El gobierno del presidente Javier Milei quiere presentar un nuevo proyecto de ley que establecería las reglas básicas para las administraciones en todos los niveles de gobierno argentino, impidiéndoles incurrir en déficit.
La “Ley de Compromiso Nacional con la Estabilidad Fiscal y Monetaria” -surgida del “Consejo de Mayo” de Milei- introduciría mecanismos legales destinados a garantizar un presupuesto equilibrado y evitar déficits gubernamentales.
El proyecto de ley prohibiría el gasto excesivo por parte de los gobiernos central, provincial y municipal con el objetivo de evitar el riesgo fiscal.
También introduciría sanciones para los funcionarios que se desvíen de las reglas y las autoridades del Banco Central que violen la regla de imprimir únicamente dinero que garantice el equilibrio.
Puntos clave:
Normas fiscales y presupuestarias
El primer inciso del proyecto de ley establece directrices estrictas en cuanto al “Resultado Financiero”, disponiendo que “el Presupuesto General de la Administración Nacional debe proyectar un resultado financiero equilibrado o superávit” y prohíbe de manera inequívoca “la aprobación de una ley general de presupuesto que contemple un déficit”.
Se proporciona un “mecanismo de ajuste” al implementar el presupuesto. Si ello implica “disminuir los ingresos previstos o aumentar el gasto más allá de las estimaciones originales, poniendo en riesgo el cumplimiento de las normas”, el Jefe de Gabinete está autorizado a “adoptar las medidas necesarias para restablecer el equilibrio”, previa presentación de un Informe de Sostenibilidad Fiscal.
Los recortes deben adoptarse “en primer lugar en los ámbitos que legalmente no están sujetos a un importe mínimo de gasto”.
Además, para reforzar la disciplina del gasto, “ningún funcionario del Gobierno podrá asumir compromisos de pago, autorización, aumento o modificación de gastos no autorizados por la ley general de presupuesto y que carezcan de los fondos debidamente acreditados para sus finanzas”.
Además, el gobierno debe “abstenerse de solicitar anticipos transitorios al Banco Central con el objetivo de financiar el gasto primario”.
Disciplina presupuestaria en el Congreso
Para controlar el impacto fiscal de las iniciativas legislativas, se introduce un “Informe sobre el impacto presupuestario a medio plazo”. Esto se exige como “requisito previo al tratamiento en comisión” de “todo proyecto de ley que implique gasto de cualquier naturaleza, que origine o modifique gasto o que afecte los ingresos del sector público nacional”.
El informe debe contener “una estimación del impacto fiscal de la medida y la identificación específica de la fuente de ingresos o la reducción del gasto necesaria para mantener la coherencia con la regla fiscal del resultado financiero”.
Además, se implementa una regla de “vigencia diferida” por la cual “toda ley que establezca o autorice gastos no previstos en el presupuesto general comenzará a regir una vez que se incluyan específicamente las asignaciones correspondientes en la ley general de presupuesto tras su aprobación”.
Se exceptúa cuando la ley “garantiza su financiamiento mediante la asignación de fondos concretos, específicos, actuales y suficientes, sin afectar el resultado financiero equilibrado o superávit”.
Legislación anuladora y sanción penal
La propuesta legal establece consecuencias directas en el derecho penal por no atender las reglas fiscales:
– Nulidad: “Toda norma aprobada en violación de lo dispuesto en esta ley quedará sin efecto”.
– Sanciones penales por gasto irregular: Los funcionarios que violen las normas fiscales contenidas en la Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria serán sancionados con penas de prisión de uno a seis años con inhabilitación absoluta para cargos públicos si “regla, aprueba, autoriza o implementa normas administrativas que modifiquen o aumenten el gasto público previsto en el Presupuesto General sin contar con los fondos debidamente acreditados previstos para su financiamiento”.
– Sanciones penales por la impresión irregular de dinero: También se propone “pena de prisión de tres a 10 años e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos” a “las autoridades del Banco Central que ordenen, autoricen o impriman moneda legal en violación de las prohibiciones y normas establecidas en su Carta Orgánica”.
– TIEMPOS/NA
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