Puntos clave Una nueva extensión de 60 días mantiene a Venezuela bajo un marco de “emergencia económica” que amplía la discreción ejecutiva. El decreto apunta a los impuestos, los fondos públicos y las adquisiciones, incluido el poder de revocar exenciones y ordenar compras internas. La cuestión más importante es la previsibilidad: decisiones más rápidas pueden significar cambios políticos más pronunciados para los residentes y las empresas. El gobierno de Venezuela ha extendido su “estado de emergencia económica” a nivel nacional por otros 60 días, una medida que mantiene vigentes poderes económicos extraordinarios en virtud del Decreto No. 5.190, publicado en el Boletín Oficial Extraordinario (No. 6.944).
Sus partidarios lo describen como una herramienta necesaria en un país todavía expuesto a shocks externos y restricciones financieras. Los críticos ven algo más: una normalización en curso del gobierno por excepción.
Lo que hace que valga la pena observar la renovación no es el eslogan sobre “circunstancias extraordinarias”, sino el conjunto de herramientas prácticas que preserva.
En materia de impuestos, el decreto permite a las autoridades suspender la aplicación y recaudación de tributos de forma general, incluso en todas las regiones y municipios.
Venezuela renueva el decreto de emergencia, que permite cambios rápidos en impuestos, fondos y adquisiciones. (Foto reproducción de Internet) También faculta al estado a suspender algunas exenciones fiscales y, en su lugar, recaudar esos impuestos. En términos sencillos, el gobierno puede aflojar o endurecer rápidamente el control fiscal, dependiendo de lo que quiera proteger, castigar o financiar.
En materia de flujo de caja, autoriza la centralización de tasas y aportes especiales en el Tesoro Nacional y permite la redirección de recursos de los fondos existentes.
Eso es importante porque puede desviar dinero que agencias, programas u organismos locales esperaban controlar, concentrando las decisiones en Caracas. En cuanto a la aplicación, exige mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y elusión fiscal.
En política industrial, va más allá: el decreto permite al Estado establecer mecanismos y porcentajes de compras obligatorias de producción nacional, explícitamente para promover la sustitución de importaciones.
Para las empresas, eso puede traducirse en reglas de abastecimiento obligatorias, cambios en las cadenas de suministro y contratos con previo aviso limitado. Dos cláusulas subrayan el carácter excepcional de la medida.
El decreto suspende, mientras dure, el principio constitucional de “reserva legal” en asuntos económicos, financieros y monetarios, ampliando el espacio para la reglamentación basada en decretos.
También ordena la cooperación de los organismos estatales, las agencias de seguridad y las fuerzas armadas en la implementación. Los funcionarios justifican la extensión citando la turbulencia comercial global vinculada a la política arancelaria estadounidense, los riesgos de recesión y el impacto continuo de las sanciones unilaterales.
Para las personas y las empresas en el extranjero, el mensaje es simple: Venezuela está eligiendo velocidad y control, y esa elección remodela el riesgo legal y comercial en tiempo real.