupado los últimos lugares.

    En el documento informativo, el tribunal supremo explicó que la modificación realizada en los criterios de evaluación incidió de manera determinante en el aumento de la puntuación de Carrillo. Según la corte: “Le permitió ascender a las primeras posiciones, mientras que la puntuación de los demás se vio disminuida.”.

    La Sección Quinta también señaló que durante el proceso de deliberación se evidencia que la Junta Directiva de ISA trabajaba de manera directa funciones técnicas de evaluación y depuración que correspondían exclusivamente al Comité de Talento Organizacional. En ese sentido, el tribunal explicó: “La Junta Directiva excedió su ámbito competencial, el cual se limitaba a elegir al presidente a partir de la terna remitida por dicho comité”.

    Además, la corte informó: “Se observará que fueron desatendidos, sin una justificación expresa, objetiva y verificable, los resultados de la evaluación realizada por la firma cazatalentos respecto de la postulación del señor Jorge Andrés Carrillo Cardoso”.

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    Jorge Andrés Carrillo Cardoso Foto:EPM

    Al respecto del informe, el tribunal agregó: “Esta conclusión es que Carrillo no debía ser considerado para un cargo de alta dirección en una empresa de infraestructura grande, regional, pública. y financieramente sofisticada como ISA, por lo que las características de su perfil lo ubicaban como un candidato de menor viabilidad”.

    Luego, en el comunicado el Consejo de Estado entró a explicar la lógica detrás de su decisión.

    El informe concluyó que Carrillo no debía ser considerado para un cargo de alta dirección en una empresa de infraestructura grande, regional, pública y financieramente sofisticada como ISA

    SALA QUINTA DEL CONSEJO DE ESTADO

    “Para la Sala Electoral, estas irregularidades vulneraron el principio de moralidad administrativa, en la medida en que los miembros del órgano de dirección debían actuar con integridad, objetividad y sujeción estricta al interés general, tal como lo exige el artículo 209 de la Constitución Política. En relación con los requisitos de experiencia e idoneidad, se precisó que el demandado cumplió el requisito general de 15 años de experiencia, necesario para ocupar la presidencia de ISA”, se lee en el documento.

    A renglón seguido, agregan: “De igual modo, indicó que la existencia de investigaciones penales en etapa de indagación no constituye causal de exclusión, en respeto al principio de presunción de inocencia consagrado en el artículo 29 constitucional”.

    Como punto clave del documento, el Consejo de Estado ordenó que se retome el procedimiento de selección del presidente de ISA desde el momento anterior a la modificación de los requisitossin incluir a los participantes que se retirarán del proceso.

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    Decisión del Consejo de Estado. Foto:EL TIEMPO.

    Al final del texto, el tribunal sentenció: “La Sala consideró que se encontraba plenamente acreditado el vicio de expedición irregular del acto acusado y, en consecuencia, declaró la nulidad de la elección del señor Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de ISA”.

    ‘Impedimos que a ISA le pasara lo que le pasó a EPM’EL TIEMPO contactó a uno de los demandantes de la elección de Carrillo como cabeza de ISA, el diputado Luis Eduardo Peláez Jaramillo, quien reaccionó al fallo del tribunal.

    “El fallo representa un triunfo para los procesos en las empresas industriales y comerciales del Estado.pero también una victoria para el control político y jurídico. Como diputado me siento contento porque fui quien interpuso y luchó la demanda frente a un recurso de súplica que presentó ante la Sala Plena del Consejo de Estado”, inició asegurando Peláez.

    El diputado continuó: “Nunca nadie había exigido una elección de una empresa industrial y comercial del Estado. nacional ni a su gerente, es la primera vez que ocurre. Incluso, muchos juristas me advertían que era casi imposible. pero hoy se ve el resultado. Fueron más o menos dos años de lucha”.

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    El diputado Luis Peláez fue uno de los demandantes de la elección de Carrillo como presidente de ISA Foto:Asamblea Departamental de Antioquia.

    Peláez se refirió, precisamente, a la decisión emitida por el tribunal: “Lo que empieza mal debe terminar mal. El Consejo de Estado dice que el acto fue expedido irregularmente, que Carrillo no estaba en la convocatoria y que se expidieron no solo actos irregulares para poderlo nombrar, sino que incluso hay dudas en la experiencia que él decía certificar”.

    Finalmente, el diputado antioqueño sentenció: “Impedimos que a ISA le siguiera pasando lo que en su momento le pasó a Empresas Públicas de Medellín”.

    Es vital subrayar que la decisión de la Sala Quinta del Consejo de Estado es de única instancia, es decir, no proceden apelaciones contra la misma

    NICOLÁS TAMAYO ESCALANTE

    Periodista de Nación, en Medellín.

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