23.7 C
Buenos Aires
Wednesday, December 24, 2025
More

    PJ multa a procurador del JNE con S/10.700 por “conducta dolosa” en caso de inscripción de Unidad Popular

    El Primer Juzgado Constitucional de Lima impuso una multa de 20 Unidades de Referencia Procesal (S/10.700) al procurador del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Ronald Angulo Zavaletapor “conducta dolosa” en el caso de la inscripción del partido Unidad Populardel expresidente del Poder Judicial (PJ) Duberlí Rodríguez.

    La sala justificó su decisión en la “manifiesta temeridad y mala fe” del abogado del organismo electoral por persistir “reiteradamente” en su pedido de suspensión del trámite procesal, pese a que la resolución cautelar competencial no dispone lo que pretende.

    Boletín Mientras Tanto

    Héctor Villalobos analiza a fondo los hechos políticos que definen la agenda, cada miércoles.

    LEER MÁS: Presidente del JNE: “No vamos a aceptar que otros poderes se inmiscuyan y quieten el trabajo que realizamos”“Imponer al Procurador Público Ronald Johanne Angulo Zavaleta en atención a lo previsto por el artículo 50° inciso 5) del Código Procesal Civil, multa ascendente a 20 Unidades de Referencia Procesal, por su manifiesta temeridad y mala fe, esto es, por tener una conducta dolosa en el proceso, en tanto, a pesar de que la resolución cautelar competencial no dispone lo que aquel pretendiente, persiste reiteradamente en su pedido de suspensión del trámite en este Sala Superior, debiéndosele ordenar que realice sus pedidos con mejor conocimiento de los hechos y buena fe procesal”dice la resolución a la que accedió este Diario.

    Asimismo, el tribunal dispuso remitir copias certificadas a la Comisión de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) para que actúe conforme a sus atribuciones respecto a la conducta de Angulo Zavaleta.

    LEER MÁS: JNE solicita al TC hacer cumplir decisión sobre caso del partido Unidad PopularTambién ordenó enviar copias certificadas al Ministerio Público por la conducta obstructiva del trámite procesal en un proceso de tutela de urgencia por parte del procurador público del JNEa efectos de que actúe conforme a sus atribuciones.

    El procurador había solicitado, el pasado 22 de octubre, “la suspensión de todo el proceso judicial” aduciendo haber interpuesto una competencia demandal ante el Tribunal Constitucional y que éste emitió una resolución cautelar.

    LEER MÁS: Sala constitucional vuelve a rechazar pedido del JNE para suspender proceso del caso Unidad PopularSin embargo, la sala denegó su pedido señalando que ninguna autoridad pudo interferir en un proceso judicial en trámite, conforme a lo previsto por el artículo 139° inciso 2) de la Constitución Política.

    Tras rechazarse un segundo intento del procurador del JNE para suspender el proceso, éste interpuso una denuncia penal por supuesto desacato contra los jueces superiores del Primer Juzgado Constitucional de Lima.

    LEER MÁS: JNE denuncia a jueces de sala constitucional que no acatan fallo del TC por caso Unidad PopularAnte ello, la sala indicó que la suspensión no ha sido dispuesta cautelarmente por el Tribunal Constitucional y que su decisión solo comprendió a las resoluciones del órgano de primera instancia, con lo cual -según enfatizó- se evidencia una “conducta temeraria y de mala fe” del procurador que “corresponde ser sancionada”.

    Como se recuerda, el TC dispuso que se suspendan los efectos de todas las resoluciones emitidas a favor de Unidad Popular y que buscaban que se considera como fecha de inscripción del partido de Duberlí Rodríguez el último día del plazo para que pueda participar en las elecciones generales de abril del 2026.

    VIDEO RECOMENDADO