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    Pedro Castillo: TC declara improcedente e infundada demanda por supuesta vulneración de derechos a la salud

    19/12/2025 22H18 – ACTUALIZADO A 19/12/2025 22H20

    el Tribunal Constitucional (TC) declarada improcedente e infundada una nueva demanda presentada a favor del expresidente pedrocastillo (2021-2022) por supuesta vulneración de derechos a la salud, a la integridad personal ya la vida.

    El recurso había sido presentado por Fernando Parco Alarcón, abogado de Castillo Terrones, contra el director del penal Barbadillo; el presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario (INPE); el ministro de Justicia y Derechos Humanos; el juez Juan Carlos Checkley Soria; los magistrados de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema; y los procuradores públicos del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh).

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    LEER MÁS: Denuncian que hermana de Pedro Castillo cobra del Estado, pero no acude al centro laboralEl letrado solicitaba que se ordene la excarcelación temporal de Castillo para que sea sometido a una intervención quirúrgica del corazón, conforme al informe médico y su historia clínica, y que reciba tratamiento en una clínica especializada.

    Asimismo, pidió que el exmandatario sea atendido en su domicilio en Lima por médicos y sus familiares con vigilancia policial, en el marco de los procesos seguidos en su contra, además de variarse su prisión preventiva por detención domiciliaria.

    LEER MÁS: Fernando Rospigliosi a tres años del golpe de Estado de Pedro Castillo: “Hay que estar muy vigilantes porque lo volverán a intentar”Sin embargo, el TC desestimó la demanda al no haber acreditado la vulneración de los derechos a la salud ya no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionabilidad respecto de la forma y las condiciones en las que Pedro Castillo cumple su reclusión.

    El TC indicó que el pedido era improcedente por insuficiencia probatoria respecto de la conclusión médica que habría determinado esa intervención quirúrgica y la supuesta negativa del INPE a autorizar la operación.

    LEER MÁS: Pedro Castillo: ¿Qué bancadas impidieron que el Congreso inhabilitara a un expresidente golpista?Respecto al pedido para dictarle detención domiciliaria, fue declarada improcedente porque se trata de un asunto incidental y de aplicación normativa de carácter procesal penal que debe ser valorado y resuelto por la judicatura ordinaria penal y no constitucional.

    “Este Tribunal Constitucional declara que no se ha acreditado la vulneración de los derechos a la salud ya no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la forma y las condiciones en las que don José Pedro Castillo Terrones cumple su reclusión bajo mandato judicial y la administración del Instituto Nacional Penitenciario”subrayó.

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