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Tuesday, December 23, 2025
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    Fernando Rospigliosi sobre pensión de Dina Boluarte: “No ha sido una decisión política”

    El presidente del Congreso de la República, Fernando Rospigliosiaclaró que la decisión de ese poder del Estado de no otorgarle una pensión vitalicia a la vacada expresidenta Dina Boluarte fue adoptada en función de las normas legales vigentes.

    Durante su presentación en el programa Siempre a las ochoconducido por Milagros Leiva y transmitido por el canal de YouTube de El Comercioañadió que “no ha sido una decisión política”, sino una decisión “estrictamente legal”.

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    “Yo tengo que respaldar la decisión que se ha tomado en función de las normas legales vigentes. Quiero insistir que es una decisión legal, institucional, no es política. En este caso ha sido la oficina de asesoría legal la que ha decidido eso”, declaró Rospigliosi.

    Un reciente informe del Área de Asesoría Laboral del Congreso concluye que resulta improcedente la solicitud de pensión vitalicia requerida por la expresidenta Dina Boluarte (2022-2025) al no cumplir los requisitos que establece la Ley 26519, según reveló “Cuarto Poder”.

    De acuerdo con el documento presentado por el dominical, dicho beneficio es una forma de “reconocimiento” a quien ejerció el más alto cargo en el país de manera íntegra durante los cinco años que establece la Constitución.

    Al respecto, el documento destaca que Dina Boluarte no fue elegida por mandato popular, llegó al Palacio de Gobierno por sucesión constitucional. y no conclusiones su mandato al ser vacada por el Congreso por incapacidad moral permanente.

    “Última ratio es que la pensión sea una forma de reconocimiento de parte de quien representa a la Nación a quien ejerció de manera proba, por un período completo, el más alto cargo de servicios al país, y por ello, necesariamente tendría que otorgársele a un expresidente constitucional elegido por mandato popular que haya ejercido el cargo durante un período íntegro”, expresa.

    “En dicho contexto, somos de la opinión que resulta improcedente la solicitud de pensión requerida por la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra en su condición de expresidenta de la Repúblicapor sucesión presidencial”, agrega.

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